(BOE núm. 297, de 10 de diciembre de
2004) (y BOE núm. 243, de 10 de octubre de 2007)
TÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1.- Definiciones
1. Las expresiones y términos que se
enumeran a continuación tienen, a efectos de aplicación del
presente Convenio, el siguiente significado:
A) "Partes Contratantes":
designa al Reino de España y a la República Argentina
B) "Territorio": respecto a
España, el territorio español; respecto a la Argentina, el
territorio argentino;