viernes, 9 de diciembre de 2016

PROCEDIMIENTO PARA QUE JUBILADOS RESIDENTES EXTERIOR PARTICIPEN de REPARACION

La Corte Suprema y el ANSES acordaron la implementación del expediente judicial electrónico a través de la Acordada 33/2016 que se puede leer en link http://www.anses.gob.ar/noticia/la-anses-y-la-corte-suprema-de-justicia-de-la-nacion-acordaron-la-implementacion-del-expediente-judicial-electronico-594
Este acuerdo establece dos mecanismos:
- Residentes en el extranjero con apoderado cuyo poder especial para Reparación Histórica fue extendido en el país: será válido el poder para que el apoderado suscriba el acuerdo en forma presencial en cualquier oficina de atención al público de la ANSES.
- Residente en el extranjero: el jubilado o pensionado titular deberá asignar el abogado y aceptar los términos y condiciones a través de la página web ANSES/Mi ANSeS/Reparación Histórica ingresando con Clave de la Seguridad Social. Luego deberá firmar el convenio ante un funcionario del consulado, que tendrá que certificar la firma.
En este último caso, el convenio será presentado en la ANSES por el abogado asignado por el jubilado o pensionado, quien lo suscribirá en forma presencial en la oficina del organismo

El Procedimiento General de Reparación Histórica, tiene tres etapas:
  1. Por parte del Titular: La aceptación de los Términos y Condiciones del Acuerdo y la designación de un abogado, con Clave de la Seguridad Social a través de Mi ANSES.
  2. Por parte del Abogado: La aceptación de la designación realizada por el Titular y de los términos y condiciones del Acuerdo, con Clave de la Seguridad Social a través de Mi ANSES, momento en el cual se le otorgará el turno.
  3. La firma del Acuerdo tanto por el Titular ante el Consulado y del Abogado ante ANSES.

Hay que aclarar que estos mecanismos no están todavía totalmente implementados, hay un periodo de espera para que los funcionarios puedan trabajar en ello. Asi que se ruega a los señores jubilados no saturar las vías de comunicación con llamadas y mails.

35 comentarios:

Humberto G. (Administrador) dijo...

Aconsejo leer el artículo publicado en diario "LaVoz" sobre Conflicto con los abogados demora el avance del plan de Reparación Histórica
http://www.lavoz.com.ar/politica/conflicto-con-los-abogados-demora-el-avance-del-plan-de-reparacion-historica

Raúl dijo...

Habrá que tener paciencia, pero me temo que nada nos libra de vernos obligados a viajar al consulado "mas cercano", hacer la gestión y nombrar un abogado, todo con sus consiguientes gastos. Como solemos decir en nuestra tierra... "nos va a salir mas caro el collar que el perro". Ojalá me equivoque.

Michela dijo...

Ya lei todo lo que anunciaron sobre RH para los q vivimos en el extranjero, cada dia entiendo menos, o sea habea q ir al consulado a tramitar y solicitar un abogado?, x otro lado en mi caso no puedo seguir cuando entro a mi anses ya q me pide la HD q se también q no debo hacer, lei que debemos tener la dirección de España en MI ANSES ELECTRONICO??,,eso no me queda claro porque la anses en su momento me dijo que debería tener la dirección de Bs.As, y no la de España, cuando renove pasaporte en el consulado en Madrid me dijo que el DNI arg, tenia que cambiarlo x domicilio español y asi ahora tengo dos DNI, uno con domicilio de B.A y otro con el de España,,,esto es mas confuso,,y mas gastos y gastos y perdida de tiempo para todos...

Miriam dijo...

En la pagina del Anses dice lo siguiente: - Residente en el extranjero: el jubilado o pensionado titular deberá asignar el abogado y aceptar los términos y condiciones a través de la página web ANSES/Mi ANSeS/Reparación Histórica ingresando con Clave de la Seguridad Social. Luego deberá firmar el convenio ante un funcionario del consulado, que tendrá que certificar la firma..
En este último caso, el convenio será presentado en la ANSES por el abogado asignado por el jubilado o pensionado, quien lo suscribirá en forma presencial en la oficina del organismo.

Pregunta: 1) de donde saco un abogado si vivo en Madrid.

No entiendo nada.

Miriam

Miriam dijo...

Sr jubilado Moderador, no me rete, acabo de leer bien su post😄😄

Michela dijo...

