martes, 4 de octubre de 2016

SITUACION DE LOS JUBILADOS RESIDENTES EN EL EXTERIOR Y EL PROGRAMA DE REPARACION

Hemos esperado pacientemente que el ANSES resuelva cómo adaptará nuestro ingreso al Programa de Reparación Histórica.
El hecho es que quienes estén jubilados y no iniciaron juicio, se les propondrá un ajuste de la jubilación que se aplicará al haber mensual desde la fecha de ingreso al programa.
Entonces los no residentes en el territorio argentino debemos pedir que a nosotros se nos aplique retroactivo al mes de Setiembre el reconocimiento para dejarnos en igualdad de derechos de los jubilados residentes.
Entonces si seguimos esperando la implementacion del sistema en el exterior.

Por otro lado hemos notado que en muchos casos en MIANSES los datos de domicilio figuran en Argentina y por lo tanto al parecer el sistema entiende que el beneficiario reside en Argentina a pesar de no ser asi.
A continuación el sistema llama a que beneficiario y abogado se presenten a empadronarse en el sistema MIHUELLA en un banco determinado dentro del país. 
No estamos seguros de qué debemos hacer. En principio siguiendo las normas elementales del ANSES (que siempre dicen que se debe actualizar los datos) deberíamos entrar en MIANSES y actualizar datos de domicilio. Eso producirá seguramente errores demoras y reniegos con el sistema.
Si se opta por esta salida aconsejamos primero imprimir y leer las indicaciones que se encuentran dentro del sistema cuando se entra a modificar los datos. 
Nota aclaratoria: el día 13/10/16 nos llegaron noticias de que el ANSES comenzó a organizar la participación de los jubilados no residentes en la Reparación Histórica.
Leer la entrada titulada PROCEDIMIENTO PARA QUE JUBILADOS RESIDENTES EXTERIOR PARTICIPEN de REPARACION

18 comentarios:

Miriam dijo...

Buenas noches, acabo de entrar al sitio del Anses y ya sale el haber reajustado que le correspobde a mi marido por la reparacion historica. Ahora bien, cuando quiero aceptar el nuevo haber me pide un cuit de algun abogado. Aunque uno resida en el exterior previsa un abogado? Y por otra parte, alguien sabe cuando se cobrara el retroactivo? Gracias de antemano por las respuestas

Humberto G. (Administrador) dijo...

Miriam por favor lea la información que publicamos. Hasta el momento no hay definida una operativa para que los jubilados residentes en el exterior entren en el programa Reparación. Por lo tanto no tiene que buscar abogado ni hacer nada.
Lo que si puede hacer es reclamar al ANSES para que indique cómo proceder a los no residentes.
En la página del ANSES indican el procedimiento de cuando se cobrará el retroactivo.

Miriam dijo...

Gracias! Habia interpretado que si ya estaba definido el monto ya se podia cobrar. Estare mas atenta.
Miriam

Raúl dijo...




Completamente de acuerdo con la opinión del moderador en el momento de dar a conocer la noticia. Tal vez sería importante que estableciéramos una forma de hacer la presentación en la que coincidiéramos todos los que debemos reclamar, para que ANSES verifique que la cantidad de presentaciones son abundantes y por lo tanto, deben dar una respuesta urgente.
Una forma podría ser redactar un texto único, a ser posible realizado por alguien que tenga conocimientos legales sobre la gestion ante el ANSES, o de lo contrario consensuando los términos para evitar posibles errores o problemas de interpretación.










Raul Menghini dijo...

PERDON, COMETI UN ERROR Y EL TEXTO QUE CORRESPONDIA A ESTE TEMA LO INCLUÍ EN EL APARTADO DE LA POSIBLE MODIFICACION DE LA FORMA DE PRESENTACIÓN DE LOS CERTIFICADOS DE SUPERVIVENCIA. Vuelvo a transcribirlo aquí, y procuraré que el moderador anule la entrada erronea. DISCULPEN LAS MOLESTIAS.


Por si pudiera ser de interés para alguno de los "beneficiarios" de la Reparación Histórica, copio y pego a continuación el correo que acabo de mandar al ANSES. Cuando reciba respuesta lo comentaré por aquí. Saludos.



