jueves, 31 de mayo de 2007

MORATORIA. PREGUNTAS Y RESPUESTAS

¿Quiénes pueden adherirse a la nueva moratoria? .-
* Todas aquellas personas que se encuentren o no afiliadas como autónomos, con excepción de los trámites de Pensiones y Retiro Transitorio por Invalidez ya que para estas dos prestaciones es condición indispensable que se encuentren afiliadas al momento del fallecimiento (en el caso de Pensiones) o al momento de solicitar el beneficio (en el caso de Retiro Transitorio por Invalidez).-

¿Qué períodos de regularización de deuda abarca la moratoria?.-
* Desde 01/1955 - Hasta 09/1993. Los períodos anteriores a la fecha en la que cumplió 18 años no son computables.

¿Aquellas personas que estaban en condiciones de adherirse a la moratoria de la Ley 25.994 Art. 6º y no lo hicieron; pueden acogerse a esta nueva moratoria?.-
* Sí. Pero es importante destacar que aquellas personas que tenían 60 años (mujeres) y 65 años (hombres) cumplidos al 31/12/2004 y que no se adhirieron a la moratoria de la Ley 25.994, podrán optar por acogerse a dicha moratoria o bien adherirse a la moratoria de la Ley 24.476.-

¿Si una persona se encontraba adherida a la moratoria de la Ley 25.865; puede reformular la deuda y adherirse a la moratoria de la Ley 24.476? .-
* Sí.-

* Se informa que la reformulación estará disponible a partir del Lunes 03 de Julio de 2006.-




¿Si una persona se encontraba adherida a la moratoria de la Ley 25.994; puede reformular la deuda y adherirse a la moratoria de la Ley 24.476? .-
* Sí, para lo cual es imprescindible que el beneficio sea rechazado para recién ahí poder reformular a través de la Ley 24.476.-

* Se informa que la reformulación estará disponible a partir del Lunes 03 de Julio de 2006.-

¿Cuáles son los requisitos para la obtención de la Jubilación por Edad Avanzada (afiliados autónomos)? .-
* 70 años de edad.

*10 años de servicios con aportes computables y los 5 años de servicios prestados durante el período de ocho inmediatos anteriores al cese.- (puede invocar la moratoria para completar los servicios faltantes).-

* 5 años de antigüedad en la afiliación con aportes regulares - (no puede invocar la moratoria para reunir esta antigüedad).-

¿Cuáles son los requisitos para la obtención de la Pensión Directa? .-
* El causante deberá encontrarse afiliado .-

* Si el causante, afiliado autónomo, no registra a la fecha de fallecimiento, el ingreso de sus aportes durante TREINTA (30) meses de los TREINTA Y SEIS (36) meses anteriores a la misma, (afiliado regular) o DIECIOCHO (18) meses dentro de los TREINTA Y SEIS (36) últimos meses (afiliado irregular con derecho), los derechohabientes podrán:

* completar con esta moratoria los 30 años de servicios con aportes del causante, afiliado autónomo. (aportante regular), o

* los 15 años de servicios con aportes (aportante irregular con derecho), si el causante, afiliado autónomo, hubiera acreditado 12 meses de aportes dentro de los 60 últimos meses con anterioridad a su fallecimiento.-





¿Cuáles son los requisitos para la obtención de Retiro Transitorio por Invalidez? .-
* El trabajador deberá encontrarse afiliado .-

* Si el afiliado autónomo no registra a la solicitud de retiro transitorio por invalidez el ingreso de sus aportes durante TREINTA (30) meses de los TREINTA Y SEIS (36) meses anteriores a la misma, (afiliado regular) o DIECIOCHO (18) meses dentro de los TREINTA Y SEIS (36) últimos meses (afiliado irregular con derecho), podrá:

* completar con esta moratoria los 30 años de servicios con aportes. (aportante regular), o

* los 15 años de servicios con aportes (aportante irregular con derecho), si éste hubiera acreditado 12 meses de aportes dentro de los 60 últimos meses.-

¿Puede el/la derechohabiente realizar una ampliación para cumplir con los años exigidos por la nueva moratoria? .-
* Sí, pero se recuerda que siempre y cuando el causante se encuentre afiliado al momento del fallecimiento.-