Cuando entro a MI ANSES solo puedo leer donde dice me corresponde RH, luego ya no puedo seguir porque pide HD, se q no corresponde la HD pero lamentablemente no puedo continuar, ahora ya lei todo lo q sale dia a dia de la ANSES.
Abogado para los q vivimos en el extranjero?,,o sea a toda costa quieren beneficiar a profesionales cobrando altos vaaalores a jubilados cuandoe stamos luchando q se nos pague lo q corresponde,,tanto cuesta depositarnos lo q fuere a nuestra cuenta?, si ya vieron q corresponde con todos nuestros datos registrados y confirmado, cuanto mas tramites hacer?,,,tenemos este medio de internet, envíen un formulario , lo firmamos ante quien sea y se lo enviamos via consulado y o banco,,,
yo envio nota a Anses y abogados detallado lo q pensamos y deseamos todos,,tramites mas agil, sin pagar mas,,con 240 euros q se puede hacer?

Miriam dijo...

Les copio lo que respondieron del Anses ( entiendo con ests respuesta que se podra escoger abogado en el ditio web del anses

Respondiendo a du consulta le informamos que informa que aquellos Titulares que residan en el extranjero y que no se trasladen para suscribir el Acuerdo, deberán tener en cuenta lo siguiente:

• Residentes en el extranjero con apoderado cuyo poder especial para
Reparación Histórica fue extendido en el país: será válido el poder que
permitirá al apoderado suscribir el Acuerdo en forma presencial en la
UDAI.



• Residente en el extranjero: para estos casos el Titular tiene que tener
acreditado el domicilio en el extranjero en el ADP. Deberá realizar la
asignación del abogado y la aceptación de los términos y condiciones en la
página web de ANSES/ Mi ANSeS/Reparación Histórica, ingresando con
Clave de Seguridad Social.
El Titular deberá firmar el Convenio ante funcionario del Consulado, quien
deberá certificar la firma.
El Convenio será presentado en ANSeS por el abogado asignado por el
Titular del Derecho, quien lo suscribirá en forma presencial en la UDAI.

A su vez le informamos que el Director Ejecutivo de la ANSES, Emilio Basavilbaso, y el Presidente del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, Jorge Rizzo, firmaron hoy 07/10/2016 un convenio que permitirá a abogados porteños patrocinar en forma gratuita a jubilados y pensionados a quienes les corresponde el reajuste de haberes por la Reparación Histórica y no iniciaron juicio previsional o no poseen sentencia firme. La ANSES se hará cargo de sus honorarios y les abonará un monto fijo de $1141.
Entre otros puntos, el acuerdo estipula que el listado de los representantes legales se publicará en este sitio web. Asimismo, continúan las gestiones para que la provincia de Buenos Aires y el resto del país, a través de sus respectivos Colegios y Federaciones, se sumen a esta iniciativa.

Cordialmente.-

Michela dijo...

que significa ADP?,,,el abogado que dispone la anses es para los que vivimos en el extranjero??,,habrá que darles poder o como funciona??,,gracias

Humberto G. (Administrador) dijo...

ADP quiere decir Acreditación de Datos Personales en las bases de datos del ANSES. Es de suma importancia que se entienda esto porque no se puede acceder a las prestaciones si no se tiene actualizados los datos. Y la R.H. es una prestación. Por lo tanto leer bién el link del ANSES http://www.anses.gob.ar/prestacion/acreditacion-de-datos-personales-y-relaciones-53
Hay datos de domicilio que si se podrán actualizar vía MIANSES pero otros habrá que enviar documentación a las UDAI con un apoderado.

Michela dijo...

Muy complicado, creo mas q es para q muchísima gente se qede fuera de esta RH.
EN LA ANSEES CUANDO TRAMITE LA TRANSFERENCIA ME TOMARON TODOS LOS DOMICILIOS DE ALLI Y DE ACA, ESO SI, ME DIJERON QUE DEBERIA FIGURAR UNA DIRECCION DE CAP.FED.,CUANDO ENTRO A MI ANSES CON MI CLAVE SALE SOLO LA DIRECCION DE ARGENTINA, EL DE ACA LO TENDRAN EN OTRO ARCHIVO,,,NO SE COMO FUNCIONA, ENTRE PARA VER SI PODIA CAMBIAR Y NO ME PERMITE, yo no tengo apoderados ni conocidos, x eso tuve q ir yo personalmente cuando me jubile y transferi a España, pero aun sigo pagando los gastos entre hotel,comida,pasajes, solo cobro 240euros y noo puedo trabajar x problemas personales, x eso envio todos los días notas al director y otras autoridades de la ANSES pidiendo sean mas flexibles con esto de R:H..saben q corresponde?,,bien,,tienen fe de vida?,,bien, q depositen a todos a la cuenta como un aumento común,,,tanta historia hacen para tan sencillo tramite???,,cuantos jubilados habrá q ni se puede mover con 65 años y aporto toda su vida para q le paguen la minima,,pobre gente,,yo soy una de ellas,,para q aportar tantos años si luego pagan lo q ellos qieren,,hasta me dieron baja un año sin mas,,todo estaba perfecto,,luego 6 meses me llevo alcarar el tema y hacerles ver q estaba viva,,es lamentable todo!!!

