sábado, 22 de febrero de 2020

COORDINACION PARA LOS BENEFICIARIOS DEL IPS que sufrieron una mala aplicación de la normativa relativa a cambio o se.le descontó el 30 %

Abrimos esta entrada para facilitar la comunicación entre los interesados en coordinar para lograr una solución a la mala interpretación de la normativa que tiene que ver con el cambio.de.divisas o el impuesto al dólar turismo.
Se ruega a los interesados dar su email para poder ponerse de.acuerdo por vía privada.
Aclaración, la dirección mail deben ponerlo en los comentarios, así los lectores interesados pueden comunicarse e ir reuniendo se en una lista que  Uds.  formarán.
Max es el primero que se compromete y pone su email. Sería bueno que haya mínimo otros dos comprometidos, así lo ayudan.
Los demás pueden escribir a ese email de Max y ponerse a colaborar. Gracias

Nota del día 20/02/20
Un vocero del banco COMAFI nos dijo lo siguiente:
 Si bien las circulates las BCRA aplican para todos los bancos cada uno puede optar por diferentes decisiones. En lo que respecta a Banco Comafi está condicionado por lo que se llama Circular 6815 y 6855 en donde a todos aquellos beneficiarios que cobraban mediante cheque, INTESA( Banco en Italia ) o por el IPS ( jubilación de provincia de Buenos Aires ) no se pueden comprar dólares en nombre de ellos. La única forma de cobrar es mediante transferencia bancaria la cual necesita de un formulario. Con respecto a los mensuales adeudados por disposición del BCRA no se pueden comprar los dólares de esos meses por lo que deben de venir a retirarlo en pesos a su banco o tener un apoderado que los pueda cobrar.

85 comentarios:

hugo di bello dijo...

hola!en donde dejamos anotado el mail?

Humberto G. (Administrador) dijo...

Hugo cómo le dije esta entrada y el blog en general es para jubilados residentes en el exterior y que actualmente están cobrando mediante transferencia.
Le ruego entienda. Gracias

Máx dijo...

Tengan presente que hasta este momento es preventivo. Por ello informen si reciben transferencias por un monto menor al esperado, conforme al tipo de cambio.. Estén alertas. Máx

Máx dijo...

Y por favor si quieren, sería importante que mencionen si cobran por IPS PBA o por ANSES. Gracias

Máx dijo...
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Máx dijo...

HE ENVIADO AL IPS este mensaje: “Vivo en España, cobro por Convenio IPS-BAPRO. 1)Con mi clave, accedo al sitio web y descargo mi recibo, en pesos, claro. 2) luego a los días me transfiere BAPRO Comercio Exterior y me depositan en el Banco español. PROBLEMA: No tengo ni idea de por qué cobro lo que me depositan. No hay liquidación que me informe de comisiones y sobre todo del TIPO DE CAMBIO aplicado a la operación. Tengo derecho a estar informado, como beneficiario, como usuario, como consumidor de un servicio. Por favor quiero una solución”

Anónimo dijo...

Soy argentina jubilada residente en España desde hace 17 años. Cobro del Anses x el Bco. Pvcia. Bs. As.con tarjeta de débito que uso para comprar en el supermercado. Ayer 29/12/19 usé la tarjeta y me aplicaron mas del 30% figurando en mi cuenta como Impuesto País. He consultado al Consulado Argentino y no saben darme información. Considero que los residentes argentinos en La España u otro país, estamos en desventaja respecto a los que viven en Argentina. En mi caso uso la tarjeta de débito para consumo de comida, No compro dólares, ni viajo, ni especulo con mi jubilación. Gracias, saludos.

Humberto G. (Administrador) dijo...

Antes que nada ponga un nombre, cualquiera. Luego debemos aclararnos porque sino confundimos a la gente y no andamos a resolver este berenjenal.
Todos los jubilados del ANSES (vía NACIÓN) Me refiero que hicimos el trámite de solicitar que nos transfieran nuestros haberes a una cuenta en el exterior, recibimos durante los.años 2011 a 2019 completos nuestros haberes. Estoy casi seguro que en el presente continuará así.
Aclaración importante en nuestro caso el ANSES procedió a cerrar las cuentas jubilados en territorio. Por lo que sí por casualidad tenemos una tarjeta Argentina en nuestro poder es porque proviene de otra cuenta desligada de lo previsional.
Finalmente si alguno de nosotros vamos hoy y usamos esas tarjetas, por supuesto que nos recargaran el 30%. Pero eso no tiene nada que ver con qué se esté imponiendo las.jubilaciones. En todo caso sospecho que hay algo muy mal hecho.en casos como el suyo.

Anónimo dijo...

La cuenta del Bco. Pvcia. la abrí xra la jubilación y podía elegir banco y así lo hice. Y tengo otra cuenta en el Bco. Santander Río dónde me depositan la pensión x viudedad y también me cobraron el 30%. El Cónsul iba a averiguar x qué me hacían pagar este Impuesto País. Cuando me contesten lo publicaré en este blog. Saludos. Amalia.

Humberto G. (Administrador) dijo...

Zas... Se aclaró el enigma... Ud. Señora le cobran el impuesto porque formalmente UD. Reside en el país y cuando usa las tarjetas en el exterior, consideran que está haciendo turismo.

