jueves, 15 de diciembre de 2016

Cartas de la Seguridad Social española

Hola a todos: se están recibiendo cartas de la SS con ajuste de pensión (a menos) y con deudas a su favor. Hay que presentar alegaciones y pedir la nulidad de actuaciones. Hay muchos fundamentos a nuestro favor. Estamos preparando un decálogo de fundamentos legales. No dejen prescribir las reclamaciones. Carlos
Agregando a lo dicho por Carlos Varios que estamos en esa situación estamos iniciando juicio a la Seguridad Social 
Si uds están en el caso que INSS les descuenta injustificadamente comuníquense por mail privado a marthapuyol@gmail.com y les contactaremos con todo el grupo
No olvidarse que la unión hace la fuerza. Martha

lunes, 12 de diciembre de 2016

Sugerencia a la SEGURIDAD SOCIAL ESPAÑOLA

Los jubilados argentinos que gestionan en la Seguridad Social deberían presentar una nota solicitando que acepten  los Certificación de Servicios y/o Historia Laboraldel ANSES  extraidos directamente de la página de MIANSES por el interesado ya que hay una normativa que da valor de documento firmado por ANSES a los certificados obtenidos por esa vía. (equivalente a lo que pasa en España con los documentos obtenidos por internet de las Administraciones Públicas)

viernes, 9 de diciembre de 2016

PROCEDIMIENTO PARA QUE JUBILADOS RESIDENTES EXTERIOR PARTICIPEN de REPARACION

La Corte Suprema y el ANSES acordaron la implementación del expediente judicial electrónico a través de la Acordada 33/2016 que se puede leer en link http://www.anses.gob.ar/noticia/la-anses-y-la-corte-suprema-de-justicia-de-la-nacion-acordaron-la-implementacion-del-expediente-judicial-electronico-594
Este acuerdo establece dos mecanismos:
- Residentes en el extranjero con apoderado cuyo poder especial para Reparación Histórica fue extendido en el país: será válido el poder para que el apoderado suscriba el acuerdo en forma presencial en cualquier oficina de atención al público de la ANSES.
- Residente en el extranjero: el jubilado o pensionado titular deberá asignar el abogado y aceptar los términos y condiciones a través de la página web ANSES/Mi ANSeS/Reparación Histórica ingresando con Clave de la Seguridad Social. Luego deberá firmar el convenio ante un funcionario del consulado, que tendrá que certificar la firma.
En este último caso, el convenio será presentado en la ANSES por el abogado asignado por el jubilado o pensionado, quien lo suscribirá en forma presencial en la oficina del organismo

El Procedimiento General de Reparación Histórica, tiene tres etapas:
  1. Por parte del Titular: La aceptación de los Términos y Condiciones del Acuerdo y la designación de un abogado, con Clave de la Seguridad Social a través de Mi ANSES.
  2. Por parte del Abogado: La aceptación de la designación realizada por el Titular y de los términos y condiciones del Acuerdo, con Clave de la Seguridad Social a través de Mi ANSES, momento en el cual se le otorgará el turno.
  3. La firma del Acuerdo tanto por el Titular ante el Consulado y del Abogado ante ANSES.

Hay que aclarar que estos mecanismos no están todavía totalmente implementados, hay un periodo de espera para que los funcionarios puedan trabajar en ello. Asi que se ruega a los señores jubilados no saturar las vías de comunicación con llamadas y mails.