BEAMDQ dijo...

alquien sabe que hacer cuando dicen que tenes que registrar tu huella? Ponen un banco de argentina, viviendo en españa, grandioso!!! Gracias

Humberto G. (Administrador) dijo...

BEAMDQ fíjate si en la cabecera de tu MIANSES cómo figuran los datos de domicilio. Seguramente figura domicilio en ARGENTINA entonces tienes que cambiarlos modificarlos entrando en el dibujo de teléfono pequeño en el extremo superior derecho.
Cualquier duda lee la guia para modificar datos.

Unknown dijo...

A todos, primero tomarlo con calma hay 3 años para poder adherirse al sistema ,aún no se sabe bien como será para los que residimos en el exterior
Estoy en contacto con abogados de Argentina, que se especializan en jubilaciones ,en cuanto este claro el mecanismo lo iré informando Cualquier duda me pueden escribir a marthapuyol@gmail.com Vivimos en Barcelona yo tengo domicilio en España y mi esposo en Argentina , ninguno tenemos huella registrada y estamos dentro de la ley
Martha

BEAMDQ dijo...

gracias por tu respuesta Jubilado Moderador, estàn todos los datos correctos en Mi Anses - y lo peor es que telefònicamente en anses te dicen que tenes que ir al consulado a dejar tu huella. Una barbaridad!!!
Dicen que hay 3 años para adherirse al sistema? adonde dice eso, a mi me dijeron 90 dias maximo.
Un desastre como siempre la informaciòn que nos dan. Gracias a todos.

Humberto G. (Administrador) dijo...

BEAMDQ bueno ese es nuestro principal problema y motivo de los esfuerzos de este blog: lograr que el ANSES y los distintos organismos intervinientes establezca una vía de comunicación fiable, segura y especializada en nuestra situación de no residentes. Con empleados que conozcan la situación y no nos digan hable al 130
La página de MIANSES no está ajustada para nosotros en general.... es posible que haya algunos casos pero lo dudo.
El tema es continuar reclamando para ver si obtenemos algo. Hacerlo por todas las vías que encontreis, todas son válidas. Facebook, Twister, la página del director del ANSES, los formularios de consultas o reclamos (que tampoco funcionan)

Unknown dijo...

Desde el Consulado Argentino en Barcelona me informaron que el tema huella se soluciona con un formulario de excepción, es el PF 2.9 En gral es para caso de enfermos,presos etc, pero me dicen que se debe llenar poniendo donde dice motivo RESIDENCIA EN EL EXTERIOR y donde dice certificado poner no Eso se llena con los datos y se va al consulado a certificar la firma También se puede hacer por notario y luego estampilla de la Haya En el Consulado es gratis y sin turno En el Consulado de Vigo dicen igual,pero que aún no está en vigencia
Martha

Anónimo dijo...

Entrando en MIANSES y luego en Gestion y luego en Reclamos Prestacionales se entra al sistema y se debe elegir qué tipo de reclamo se hará.
Eligiendo Varios se puede solicitar que modifiquen la parte destinada a Reparación Histórica en las páginas para los residentes en el exterior. Para que esa situación se refleje en las indicaciones, instrucciones y mensajes que el ANSES nos hace llegar de forma ya personalizada dentro de MIANSES de cada uno.
Jubilado Moderador

Anónimo dijo...

Me agrego a los dichos del jubilado que dijo "hemos esperado pacientemente que el ANSES resuelva cómo adaptará nuestro ingreso al Programa de Reparación Histórica"
Destacando que si ha pasado demasiado tiempo y que debería estar la Normativa para nosotros en el extranjero , por eso estimo que para hacernos oir debemos ser muchos los que reclamemos y que la forma la encontramos dentro de MIANSES. Ingresar con Nº DE CUIL Y CLAVE luego hacer clic en GESTION luego en Reclamos Prestacionales y ahí en VARIOS hacer reclamo en el formulario que se abre.
Carlos

leonella fiocchi dijo...

Mi hermano ahora vive en Italia, pero no me ha dejado el poder acá. no puede mandarme el poder desde Italia ,por medio de las autoridades competentes?

leonella fiocchi dijo...

Si no tengo firmado el poder aquí en Argentina ,no me lo puede enviar desde Italia?

Humberto G. (Administrador) dijo...

Leonella Fiochi aclare de qué habla Ud.
Si Ud. se refiere a la primera posibilidad... entonces no leyó bien. Tiene que ser un poder extendido en el país, no desde afuera
Si Ud. se refiere a la 2º opción... entonces tengo que entender que Ud. es abogada y está anotada en el ANSES como tal y entonces quiere que su hermano le envíe un poder como abogada.
Por último el ANSES todavía no reglamentó estas medidas ni dijo cómo se realizaran los poderes.

