JUBILADOS ARGENTINOS EN ESPAÑA y en el mundo
email: jubiladosargentinos@yahoo.es Atención por favor - Los que escriban comentarios pongan un nombre (cualquiera)
domingo, 22 de junio de 2025
SEÑORES JUBILADOS GESTIONEN LA CLAVE
Antes de iniciar el procedimiento se debe leer bien y/o imprimir el Manual de Usuario de CVSS.
Hay que diferenciar la "Clave de la Seguridad Social argentina" no es lo mismo que la "Clave Fiscal" del AFIP ni tampoco es lo mismo que el CUIL/CUIT
Si tienen dificultades con los formularios electrónicos al gestionar en la página web pidan ayuda a un pariente o amigo. Es importante que tengan la "Clave" para luego poder gestionar en la página de ANSES y tener acceso a sus datos personales y también para reclamar ante cualquier problema que pudiera surgir.
APARTADO PARA BENEFICIARIOS EXTRANJEROS DE JUBILACIÓN ARGENTINA Los consejos anteriores también son válidos para los extranjeros beneficiados con jubilación argentina. Sin embargo tengan en cuenta que Uds. en vez de tener un DNI tienen o tuvieron en su momento un Documento argentino para extranjero y que si le solicitan el Nº de trámite de ese documento tienen que buscarlo en el mismo. En cuanto al CUIL todos los beneficiarios de jubilaciones y pensiones de Argentina tienen un nº de CUIL es cuestión de buscarlo en los recibos de pago o notificaciones que recibieron del ANSES o de su Caja Provincial pagadora. Finalmente los que luego de intentarlo de todas las formas posibles no pueden crear su nº de clave para entrar a MIANSES sigan los siguientes pasos Si vivo en el extranjero y no puedo obtener mi clave por la web, ¿qué debo hacer? Si contás con un apoderado que viva en la Argentina: descargá, firmá y hacé certificar esta Carta Poder y la copia de tu documento argentino de extranjero para que tu apoderado las presente en tu nombre (consultá las autoridades certificantes competentes para certificar tu firma y copia del documento). Si residís en el exterior y no tenés apoderado en Argentina: descargá, firmá y hace certificar el Formulario USI 07 y la copia de tu documento argentino de extranjero, a través del consulado del país donde te encuentres o a través del Sistema Simplificado de Apostillas, y luego envialos por correo a la Dirección Central de Gestión y Soporte Operativo (DCGSO) de ANSES (Av. Paseo Colón 239, 6to. Piso Frente, C1063ACO, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina). Si el Consulado del país en el que te encuentras dispone de las herramientas informáticas necesarias: podrás enviar tu documentación certificada, de manera electrónica.
miércoles, 14 de mayo de 2025
PARA COLABORAR EN EL BLOG
jueves, 8 de mayo de 2025
Invito a los interesados en el tema Jubilaciones por Convenio a contactarse y comunicarse entre ellos aquì en los comentarios
sábado, 12 de abril de 2025
PLATAFORMA JUBILADOS POR CONVENIO
lunes, 30 de diciembre de 2024
Jubilados Argentinos interesados en solicitar que le transfieran sus haberes a su lugar de residencia en el exterior
viernes, 18 de octubre de 2024
Resolución 918/2024 ANSES
martes, 24 de septiembre de 2024
Aclaración y ampliación a lo manifestado en la nota “La Plataforma Jubilados por Convenio Hispano Argentino denuncian la discriminación que sufren”
sábado, 21 de septiembre de 2024
UNA PREGUNTA PARA LOS JUBILADOS POR CONVENIO
jueves, 19 de septiembre de 2024
Noticia para los Jubilados de la Provincia de Córdoba residentes en el exterior
jueves, 22 de agosto de 2024
Jubilados de la mínima que viven en el exterior reciben la transferencia cada dos meses.
CAJA JUBILACIONES y PENSIONES de ENTRE RIOS
jueves, 8 de agosto de 2024
RATIFICACIÓN DE MEDIO DE COBRO (RAMECO)
jueves, 11 de julio de 2024
¿Porqué algunos jubilados argentinos residentes en el exterior tenemos dificultades para afiliarnos al PAMI?
domingo, 30 de junio de 2024
Ratificación Medio de Cobro
viernes, 26 de abril de 2024
"COMUNICADO del GRUPO GESTOR de PLATAFORMA DE JUBILADOS POR CONVENIO"
martes, 5 de marzo de 2024
MENSAJE A LOS JUBILADOS del IPS de MISIONES RESIDENTES en el EXTERIOR
miércoles, 7 de febrero de 2024
COMUNICADO del GRUPO GESTOR de PLATAFORMA DE JUBILADOS POR CONVENIO Hispano/Argentino
jueves, 1 de febrero de 2024
Plataforma de Jubilados por Convenio Hispano-Argentino
martes, 30 de enero de 2024
La nueva propuesta de movilidad jubilatoria supone otra confiscación
lunes, 22 de enero de 2024
Preguntas de los lectores - Indicaciones
miércoles, 20 de septiembre de 2023
OBRA SOCIAL, PAMI y la atención sanitaria de los jubilados que vivimos en el exterior
La situación sanitaria de los jubilados argentinos residentes en el exterior que no tienen otro beneficio o pensión en el país de residencia , es decir jubilados en Argentina que se trasladaron a residir en el exterior luego de jubilarse en Argentina y no pueden obtener el derecho a atención sanitaria gratuita en el lugar en que residen.