martes, 15 de noviembre de 2016

NO TODOS LOS JUBILADOS PUEDEN CONSULTAR EN LA WEB DE ANSES SU HABER RECALCULADO

Solo 600.000 jubilados pueden consultar en la web de la ANSES su haber recalculado
Se trata de aquellas personas que no iniciaron juicio y cumplen con los requisitos para que se les haga efectivo el reajuste anticipado.
Se trata de los primeros pagos que la ANSES implementará en etapas:
La primera ya inició en septiembre y junto con el calendario de pago habitual, se abona el reajuste automático a jubilados y pensionados (264.436) que no hubieran iniciado juicio contra el organismo previsional y estuvieran en condiciones de mayor vulnerabilidad.
En octubre, se hará el segundo reajuste automático del haber a otros 216.000 jubilados y pensionados que tampoco hayan iniciado juicio y cumplan los requisitos estipulados para el pago automático.
Son todos casos de jubilados sin juicio contra la ANSES que se les reajusta automáticamente. Luego los jubilados tendrán que homologar el acuerdo en base a un cronograma que la ANSES coordinará con el Poder Judicial y se les informará a cada jubilado.
Las condiciones de acceso para el reajuste automático de estos dos primeros grupos son:
Para los jubilados menores de 80 años:
Que el valor de recomposición histórica no supere los $ 1.698 mensuales.
Que el haber recompuesto no supere los $ 14.152.
Para los jubilados mayores de 80 años:
Que el valor de recomposición histórica no supere los $ 5.661,16 mensuales.
Que el haber recompuesto no supere los $ 14.152.
En todos estos casos, los jubilados igualmente deben tener registrada su huella digital (para los no residentes ya se establecerá otro mecanismo) y tendrán 6 meses para aceptar la propuesta desde la página web del organismo.
Además un tercer grupo que con solo aceptar la propuesta en la web de la ANSES podrá acceder al pago en noviembre, se trata de unas 120.000 personas, aproximadamente.
La ANSES puede realizar estos pagos anticipados abreviados por grupos en virtud de la Resolución DE N° 305 del 2 de septiembre de 2016, donde en su Anexo II, inciso (a) se establece: que se puede utilizar el procedimiento abreviado de “reajuste del haber con anticipación a la celebración del acuerdo. Una vez efectuado el reajuste, el titular del beneficio previsional deberá prestar su consentimiento mediante la plataforma “Reparación Histórica” con su Clave de la Seguridad Social dentro del plazo de SEIS (6) meses contados a partir del primer día del mes posterior al reajuste. Con posterioridad a la aceptación del acuerdo en la plataforma, y atendiendo al orden de prioridades que oportunamente se establecerá, se deberá cumplir con el proceso previsto en el Anexo I para la correspondiente remisión al Poder Judicial de la Nación y homologación pertinente”. En este marco, ya se registraron los primeros 3.695 acuerdos aceptados por los jubilados.

Asimismo, para el grupo de jubilados de Noviembre que requiere aceptación previa, la Resolución establece en el inciso (b) que “la ANSES podrá efectuar el reajuste del haber, luego de que el titular preste conformidad con la propuesta, con su Clave de la Seguridad Social mediante la plataforma “Reparación Histórica”. Una vez aceptado, el haber será recompuesto en la liquidación siguiente. Con posterioridad a la aceptación del Acuerdo en la plataforma, y atendiendo al orden de prioridades que oportunamente se establecerá, se deberá cumplir con el proceso previsto en el Anexo I para la correspondiente remisión al Poder Judicial de la Nación y homologación pertinente”.

miércoles, 2 de noviembre de 2016

Reparacion Histórica para residentes en el extranjero

e infograma salió publicado en ANSES FACEBOOK

El ANSES informa que los residentes en el exterior actualmente no registran su huella digital, y que a partir del mes de diciembre del corriente año se va a informar a través del sitio web www.anses.gov.ar   el procedimiento de excepción para los mismos.

El Procedimiento General de Reparación Histórica, tiene tres etapas:

  1. Por parte del Titular: La aceptación de los Términos y Condiciones del Acuerdo y la designación de un abogado, con Clave de la Seguridad Social a través de Mi ANSES.
  2. Por parte del Abogado: La aceptación de la designación realizada por el Titular y de los términos y condiciones del Acuerdo, con Clave de la Seguridad Social a través de Mi ANSES, momento en el cual se le otorgará el turno.
  3. La firma del Acuerdo tanto por el Titular ante el Consulado y del Abogado en Argentina ante el ANSES 

viernes, 21 de octubre de 2016

Inconvenientes para ingresar a la página de Consultas ANSES-FACEBOOK

Solicitamos a quién quiera colaborar: nos informen si pueden entrar desde el exterior de Argentina a los link de Consulta que aparecen en la web de ANSES-FACEBOOK
Porque hemos recibido varias denuncias de personas que les es imposible ingresar a esa página de consultas de ANSES-FACEBOOK y por lo tanto se nos quita una de las pocas posibilidades de comunicación con el organismo.
Si esto es intencional de parte de ANSES entonces estamos ante una situación a denunciar de forma inmediata.
Por favor usar los comentarios de esta entrada para informar sobre la situación. Gracias

