lunes, 19 de marzo de 2018

Impuesto Ganancias de los jubilados del IPS La PAMPA


A partir del periodo fiscal 2018 será indispensable la presentación del Formulario de Declaración Jurada de Impuesto a las Ganancias –Retenciones 4ta. Categoría 572 Web – a través del servicio “Sistema de Registro y actualización de Deducciones del impuesto a las Ganancias" (SIRADIG- Trabajador).
A este formulario se accede a través de la página web de la AFIP (con clave fiscal) y los mismos serán considerados hasta el día 7 de cada mes. Si se informa después de esa fecha, el formulario será considerado para la próxima liquidación de haberes.
Es importante aclarar a los beneficiarios que deben completar en el Formulario el Punto 5 “BENEFICIOS” para obtener (los beneficios previstos por la Ley Nacional 27.346), tanto la deducción especifica de Seis (6) haberes mínimos garantizados (haberes mínimos de Anses), como así también para la aplicación del incremento del 22% en cargas de familia, deducción especial y ganancia no imponible para aquellos beneficiarios que viven en Zona Patagónica. El primer beneficio señalado se aplica siempre y cuando se obtengan ingresos únicamente de índole previsional y/o no sea alcanzado por el Impuesto a los Bienes Personales.
Importante
La falta de presentación al inicio de cada año hará cesar los beneficios obtenidos en el año anterior, hasta tanto el beneficiario realice la nueva presentación. 
Descargar Instructivos en http://www.isslapampa.gov.ar/sps_jubilados-y-pensionados/