Sería provechoso que contaran cómo resolvieron su atención sanitaria.
Existe la posibilidad de renunciar al PAMI por no residir en el territorio? Actualmente no. Pero nosotros todos y cada uno de los jubilados residentes en el exterior podemos buscar alguna propuesta para defender nuestro derecho.
Un jubilado afiliado al PAMI, ¿puede cambiarse a otra obra social? SI, con la condición que resida en el país. Pero no en todos los casos. Sólo podrá hacer el traspaso, si la obra social que elige está incluida dentro del Registro de Agentes del Seguro de Salud,
Ahora bien todos nosotros, residentes en el exterior, tenemos servicio de salud de una forma u otra, pero ninguna está en el ANSSAL.
Por lo tanto hay que consultar a abogados para considerar la posibilidad de alguna solución ¿no?
El Registro de Agentes del Seguro de Salud se encuentra en la Superintendencia de Servicios de Salud y se llama Registro Nacional de Obras Sociales
martes, 12 de septiembre de 2023
Un email del Banco Nación debido al parecer a un error
martes, 4 de julio de 2023
Reclamos al INSS por supuestos cobros indebidos
jueves, 29 de junio de 2023
Enlace para jubilados que cobran vía Banco Nación Argentina
jueves, 20 de abril de 2023
La web de ANSES no se abre desde el exterior
Estimados compañeros y compañeras jubilades, no
podemos seguir tolerando el no funcionamiento de la web de ANSES, durante
tantos días. Debemos hacer algunas cosas, escribir preguntando y exigiendo
respuestas. Escribir a los diarios, a los centros y asociaciones de jubilados,
a la Comisión de Previsión y Seguridad Social del Congreso, etc. Por supuesto
incluir en esas cartas el problema de los descuentos indebidos del Impuesto a
las Ganancias a beneficiarios que no llegan a cobrar sumas superiores al mínimo
no imponible.
Sugiero que para esta campaña debería conformarse un
pequeño grupo de voluntarios que hagan la punta y ofrecer direcciones de correo
electrónico para que los que quieran vayan sumándose a esos correos. Suficiente
con que sean dos o tres correos a donde los interesados en participar activamente
puedan aportar ideas e información Luego se verá cómo continúan organizándose.
Yo por mi parte colaboraré ofreciendo mi blog para
publicar una vez las dos o tres direcciones. Estoy a su disposición para publicar
los comunicados o notas que Uds. quieran difundir en el blog. Me refiero a lo
que la futura Comisión o Grupo que se forme necesite publicitar - No escritos
firmados por una sola persona sino a un escrito del grupo o comisión.
Saludos Cordiales
Humberto G. Soro
miércoles, 5 de abril de 2023
¿Cómo el Impuesto a las Ganancias afecta a los jubilados que residen en el exterior?
Emanuel Biondi – Publicado en Marzo/2023 por Blogdelcontador.com.ar
Aunque
algunos fallos judiciales cuestionan que las jubilaciones estén incluidas en el
Impuesto a las Ganancias (como se analizó en
https://blogdelcontador.com.ar/impuesto-a-las-ganancias-y-jubilados-una-deuda-pendiente-a-la-luz-del-fallo-garcia-maria-isabel/),
la normativa las considera una renta de cuarta categoría y establece topes y
deducciones específicas para reducir la carga impositiva y evitar que sea
demasiado gravosa para el conjunto de jubilados residentes en el país.
¿Y por qué un jubilado quedaría encuadrado? En palabras simples, el impuesto a las Ganancias menciona que todo ingreso percibido en Argentina, sea quien sea que lo cobre, tiene que pagar el tributo si está dentro de los límites fijados. A esto se lo denomina “criterio de renta mundial”, el cual implica que los residentes pagan sobre la totalidad de las ganancias, independientemente de que fueran obtenidas en el país o en el exterior, y que los no residentes pagan en el país en donde se genera la ganancia.
Paralelamente, existen diversos países que tienen convenios firmados con nuestro país para evitar que se cobre el gravamen. Según la página de ANSES son: Australia, España, Reino Unido y Suiza. Por lo tanto, si se reciben haberes y se abona la carga tributaria en alguno de estos territorios, es necesario realizar un reclamo en el organismo correspondiente.
No obstante, en caso de que el país de residencia del jubilado no cuente con un convenio para evitar la doble imposición, no existe una alternativa para evitar la retención del Impuesto a las Ganancias. Aunque es posible que un fallo judicial intente modificar la postura de la AFIP, pero siempre aclarando que cualquier efecto se limitará únicamente al demandante en cuestión. Para que haya una consecuencia general, debe reformarse la ley del tributo para evitar, por ejemplo, que se le dé un idéntico tratamiento a un jubilado y a una empresa del exterior que brinda asesoramiento de cualquier tipo.