No olvidar que la primera forma de reclamo es la que encontramos dentro de MIANSES con clave y también en ANSES Responde aparece una barra verde que dice "Consultas Generales" Solicitud de Reclamos" etc. Allí en Solicitud de Reclamos le lleva nuevamente a entrar con "Clave" y podrá dejar la nota o reclamo.
El día de ayer, 20/10/2016 e l señor Director del ANSES contestó a un comentario en su página de Facebook sobre el problema con el formulario de Consultas y Contacto de ANSES
"Estamos trabajando para modificar el formulario de contacto para residentes en el exterior. Gracias"

sábado, 8 de octubre de 2016

ANSES y CANSILLERÍA IMPLEMENTARAN SISTEMA PRESENTACIÓN SUPERVIVENCIA

En el Palacio San Martín de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la ministra de Relaciones Exteriores y Culto de la Nación, Susana Malcorra, y el Director Ejecutivo de la Anses, Emilio Basavilbaso, firmaron un convenio a través del cual la ANSES pondrá a disposición de la Cancillería un aplicativo informático para simplificar el procedimiento de presentación del Certificado de Supervivencia de las personas que viven en el exterior y perciben sus haberes de jubilación y/o pensión.
Supuestamente el acuerdo agilizará la tramitación de los certificados de supervivencia de los beneficiarios residentes en el exterior de jubilaciones o pensiones argentinas. A partir de su implementación, el titular del beneficio podrá presentarse en la respectiva Representación Consular Argentina, donde se confeccionará el certificado de supervivencia que será transmitido inmediatamente por vía electrónica a la ANSES, lo que simplificará de esta manera el procedimiento actual. Este nuevo mecanismo producirá una mejora sustancial del servicio público que se brinda a los connacionales y a los extranjeros que han trabajado y realizado sus aportes en nuestro país.

jueves, 6 de octubre de 2016

COMUNICARSE CON BANCO COMAFI y con IPS de Bs. As.

Si necesitás comunicarte desde el exterior, llama al (+5411) 4338-9180 opción 3, de lunes a viernes de 8 a 20hs (Hora argentina)
el certificado de supervivencia se envía a ,
Banco Comafi Departamento de Jubilaciones y Pensiones de Exterior
Bartolomé Mitre 699 5to piso C1036 AAK     CABA Argentina
consultajubilados@comafi.com.ar

Banco Comafi S.A. Av. Roque Sáenz Peña 660 - 1* piso (C1035AAO) Buenos Aires-Argentina
Tel.(54-11)  4338-9489 

Instituto Prevision Social de Buenos Aires    www.ips.gba.gob.ar
Calle 47 N° 530 / La Plata   consultas@ips.gba.gov.ar
https://www.facebook.com/IPSBuenosAires/info
° 530 Pla

martes, 4 de octubre de 2016

SITUACION DE LOS JUBILADOS RESIDENTES EN EL EXTERIOR Y EL PROGRAMA DE REPARACION

Hemos esperado pacientemente que el ANSES resuelva cómo adaptará nuestro ingreso al Programa de Reparación Histórica.
El hecho es que quienes estén jubilados y no iniciaron juicio, se les propondrá un ajuste de la jubilación que se aplicará al haber mensual desde la fecha de ingreso al programa.
Entonces los no residentes en el territorio argentino debemos pedir que a nosotros se nos aplique retroactivo al mes de Setiembre el reconocimiento para dejarnos en igualdad de derechos de los jubilados residentes.
Entonces si seguimos esperando la implementacion del sistema en el exterior.

