Solo 600.000
jubilados pueden consultar en la web de la ANSES su haber recalculado
Se
trata de aquellas personas que no iniciaron juicio y cumplen con los
requisitos para que se les haga efectivo el reajuste anticipado.
Se
trata de los primeros pagos que la ANSES implementará en etapas:
La
primera ya inició en septiembre y junto con el calendario de pago
habitual, se abona el reajuste automático a jubilados y pensionados
(264.436) que no hubieran iniciado juicio contra el organismo
previsional y estuvieran en condiciones de mayor vulnerabilidad.
En
octubre, se hará el segundo reajuste automático del haber a otros
216.000 jubilados y pensionados que tampoco hayan iniciado juicio y
cumplan los requisitos estipulados para el pago automático.
Son
todos casos de jubilados sin juicio contra la ANSES que se les
reajusta automáticamente. Luego los jubilados tendrán que homologar
el acuerdo en base a un cronograma que la ANSES coordinará con el
Poder Judicial y se les informará a cada jubilado.
Las
condiciones de acceso para el reajuste automático de estos dos
primeros grupos son:
Para
los jubilados menores de 80 años:
•
Que
el valor de recomposición histórica no supere los $ 1.698
mensuales.
•
Que
el haber recompuesto no supere los $ 14.152.
Para
los jubilados mayores de 80 años:
•
Que
el valor de recomposición histórica no supere los $ 5.661,16
mensuales.
•
Que
el haber recompuesto no supere los $ 14.152.
En
todos estos casos, los jubilados igualmente deben tener registrada su
huella digital (para los no residentes ya se establecerá otro
mecanismo) y tendrán 6 meses para aceptar la propuesta desde la
página web del organismo.
Además
un tercer grupo que con solo aceptar la propuesta en la web de la
ANSES podrá acceder al pago en noviembre, se trata de unas 120.000
personas, aproximadamente.
La
ANSES puede realizar estos pagos anticipados abreviados por grupos en
virtud de la Resolución DE N° 305 del 2 de septiembre de 2016,
donde en su Anexo II, inciso (a) se establece: que se puede utilizar
el procedimiento abreviado de “reajuste del haber con
anticipación a la celebración del acuerdo. Una vez efectuado el
reajuste, el titular del beneficio previsional deberá prestar su
consentimiento mediante la plataforma “Reparación Histórica”
con su Clave de la Seguridad Social dentro del plazo de SEIS (6)
meses contados a partir del primer día del mes posterior al
reajuste. Con posterioridad a la aceptación del acuerdo en la
plataforma, y atendiendo al orden de prioridades que oportunamente se
establecerá, se deberá cumplir con el proceso previsto en el Anexo
I para la correspondiente remisión al Poder Judicial de la Nación y
homologación pertinente”. En este marco, ya se registraron los
primeros 3.695 acuerdos aceptados por los jubilados.
Asimismo,
para el grupo de jubilados de Noviembre que requiere aceptación
previa, la Resolución establece en el inciso (b) que “la ANSES
podrá efectuar el reajuste del haber, luego de que el titular preste
conformidad con la propuesta, con su Clave de la Seguridad Social
mediante la plataforma “Reparación Histórica”. Una vez
aceptado, el haber será recompuesto en la liquidación siguiente.
Con posterioridad a la aceptación del Acuerdo en la plataforma, y
atendiendo al orden de prioridades que oportunamente se establecerá,
se deberá cumplir con el proceso previsto en el Anexo I para la
correspondiente remisión al Poder Judicial de la Nación y
homologación pertinente”.
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