martes, 18 de septiembre de 2012

Nuevo sistema de Apostilla electrónica en España

El Ministerio de Justicia de España ha puesto en marcha un nuevo sistema de emisión de Apostillas, que permite emitir tanto Apostillas en papel como Apostillas electrónicas e incorpora un único Registro electrónico de todas las Apostillas emitidas a través del nuevo sistema.
La Apostilla de la Haya es un sistema de legalización único. Eso significa que reemplaza a los otros tipos engorrosos y burocráticos de legalización que requieren pasar por ministerios, consulados etc.
Además también se informa aquí dónde se gestiona el apostillado y las distintas variantes del mismo.
http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/es/1200666550200/Tramite_C/1215326297910/Detalle.html

5 comentarios:

Anónimo dijo...

Estimado jubilado: Quisiera saber si usted tienen conocimiento de jubilados viviendo en el exterior a los cuales les descuentan casi la tercera parte del haber en concepto de ganacias por el hecho de no ser residente en Argentina. En caso afirmativo, sabe si la Anses también practica semejante retención?
Su respuesta me es de gran ayuda, ya que deseo radicarme en el exterior.

Humberto G. (Administrador) dijo...

Ver: http://impuestoganancias.com.ar/?s=beneficiarios+del+exterior
La liquidación del impuesto a las ganancias se ve afectada si el contribuyente es residente en el exterior. Ya que la ley de impuesto a las Ganancias en su artículo 91, dispone una retención del 35% del 90% del haber liquidado.

Anónimo dijo...

Tengo conocimientos de esa ley, y la verdad es que dá para varias interpretaciones, por eso mi consulta.
Me comuniqué con la Caja de Córdoba y me dijeron que el art. 91 también alcanza a los jubilados del exterior, pero que ellos decidieron aplicar sólo las retenciones de 4°categoría que corresponden para cualquier residente de Argentina. Luego, en las oficinas de AFIP me comunicaron que las retenciones del artículo 91 sólo alcanza a los ciudadanos extranjeros residiendo en el exterior que tienen ingresos en Argentina, no siendo así a los argentinos que residen afuera (aunque la ley claramente no diferencia entre extranjeros y ciudadanos nacionales, sino que hace diferencia entre residentes y no residentes, sin importar si son argentinos o no).
Después llamé al Banco Nación y me dijeron que ellos no tienen conocimento de algún jubilado en el exterior al que le aplicaron tal descuento.
Luego, y aquí mi incertidumbre, llamé a Anses 3 veces y las operadoras me dijeron que no saben de tal cosa, y es justamente Anses la que me debe realizar las retenciones por ganacias que ya estoy pagando como residente en Argentina. Es por eso mi pregunta: ¿Sabe de algún jubilado de Anses con residencia oficial en el exterior, al cual le aplican el descuento del 35% del 90% del haber?

Humberto G. (Administrador) dijo...

Hola anónimo: lamentablemente no puedo confirmarte si el ANSES descuenta o no en esa proporción. Lo que si es evidente que descuenta el impuesto a las ganancias, eso si hace. Los pocos jubilados ANSES con los que tengo contacto no me comentaron nada.

Anónimo dijo...

La verdad es que el impuesto a las ganacias, por menos que se deba pagar, es un robo a los jubilados, ya que la gente mayor aportó y pagó todo lo que le correspondía cuando estaba en actividad. De todos modos, muchas gracias por su atención. Saludos.