Por otro lado hemos notado que en muchos casos en MIANSES los datos de domicilio figuran en Argentina y por lo tanto al parecer el sistema entiende que el beneficiario reside en Argentina a pesar de no ser asi.
A continuación el sistema llama a que beneficiario y abogado se presenten a empadronarse en el sistema MIHUELLA en un banco determinado dentro del país. 
No estamos seguros de qué debemos hacer. En principio siguiendo las normas elementales del ANSES (que siempre dicen que se debe actualizar los datos) deberíamos entrar en MIANSES y actualizar datos de domicilio. Eso producirá seguramente errores demoras y reniegos con el sistema.
Si se opta por esta salida aconsejamos primero imprimir y leer las indicaciones que se encuentran dentro del sistema cuando se entra a modificar los datos. 
Nota aclaratoria: el día 13/10/16 nos llegaron noticias de que el ANSES comenzó a organizar la participación de los jubilados no residentes en la Reparación Histórica.
Leer la entrada titulada PROCEDIMIENTO PARA QUE JUBILADOS RESIDENTES EXTERIOR PARTICIPEN de REPARACION

martes, 6 de septiembre de 2016

ACONSEJAMOS GESTIONAR CLAVE SEGURIDAD SOCIAL en web ANSES

Los beneficiarios residentes en el exterior somos muchos y tenemos serias dificultades para solucionar los problemas cuando surgen relacionados con el beneficio jubilatorio. Para hacer trámites online de carácter personal el ANSES exige una Clave Seguridad Social para proteger los datos. Se puede solicitar la clave vía internet y seguir las instrucciones del link

http://www.anses.gob.ar/autopista/jubilados-y-pensionados/clave-la-seguridad-social-41
Descargar Manual de Usuario y seguir las instrucciones del punto

B.- Generación de Clave de la Seguridad Social – No residentes en el país
Luego para habilitar su clave a través de Internet, ingresar a la opción “Habilitar Clave”, de acuerdo al detalle del apartado C.- Habilitación ONLINE de su Clave de la Seguridad Social
Nota del 06/08/2016: el ANSES está tratando de solucionar los inconvenientes técnicos de su página web.

lunes, 8 de agosto de 2016

NECESIDAD DE ORGANIZARSE

A veces los lectores tienen una idea distorsionada de lo que somos... Somos solo un blog solidario y que en algún momento allá lejos, años atrás tratamos de que los jubilados no residentes en Argentina se organicen para lograr algo en la relación con el ANSES. 
El ANSES solo acepta como interlocutores a asociaciones o sindicatos de jubilados con personería jurídica. Existe un organismo de participación conocido como Órgano Consultivo de Jubilados y Pensionados tiene entre sus prioridades la institucionalización de formas concretas de participación y consulta de los beneficiarios a través de sus representantes, a fin de expresar sus inquietudes y propuestas, ser parte del control del sistema y recibir la capacitación para su fortalecimiento como sector.
Está conformado por representantes de Federaciones de Jubilados y Pensionados de todo el país, constituyéndose en el primer espacio de participación ciudadana en un organismo del Estado, como lo es ANSES.
En la actualidad cuenta con 124 miembros titulares y 124 alternos de todo el país. Los representantes son elegidos anualmente por sus entidades. La actividad realizada es ad honorem y ejercen su función de manera independiente sin ningún condicionamiento de la entidad que los convoca.
Los representantes se reúnen tres veces al año en Reuniones Plenarias Nacionales con las máximas autoridades de ANSES y su cuerpo gerencial para tratar temas vinculados al sector: los montos de los haberes previsionales y asignaciones familiares, su movilidad, el alcance de algunos beneficios, aciertos, dificultades y/ o retrasos en la gestión de todos los trámites que se hacen en el organismo.

Le ruego que si algunos de Uds. tiene intenciones serias de colaborar se ponga en contacto por mail privado 
jubiladosargentinos@yahoo.es

El programa MIHUELLA no se aplica con jubilados del exterior

Sabemos extraoficialmente que el programa MIHUELLA no se aplica a los jubilados residentes en el exterior.
En un futuro mediato se decidirá cómo incorporar a dichos jubilados a la operatoria de "Reparación Histórica".

domingo, 7 de agosto de 2016

¿Puede recibirse el primer pago jubilatorio en el exterior? Habiendo gestionado en Argentina.