"A fines del mes de agosto consulté en relación con las condiciones para poder acceder al programa de Reparación Histórica por parte de los jubilados del ANSES que residimos en el exterior (en mi caso, España)

Se me respondió que debía esperar a que haya una resolución al respecto. Me permito solicitar nuevamente esa información, y teniendo en cuenta que en la pagina web se hace referencia a que el pago se actualizará a la fecha de ingreso al programa, pero al mismo tiempo se impide por no estar disponibles los medios necesarios, solicito que cualquier toma de decisión sea retroactiva al mes de septiembre, ya que desde esa fecha estoy intentando regularizar mi situación pero me ha resultado imposible.

Mucho agradeceré su respuesta, con las instrucciones que pudieran actualizar la información con que hasta el momento me han brindado.

Desde ya, muchas gracias"

Unknown dijo...

teresa de colonia primero me pusieron un cartel q estaba incluido en el programa ahora ponen otro q no me corresponde??y a su vez ponen otro cartel q dice ingreso a beneficiario,ingreso como abogado??para que si ya esta sabido q hay monton de gente q no va poder hacer nada esta señora cobra 5400pesos ademas no utiliza ningún beneficio q le ofrece el anses ya que vive en Uruguay.

Michela dijo...

Yo tengo domicilio en MI ANSES de argentina capital federal porque en la oficina me lo pidieron que figure domicilio de argentina, también tengo DNI ARG, con domicilio de allí y otro de aca, eso fue cuando tramite la transferencia a España y el banco Nación necesitaba los dos domicilios tanto de allí como el de aca,,,,pregunto
ES NECESARIO CAMBIAR EL DOMICILIO?,,
Hasta ahora me dice cuando entro x la R:H. que me corresponde y sale mi num beneficio y luego entrar la H.D. pero se de buena fuente que los que vivimos en el extranjero no se tramita. y no puedo seguir viendo mas a la espera que la ANSES me lo deposite como sea la R:H. a mi cuenta donde cobro mi jubilacion,,gracias

osvaldo di monno dijo...

La ANSES y la Corte Suprema de Justicia de la Nación acordaron la implementación del expediente judicial electrónico

Fotos

A través de la Acordada 33/2016 firmada ayer por la CSJN (Corte Suprema de Justicia de la Nación), se implementará el expediente judicial electrónico, que será válido en todo el país, para la tramitación de los acuerdos de los titulares de beneficios previsionales comprendidos en ley de Reparación Histórica.

En ese sentido, el máximo tribunal recordó que la ley 27.260, por la que se creó el Programa, exige para la celebración de esos acuerdos el "procedimiento informático" y su posterior homologación judicial y consideró por lo tanto "indispensable" dictar "normas mínimas" para el manejo del expediente electrónico.

Esto permitirá que los jubilados y pensionados residentes en el exterior del país puedan suscribirse a la Reparación Histórica siempre y cuando su domicilio esté ingresado en la base de datos del organismo previsional.

Al respecto, el Director Ejecutivo de la ANSES, Emilio Basavilbaso, enfatizó que “una vez más el organismo está cerca de la gente, simplificando los trámites y tomando decisiones que mejoran la calidad de vida de las personas, tanto para quienes residen en el país como para los argentinos que viven en el exterior”.

Este acuerdo establece dos mecanismos:

- Residentes en el extranjero con apoderado cuyo poder especial para Reparación Histórica fue extendido en el país: será válido el poder para que el apoderado suscriba el acuerdo en forma presencial en cualquier oficina de atención al público de la ANSES.

- Residente en el extranjero: el jubilado o pensionado titular deberá asignar el abogado y aceptar los términos y condiciones a través de la página web ANSES/Mi ANSeS/Reparación Histórica ingresando con Clave de la Seguridad Social. Luego deberá firmar el convenio ante un funcionario del consulado, que tendrá que certificar la firma.

En este último caso, el convenio será presentado en la ANSES por el abogado asignado por el jubilado o pensiona

Anónimo dijo...

Yo he actualizado los datos de domicilio hace más de un mes y medio. Ahora figuran los datos de domicilio en el exterior. Pero sigo estando bloqueado, ya que insiste en que debo enrolarme por la falta de huella.