Nota de
la Redacción: Este artículo que reproducimos fue originalmente publicado por blogdelcontador.com.ar
martes, 21 de marzo de 2023
UNIVERSIDAD OFRECE TALLERES VIRTUALES A PERSONAS MAYORES
Talleres virtuales del 1er cuatrimestre
¡Hola a todos y todas! ¿Cómo están? Esperamos que muy bien.
Les escribimos para recordarles que continúan abiertas las
inscripciones para nuestros talleres virtuales del 1er cuatrimestre.
¿Qué talleres se dictan en el primer cuatrimestre? Durante
este cuatrimestre estaremos dictando 10 talleres virtuales, pueden conocer la
lista completa ingresando al siguiente link:
https://www.fahce.unlp.edu.ar/facultad/secretarias-y-prosecretarias/extension/pepam/talleres-virtuales
¿Como se organizan los talleres virtuales?
Los talleres están organizados en sesiones semanales en las
que el/la docente presenta un tema con distintos materiales y la actividad que
espera realicen los/as alumnos/as para abordarlo. Estas sesiones siempre
cuentan con un espacio de comunicación para intercambiar con el/la docente y
los/as compañeros/as.
Modalidad asincrónica: Es decir que no tienen un día y
horarios específicos de cursada, sino que se adaptan a las distintas
disponibilidades horarias.
Tutores virtuales: Todos los cursos cuentan, además del
docente a cargo, con un/a tutor/a que acompaña a los alumnos en las cuestiones
más técnicas para garantizar el acceso.
Docentes universitarios: Todos los cursos del PEPAM son
dictados por docentes de la UNLP.
Inscripciones: Las inscripciones se realizarán de forma
virtual, para anotarse deben solicitar el formulario de inscripción a algunos
de nuestros correos (pepamvirtual@gmail.com o pepam.unlp@gmail.com) o por
mensaje de Facebook. Cualquier duda o consulta que tengan en cuanto a las
inscripciones pueden escribirnos por correo, Facebook o llamarnos a nuestro
teléfono (0221) 457-2505
¡Saludos!
Equipo del PEPAM
Programa De Educación Permanente Para Adultos Mayores
Secretaría de Extensión - Facultad de Humanidades y Ciencias
de la Educación (UNLP)
miércoles, 15 de marzo de 2023
UN JUEZ ADMITIÓ MEDIDA CAUTELAR SOLICITADA por el descuento indebido del Impuesto a las Ganancias a jubilados residentes en el exterior
"RESUELVO: Admitir la medida cautelar solicitada. En consecuencia, se ordena a la demandada que —a través del agente de retención (Administración Nacional de la Seguridad Social)— se abstenga de retener suma alguna en concepto de impuesto a las ganancias sobre el haber previsional del Sr. ****** ******* (DNI *.***.****.), hasta tanto se dicte sentencia definitiva en las presentes actuaciones. Regístrese, notifíquese por Secretaría a las partes y líbrese oficio a la ANSES —en los términos del art. 400 del CPCCN y, en su caso, mediante DEOX— a fin de comunicarle lo aquí resuelto."
Domicilio: Uruguay 766 piso 1ro. Of. "12" Código Postal: 1015
Tel de Argentina: 4373-5666/5695 o 4372-5215
Tel. de Miami: 1(305)4323334
Tel. de España:34(91)8299707
Tel. de Italia:39(06)89385841
Horario de Atención: de Lunes a Viernes de 15 a 19hs Doctor. Julian Suez.
miércoles, 15 de febrero de 2023
Descuento indebido en los haberes de jubilados residente en el exterior del IMPUESTO a Ganancias
ABOGADOS (argentinos) PREVISIONALES EN ARGENTINA, ESPAÑA, ITALIA y USA
Mariana Fernández Plaza Abogada AFZ ABOGADOS www.afzabogados.com
Tlf.: 91.899.05.14
/606.13.89.93 Fax: 91.091.12.37
Estudio Jurídico SUEZ
Domicilio:
Uruguay 766 piso 1ro. Of. "12" Código Postal: 1015
Tel de Argentina: 4373-5666/5695 o
4372-5215
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Tel. de España:34(91)8299707
Tel. de Italia:39(06)89385841
Dra. Sandra Partenio
http://soluciones-previsionales.blogspot.com.ar/
ABOGADOS PREVISIONALES – CONVENIOS INTERNACIONALES
STAFF PROFESIONAL
Talcahuano 758 1° B (C1013AAP) CABA, República Argentina
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ESTUDIO SAN
LORENZO Dra. Silvia San Lorenzo Sarmiento 1574 piso 3º, Dto. G Ciudad de Buenos Aires
011-4382-6834 /
Celular: 15-5454-2116
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11-4628-4444 o al 15-6569-9938