Hola; mi nombre es Marcelo, resido en Madrid desde el 2001.
He comenzado a tramitar mi jubilación en Argenrina.
Mi hijo, que reside allí, está apoderado para la gestión.
Ante algunos inconvenientes, consulté con un abogado, a quien aun no he otorgado poder.
Este abogado me plantea que para cobrar la primera jubilación debo viajar.
Quiero aclararles que en el ANSES ya tengo declarada mi dirección en Madrid.
Consulté a Bco.Nación, sucursal Madrid, y me dijeron que no era así, que podía cobrarla directamente en Madrid.
Podrían Uds. aclararme esta duda?
Muchas gracias.
Marcelo

miércoles, 27 de julio de 2016

SEÑORES JUBILADOS GESTIONEN LA CLAVE

Ante la avalancha de preguntas que en muchos casos se solucionan leyendo y conociendo la página de ANSES y del Banco Nación sucursal Madrid, nos vemos en la necesidad de insistir en que los jubilados/pensionados que no tengan "Clave de la Seguridad Social" la gestionen si o si....
Antes de iniciar el procedimiento se debe leer bien y/o imprimir el Manual de Usuario de CVSS.
Hay que diferenciar la "Clave de la Seguridad Social argentina" no es lo mismo que la "Clave Fiscal" del AFIP ni tampoco es lo mismo que el CUIL/CUIT
Si tienen dificultades con los formularios electrónicos al gestionar en la página web pidan ayuda a un pariente o amigo. Es importante que tengan la "Clave" para luego poder gestionar en la página de ANSES y tener acceso a sus datos personales y también para reclamar ante cualquier problema que pudiera surgir.
Nota del 06/08/2016: el ANSES está tratando de solucionar los inconvenientes técnicos de su página web.

lunes, 20 de junio de 2016

Pensiones percibidas del extranjero por residentes en España

Al parecer, la obligatoriedad de presentar la declaración de la renta para aquellas personas que reciban una pensión del extranjero nace en el caso de percibir unos ingresos anuales mayores de 11.200 euros.

domingo, 29 de mayo de 2016

Notas sobre REPARACION HISTORICA su FINANCIAMIENTO y FUTURO DEL SISTEMA

Ruego a los lectores interesados en publicar notas sobre la iniciativa del gobierno argentino sobre el sistema previsional y otras noticias relacionadas, que lo hagan en forma de comentarios en esta misma entrada y no en otras de otros temas produciendo una confusión innecesaria.
Gracias
La siguiente nota es colaboración de Oscar Nestor Herrero Martín (extraida de www.jubilarnos.com)

Reajuste de Jubilaciones y Pensiones. Reparación Histórica

El 40% de las jubilaciones y pensiones de ANSES han sido incorrectamente liquidadas y los jubilados sufren mes tras mes una confiscación en sus haberes.
¿Cómo se si me corresponde un reajuste? Salvo los casos de jubilados que nunca hicieron aportes en relación de dependencia, el resto de los beneficios deben ser revisados. Aun si te jubilaste con la moratoria, pero tenías 10 años en relación de dependencia, amerita que hagas la consulta y confirmes cual es el haber que te corresponde.
Lo que ofrece ANSeS a través de la Reparación Histórica, ¿es lo que me corresponde? No. En términos generales la ley de reparación histórica prevé un ajuste entre un 50% y un 200% inferior a lo que te corresponde. Es decir, más allá de la quita en los retroactivos, los haberes se ajustan entre 1 y 2 veces por debajo de lo que al jubilado le corresponde.
¿Es obligatorio contar con un abogado para aceptar la oferta de la ANSeS? Sí. Se requiere de un abogado que homologue el acuerdo judicialmente. Por eso sugerimos que se opte por uno que pueda hacer los cálculos para ver la comparativa entre la oferta del Estado y lo que al jubilado le corresponde.
¿Es cierto que los honorarios los paga la ANSeS? En el caso de juicios iniciados NO. Los honorarios son abonados por el cliente. En el caso de la homologación judicial SI. No pierdan de vista que en este trámite está en juego el haber que cobrara el jubilado por el resto de su vida y nuestro Estudio cree que una parte fundamental del análisis son los números. La ANSeS pretende pagar al abogado $500 nada más para asegurarse que se trate de un abogado que no haga el control de lo que al jubilado le corresponde.
Aunque tengan que invertir en el costo del cálculo, háganlo. Hacer lo que pretende ANSES es como pedirle al médico que nos indique un tratamiento para una enfermedad sin hacernos los análisis.
¿El reajuste será a partir de septiembre? No. Desde septiembre se podrán verificar los montos de la oferta de ANSES para quienes queden incluidos en la Reparación Historica. Aun aceptada la oferta, el reajuste será otorgado a los jubilados según un orden de prelación (por edad) en un proceso que demorara entre 2 y 3 años.
¿Qué pasa si inicio el juicio ahora? Si sos una persona menor a 80 años, quizás el reajuste concreto ofrecido por la Reparación Histórica te llegue en dos años. Considerando que los juicios demoran entre 4 y 5 años, nuestra sugerencia es que en casos de quitas grandes en el haber mensual inicien el reclamo. Si después el ajuste de ANSES resulta ser muy inferior a lo que les corresponde, ya tienen un juicio a mitad de camino y pueden optar en total libertad.