Anónimo dijo...

http://www.ieco.clarin.com/jubilados-podran-adherir-Reparacion-Historica_0_1667233315.html

Esta es la dirección de un artículo del Clarín donde se habla del sistema a implementar para los jubilados en el exterior para la reparación histórica.

Humberto G. (Administrador) dijo...

El ajuste del sistema informático es la parte más delicada del proceso. Al parecer tendremos que esperar.

Michela dijo...

Buen dia, lei todo relacionado con cambio de domicilio para la anses, veo q no lo puedo hacer ,piden acercarse a las oficinas, me pregunto?,,porque la anses me exigió un domicilio de Bs.As, cuando tramite la transferencia y otro de España?,,o sea ellos deberían tener registrado mi domicilio de aca también, no veo tanta historia para pagar algo q corresponde,,sigo insistiendo que envíen formulario para registrarnos en la R:H. para aceptar y reenviarles todo x esta via de internet,,para q tanta tecnología???,,pasa q qieren q gastemos mas y mas a profesionales y matarnos poco a poco con tantos tramites y amarguras, mal programado todo,,

Michela dijo...

Con respecto a no poder continuar el tramite es verda que todos los días aparece lo mismo, entramos, leemos yabajo te dice " debe enrolarse para continuar",,,,pero se de otros que cambio el domicilio y también le dice lo mismo,
POR FAVOR SI ALGUIEN PUDO CAMBIAR EL DOMICILIO ESTOS DIAS O MESES POR INTERNET ME PUEDEN DECIR COMO FUE O COMO LO HACE'?, yo entre y me dice que no se puede y acercarse a las oficinas,,,vivo en España,,,
ES UN CALAMBRE ESTO,,TIENE QUE HABER UN TELEFONO QUE NOS ATIENDA, gracias,,,espero alguien sepa si se puede o no hacer el cambio de domicilio desde internet en el exterior sin mas,,,

Humberto G. (Administrador) dijo...

MICHELA yo acabo de hacer un cambio de domicilio de mi hermana sin ningún problema a las 11 hrs. española.
Quiero pedirle que busque ayuda de otra persona para hacerlo. Quizás otra mirada ayude. Además hay una guía con instrucciones.

Michela dijo...

Gracias, después de dos días de entrar y ver si me dejaba,,por fin en este momento me permitio continuar y registre el cambio de domicilio,,tarde pero seguro,,no se que le pasa a veces que pone error o no acepta,,,paciencia y se llega al cielo,,,muchas gracias,saludos

Unknown dijo...

A todos, primero tomarlo con calma hay 3 años para poder adherirse al sistema ,aún no se sabe bien como será para los que residimos en el exterior
Estoy en contacto con abogados de Argentina, que se especializan en jubilaciones ,en cuanto este claro el mecanismo lo iré informando Cualquier duda me pueden escribir a marthapuyol@hotmail.com Vivimos en Barcelona yo tengo domicilio en España y mi esposo en Argentina , ninguno tenemos huella registrada y estamos dentro de la ley
Martha

Unknown dijo...

Desde el Consulado Argentino en Barcelona me informaron que el tema huella se soluciona con un formulario de excepción, es el PF 2.9 En gral es para caso de enfermos,presos etc, pero me dicen que se debe llenar poniendo donde dice motivo RESIDENCIA EN EL EXTERIOR y donde dice certificado poner no Eso se llena con los datos y se va al consulado a certificar la firma También se puede hacer por notario y luego estampilla de la Haya En el Consulado es gratis y sin turno En el Consulado de Vigo dicen igual,pero que aún no está en vigencia
Martha

Anónimo dijo...

Entrando en MIANSES y luego en Gestion y luego en Reclamos Prestacionales se entra al sistema y se debe elegir qué tipo de reclamo se hará.
Hacer clik en Varios para solicitar que modifiquen la parte destinada a Reparación Histórica en las páginas para los residentes en el exterior. Para que esa situación se refleje en las indicaciones, instrucciones y mensajes que el ANSES nos hace llegar de forma ya personalizada dentro de MIANSES de cada uno.
Jubilado Moderador