Humberto G. (Administrador) dijo...

Opinamos que el ANSES debe aclarar cómo se procede en caso de elegir la primera o la segunda opción.
En la primera opción, lo poco que podemos inferir es que entran en ella solo los que hicieron/dieron ese poder especial para Reparación Histórica y fue extendido en el pais en algún momento cuando el interesado estuvo en el territorio.
En la segunda opción lo que nos interesa en un primer momento ¿cómo el interesado debe designar el abogado? ¿cómo procederemos para designar ese abogado? Doy por supuesto que ya tengamos elegido uno y entonces? como formalizamos esa designación
Al parecer la respuesta es desde dentro del sistema MIANSES dentro de Reparación Histórica y luego de haber aceptado el acuerdo en los formularios se abre la posibilidad de designar un abogado.

Miriam dijo...

Hoy entre a la pagina del Anses y hay un link en mianses a los colegios de abogados de cada provincia y de la capital federal. El tema es que no veo la lista de abogados. Ya envie una consulta al colegio de abogados donde pregunto si la lista estara on line.

Humberto G. (Administrador) dijo...

Miriam Considere también que es posible conseguir un abogado por otras vías, internet, telefono, mail etc. Una vez que uno tiene el nº de matrícula con eso ya puede uno proponer su abogado dentro del sistema en MIANSES

Miriam dijo...

Buenas noches, por casualidad alguien ya tiene algun abogado en Buenos Aires al que se pueda contactar para realizar el tramite?
Gracias de antemano

Humberto G. (Administrador) dijo...

Hay disponible listados de abogados en http://www.anses.gob.ar/reparacionhistorica/patrocinantes.html#Buenos%20Aires

Miriam dijo...

Buenos dias y feliz navidad para todos! Les queria consultar si alguien ya inicio los tramites de reparacion historica.
Nosotros ya conseguimos abogada pero me surje una duda, en el sitio delAnses menciona que si el jubilado reside en el exterior, el representante que haya elegido debe ir al Anses, retirar el acuerdo, enviarselo al jubilado y con ese acuerdo el jubilado debe ir al consulado a firmarlo y luego reenviarselo al abogado.

Entonces mi pregunta es la siguiente, si yo imprimo el acuerdo desde la pagina del Anses y voy con el al consulado a firmarlo y se lo envio al letrado no es lo mismo? Lo que me llama la atencion es que cuando imprimo el acuerdo se menciona en el que es borrador. Sera que no es oficial y solo lo es el que se retira del Anses?
Perdonen la lata y gracias de antemano

Humberto G. (Administrador) dijo...

Miriam por favor indicar exactamente la dirección o recorrido del sitio de ANSES donde dice eso que Ud. menciona. Gracias
Por otro lado es como Ud. sospecha el documento que tiene validez es el que retira el abogado desde las oficinas de ANSES.

Humberto G. (Administrador) dijo...

Miriam OK ya descubrí cual es la página http://www.anses.gob.ar/reparacionhistorica/residentes-en-el-exterior.html

Miriam dijo...

Gracias, me imagine que seria asi. Lo pregunto en este foro porque es muy dificil que el o la abogado conteste las preguntas que se le plantean. Hemos conseguido una abogado, nos dio el cuit para incluir en el acuerdo pero luego desaparecio dl mapa....entiendo que cuando vive en el exterior las cosas se complican, por eso preguntaba si alguien ya habia empezado el tramite...

Humberto G. (Administrador) dijo...

Miriam no estoy enterado hasta el momento de que haya ocurrido algún inicio de trámite en el exterior en Consulado

Unknown dijo...

xq cuando apareció esto de RH.estaba incluida y ahora me ponen un cartel q dice...entrar como jubilado.entrar como abogado xq no explican a la gente en el exterior.gracias

Humberto G. (Administrador) dijo...

Teresa Ud. debe hacer click en donde dice "entrar como beneficiario" y ver si le hicieron una propuesta o no.
Luego si hay una propuesta seguir las instrucciones que puede ver en la página http://www.anses.gob.ar/reparacionhistorica/aceptacion-del-acuerdo.html
Si todavía no le hicieron propuesta alguna, tendrá que esperar que se la hagan.

Unknown dijo...

Tenes razon. Personas de mas de 80 anios viajando a un consulado que queda muy lejos

Unknown dijo...

Buenos dias soy abogado especialista en derecho previsional y realizo presentaciones de convenios a homologacion de reparacion historica de jubilados y pensionados residentes en el extranjero. Atento tener a mi padre jubilado residiendo en españa. Les dejo mi whats app 542213091481 y mi mail drmauroreyna@hotmail.com. Espero sus consultas.