lunes, 23 de mayo de 2016

Descuento del monto jubilatorio por complementos a mínimos

Aquí publicamos una carta de un jubilado argentino que cobra al parecer por Convenio Hispano-Argentino y que la Seguridad Social española le descontó sus ingresos.
Hola: Soy un Ciudadano Argentino, residente en Málaga desde hace diez años y me permito molestarlos para hacerles una consulta, tema que me preocupa mucho por afectarme mis ingresos. Yo cobro la Jubilación por Convenio Hispano-Argentino y actualmente la Seguridad Social me descontó parte del monto que me abonaba por complementos a mínimos, lo cual afecto mi ingreso considerablemente. Ahora bien yo reclamé ya que no alcanzaba a cobrar el mínimo que me corresponde de 600.30 euros y me denegaron mi petición y  argumentan que yo supero la suma estipulada y que si deseo tengo la vía judicial para reclamar. Ahora bien, analizando la causa,  ellos toman para evaluar mi ingreso en EUROS una cotización de7.63 al 1º de enero de 2014, muy inferior a la del Banco Nación que ronda 11.30 euros y así llevan razón y de esa manera teoricamente cobraría mucho más, que no es cierto. Mi consulta es saber si la cosa es así y si tengo alguna posibilidad reclamando vía judicial !!! Yo creo que otros jubilados estarán en mi misma situación. Muchas Gracias!!  Osvaldo José 
Todos los interesados en este tema tienen que escribir a los emails que aparecen en los comentarios y así poder contactarse entre Uds. los que sufren este problema y poder organizar acciones concretas.
También es interesante ver el link http://www.parainmigrantes.info/colaboradores-jubilacion-convenio-bilateral/comment-page-2/#comment-303089

miércoles, 4 de mayo de 2016

ANSES: Controlar el recibo de haberes por Internet

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) brinda la oportunidad a los jubilados y pensionados controlar el recibo de haberes por Internet mediante su página oficial (www.anses.gob.ar), lo cual requiere contar con la Clave de la Seguridad Social. De esta manera, los adultos mayores tienen la oportunidad de verificar cada uno de los descuentos que se realizan sobre su jubilación y/o pensión sin moverse de sus hogares.
Los pasos a seguir para consultar el recibo de haberes por Internet son los siguientes:
1-     Entrar en www.anses.gob.ar. Y Pulsar sobre “MiANSES Trámites”.
2-     Ingresar el número de CUIL, Clave de la Seguridad Social y presionar sobre “Iniciar Sesión”. En caso de no contar con dicha contraseña, la misma se puede tramitar siguiendo los pasos indicados en un apartado.
3-     Pulsar sobre “Consultas”, lo cual desplegará un menú.
4-     Hacer clic en “Liquidación previsional”.
5-     Seleccionar el número de beneficio, indicar el período del recibo de haberes que se desee controlar y presionar el botón “Consultar”. El sistema mostrará un detalle del recibo de haberes.
En dicha información se puede encontrar información sobre el beneficiario, el agente pagador asignado, datos del apoderado (en caso de que se haya designado uno) y la liquidación del período.
En la liquidación del haber se detalla cada uno de los descuentos que ANSES aplica sobre la jubilación / pensión. Entre los mismos se encuentran las cuotas de los créditos de la Tarjeta Argenta, las cuotas de la Moratoria y sus reajustes por la Ley 26970 y para la obra social.

