lunes, 25 de agosto de 2014

REGULARIZAR SIN SANCIÓN LAS PENSIONES PROCEDENTES DEL EXTRANJERO

El Ministerio de Hacienda abrirá un periodo de seis meses a partir de enero del 2015 para regularizar sin sanción las pensiones procedentes del extranjero, según el proyecto de ley de reforma del IRPF y del Impuesto de la Renta de No Residentes aprobado este viernes por el Consejo de Ministros, que incluye una disposición a tal fin.
Esta medida afecta a residentes en España que cobran una pensión procedente del exterior y puede tratarse tanto de pensionistas extranjeros residentes en España como de pensionistas españoles que han retornado al país después de haber sido emigrantes.
Como consecuencia del fortalecimiento y la eficacia de los mecanismos internacionales de intercambio de información, la administración tributaria española ha descubierto en los últimos años la existencia de contribuyentes residentes en España que percibían pensiones procedentes del exterior que no habían sido correctamente declaradas en el IRPF.
Por las características de estas personas, pensionistas de edad avanzada, que tienen mayor dificultad para conocer la legislación española por haber residido muchos años en el extranjero y que, en general, no tienen grandes fortunas, el Gobierno ha aprobado para estos colectivos un periodo extraordinario de regularización de seis meses desde enero de 2015. En dicho plazo, los contribuyentes afectados podrán presentar autoliquidaciones complementarias de los periodos impositivos no prescritos en que hayan percibido pensiones del extranjero que no hayan sido declaradas.
De esta forma, se les da, de forma extraordinaria, la oportunidad de ponerse al corriente de sus obligaciones tributarias pendientes por dichas rentas, ingresando el 100% de la cuota tributaria correspondiente, siendo así exonerados de satisfacer sanción, recargas o intereses de demora.
Se devolverá el dinero a los contribuyentes sancionados anteriormente
Asimismo, la disposición del proyecto de ley establece la condonación de las sanciones y recargos liquidados por la Administración al regularizar este tipo de pensiones. De igual forma, para que no se vean perjudicados aquellos contribuyentes que regularizaron espontáneamente debiendo abonar recargos, se condonan también dichos recargos, que serán devueltos.
Según Hacienda, esta medida facilita la integración de estos ciudadanos como cualquier otro residente en España. "Nuestro país es un lugar atractivo en el que disfrutar de la jubilación y la medida beneficia a España como destino residencial de pensionistas con cierto nivel adquisitivo que, de esta forma, van a colaborar con la recuperación económica", subraya.
Cerca de 28.000 jubilados inspeccionados
El pasado mes de mayo, durante la sesión de control al Gobierno en el Congreso de los Diputados, el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, indicó que la Agencia Tributaria había abierto 27.696 inspecciones a jubilados extranjeros residentes en España y a jubilados retornados por no declarar su pensión de un país extranjero, si bien aseguró entonces que no se les estaba tratando como defraudadores y que se estaba estudiando "caso a caso" para evitar perjuicios innecesarios sobre su patrimonio.
 de pensionistas con cierto nivel adquisitivo que, de esta forma, van a colaborar con la recuperación económica", subraya.
Cerca de 28.000 jubilados inspeccionados
El pasado mes de mayo, durante la sesión de control al Gobierno en el Congreso de los Diputados, el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, indicó que la Agencia Tributaria había abierto 27.696 inspecciones a jubilados extranjeros residentes en España y a jubilados retornados por no declarar su pensión de un país extranjero, si bien aseguró entonces que no se les estaba tratando como defraudadores y que se estaba estudiando "caso a caso" para evitar perjuicios innecesarios sobre su patrimonio.
Según aportó Montoro, el porcentaje de inspecciones que afectan a este colectivo es muy pequeño en relación con las 800.000 actuaciones totales iniciadas por la Agencia el año pasado, y además dijo que se estaba llevando a cabo un "examen individual de cada expediente" para tener en cuenta las "circunstancias personales y familiares" de cada ciudadano, tales como la edad, los descendientes a su cargo o la existencia de algún tipo de discapacidad.
Montoro indicó, asimismo, que la intención era poder aplicar medidas de aplazamiento o fraccionamiento del pago siempre que sea posible y, así, evitar "perjudicar la situación patrimonial de los afectados". De hecho, aseguró que se estaban concediendo "aplazamientos automáticos sin necesidad de garantías" a quienes tienen una deuda inferior a los 18.000 euros y que más de 3.800 personas afectadas por autodeclaraciones extemporáneas derivadas de un requerimiento se habían beneficiado de aplazamientos por valor de 5,21 millones de euros.

2 comentarios:

Anónimo dijo...

Hola,

Les escribo para hacerles llegar un comentario sobre lo publicado el lunes 25 de agosto sobre la
“Regularización sin sanción de las Pensiones procedentes del extranjero”.

Al respecto tengo constancia que la inspección se está realizando con las pensiones provenientes de Francia.
En este caso Hacienda tiene datos de lo pagado por las cajas de jubilaciones francesas y de los conceptos por los
que se hacen los pagos.

Estos datos coinciden con los documentos que envían anualmente las cajas a sus jubilados y que dicen aproximadamente:
“Le informamos lo que Ud. ha percibido este año y que debe incluir cuando haga su declaración de IRPF”.

En el caso de Argentina, que es lo que me afecta, nunca he recibido nada equivalente del ANSES, es más, nunca
he recibido en España ningún recibo de haberes. Lo único que tengo es la información del
Banco Nación suc. Madrid donde me dicen lo que me han depositado y a qué mes corresponde.
Sumando lo depositado en un año se obtiene el total anual pero
¿Cómo sabemos si eso va a coincidir con lo que le manden al Sr. Montoro desde BsAs.?
No tenemos ningún documento para confrontar ni argumentar ni tampoco desde cuándo se va a hacer la
comprobación.

El “convenio para evitar doble imposición y (sobre todo) para prevenir la evasión fiscal” entre Argentina y España
se firmó el 11/3/2013 y su entrada en vigor es a partir del 1 de Enero de 2013 (Art. 28).
Surgen preguntas ¿Qué pasa con los años anteriores?
Si alguien sabe algo me gustaría conocerlo.

Humberto G. (Administrador) dijo...

Cuidado con un detalle… la Agencia Tributaria tendría que especificar bien que documentación o certificado sobre ingresos o pensión solicitará. Porque yo me cansé de solicitarle al AFIP mis ingresos año 2013 y siempre me derivaron a que solicite al ANSES copia del Formulario 649 que el ANSES liquida a principio de año.
Para comprobar ingresos lo único que entregan el AFIP-ANSES es una copia del Formulario 649 que hay que solicitarlo al ANSES. La nota solicitando copia de F- 649 le recomiendo presentarla en la página MIANSES >Gestion> Reclamos Prestacionales y pida el nº de entrada o nº de trámite para poder luego reclamarlo. El trámite demora meses…
Le tengo que aconsejar que en estos casos busque un asesoramiento especializado, alguien que conozca el Convenio de evitar doble imposición entre España y Argentina y que además vea si puede ayudarla en lo fiscal. Se supone que las asociaciones de argentinos tienen abogados que conozcan el tema.