El descuento para la obra social son del 3% para los jubilados que han trabajado en relación de dependencia y del 6% para los autónomos.
* Articulo publicado por Graciela en EconoBlog

miércoles, 20 de abril de 2016

A los solicitantes de jubilación por Convenio Hispano-Argentino


Este e mail es con ánimo de informar a los futuros solicitantes de jubilación por el convenio Hispano-Argentino, ya he comentado el principio de mi experiencia en fecha Miércoles 23 de Abril de 2014, como resumen expongo:

            .- Estoy jubilado en España por 27 años cotizados.

            .- Tener en cuenta que los que solicitamos por la Seguridad Social de España, al principio no tenemos número de expediente, solo tenemos el expediente de aquí, que es nuestro número de DNI. 
El CUIL se puede solicitar por internet. Puede servir el nº de documento de extranjero de argentina o nuestro viejo nº de pasaporte de país de origen para ponernos en contacto con el ANSES para solicitar información. 

            .- He realizado solicitud de la jubilación (simultánea con la de España) por los años cotizados en Argentina a través de la Seguridad Social y eso a principios de 2013.

            .- Solo he recibido por parte de Argentina (en agosto de 2014) un requerimiento de una cuenta unipersonal en un banco español y una copia legalizada de mi DNI, documentación que ya se había aportado en el expediente de solicitud, y que aporté nuevamente a fin de agosto del 2014.
            .- A fecha fecha de hoy, 17/ 04 / 2016, no tengo noticias por parte de la Seguridad Social Española respecto a la solicitud por Convenio, solo se me manifiesta, cuando lo he consultado , que se está a una espera de la resolución  por parte del ANSES.
            .- Confirmar que todos estos trámites se realizan por medio del Ministerio de Relaciones Exteriores (tanto de un lado como del otro), así que probablemente no sea toda la responsabilidad del ANSES, en cuanto que, intervienen varias administraciones, como mínimo 4,  lo cual desde mi punto de vista parece desproporcionado.
            .- Que sigo esperando, y con la incertidumbre de no tener ninguna respuesta por parte de la Seguridad Social (España), tengo la esperanza de que no se alargue mucho mas, sinó, “cobraran mis huesos”.

            El motivo de esta nota es que se sepa como va esto y un aviso a navegantes, de que si tienen urgencia en la pesatación, consideren otro camino distinto al Convenio Hispano_ Argentino.

            .-  Por otro lado, no me queda mas que agradecerá  los que gestionan esta página, que es una labor altruista y que nos ayuda a muchas personas, Muchas Gracias.
Un saludo
EduardoPrincipio del formulario
Final del formulario
Link para leer sobre el Convenio: http://www.anses.gob.ar/prestacion/prestaciones-por-convenio-internacional-126
http://www.seg-social.es/Internet_1/Masinformacion/Internacional/Conveniosbilaterales/CBArg2k9/index.htm

sábado, 19 de marzo de 2016

CERTIFICADO SUPERVIVENCIA DE BENEFICIARIOS RESIDENTES EN EL EXTERIOR

Punto 4 del folleto indicativo entregado  por el Banco de la Nación Argentina a  los jubilados residentes en el exterior.
Dice textualmente: El beneficiario deberá remitir lo indicado en los puntos 1) y 3) precedentes a la siguiente dirección postal, según corresponda.
-          Banco de la Nación Argentina- Jubilaciones/Pensiones al exterior. Bartolomé Mitre 326 (1036) CABA – República Argentina.

-          En caso de residir en Europa ser enviado a través de Banco de la Nación Argentina en Madrid. Sita en calle Nuñez de Balboa nº73 – 28001 – Madrid – España teléfono 915763705