LUIS dijo...

Exactamente. Al salir del país usted está de viaje, es igual el tiempo transcurrido desde su salida de Argentina. Consume a través de una tarjeta vinculada a un banco, es igual que banco sea, el que le ha emitido dicha tarjeta para extracciones y pagos.
Mientras usted se encuentra en Argentina no tiene ningún recargo por utilizar la tarjeta en sus operaciones ya que abona en Pesos Arg., en cambio si viaja a Roma, Berlín, etc, está usted comprando divisas para pagar el super o la peluquería.

Además, no hay que mezclar su caso con la norma emitida por el BCRA respecto al amparo que reciben las jubilaciones/pensiones procedentes de ANSES a fin de transferir al exterior (únicamente el mensual por dicho concepto; liquidaciones por juicios, etc. no estarían amparados).

El señor Cónsul ha sido muy amable con usted pero no le ha proporcionado la información pertinente o, tal vez, el señor Cónsul no recibió de usted toda la información correspondiente al caso a fin de acertar en su respuesta.

Unknown dijo...

No hable con el Cónsul, hable con una empleada del consulado y me dijo que el Cónsul averiguara mi caso y otros con las autoridades argentinas. Y por supuesto que les di toda la información. Cuando tenga respuesta del Consulado Argentino, la publicaré en este blog.

Humberto G. (Administrador) dijo...

Amalia, UD. nos cuenta que hace muchos años que reside en España.. entonces me pregunto, cómo hizo con el plus que cobraban las tarjetas durante el período 2011 201

LUIS dijo...

Sra. Amália buenos días.

Si usted observa detenidamente la disposición de la autoridad monetaria de Argentina verá que expone aquellos casos que no se hallan alcanzados por el llamado impuesto PAIS.
Entre ellos, los siguientes :

Las transferencias al exterior a nombre de personas humanas que sean beneficiarias de jubilaciones y/o pensiones abonadas por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), por hasta el monto abonado por dicho organismo en el mes calendario y en la medida que la transferencia se efectúe a una cuenta bancaria de titularidad del beneficiario en su país de residencia registrado.” Estos casos no están alcanzados por el llamado impuesto PAÍS.

El concepto de "transferencias al exterior", y el de "país de residencia registrado", usted no los acredita. En consecuencia no se halla encuadrada en este punto, por lo que le será aplicado el impuesto 30 % al operar en el exterior con tarjeta vinculada a cuenta banco de Argentina.

De cualquier manera, mucha suerte en su gestión ante el Consulado argentino.

Sergio Bustos sbustos1971@gmail.com dijo...

Mi madre de 83 años, es residente en España desde el 2018, hasta noviembre del 2019 no ha tenido problemas en cobrar, pero en noviembre ha enviado la fe de vida en los plazos normales y ha llegado tarde a Argentina, como resultado, esta sin cobrar, la respuesta es que en febrero o marzo del 2020 se normalizará? No hay firma para estos tramites? Pueden dejar desamparada tanto tiempo a un jubilado? No solo es el alquiler de la casa donde vive, sino medicamentos, comida!! es una locura que tenga que esperar hasta febrero o marzo!

Celia Bulit dijo...

Vivimos en México con mi madre María de las Mercedes Gámez, 94 años, jubilada del IPS de la Pcia. de Bs. As. que cobraba por COMAFI. A partir de octubre de 2019 COMAFI le manda a su cuenta de banco en México un tope de 100 dólares mensuales. Estamos desesperadas, ¿qué podemos hacer? la mayoría de los casos son de ANSES y siguen cobrando normalmente. Gracias por su amable atención.

LUIS dijo...


Doña Celia Bulit

Sin duda lamentamos todos la situación. Esperando le sirva de información a su caso, le comento :

El gobierno argentino dispuso un límite a la compra de moneda extranjera en dos modalidades :

- Límite de U$S 200 para operación de compra mediante canal bancario y posterior ingreso en Banco para cuenta en dólares. Concepto: Ahorro o atesoramiento en entidad financiera.

- Límite de U$S 100 cuando las operaciones de compra sin ingreso en cuenta de Banco en Argentina. Concepto: Ahorro o atesoramiento en efectivo.

Posteriormente se estableció un impuesto del 30 % sobre la compra de divisa para operaciones en el exterior o con destino al exterior (el llamado dolar turista).

Por último, e independientemente de estas medidas, se estableció que NO tendrán el cargo del 30 % (impuesto PAIS) aquellas jubilaciones abonadas por la ANSES con destino a personas humanas con derecho al cobro de las mismas por transferencias hacia en el exterior y a un país de residencia registrado por la propia ANSES.

Suerte.

LUIS dijo...

Señor Sergio Bustos.

Buenos días, hasta este momento siempre he entendido que la FE DE VIDA, debe enviarse entre los meses : ENERO/FEBREO Y JULIO/AGOSTO.

Esta metodología la ejecuta el Banco Nación Argentina Sucursal Madrid que es la entidad que recibe y gestiona FES DE VIDA de beneficiarios receptores de transferencias procedentes de argentina en concepto de Pension/Jubilación.
Saludos.

Humberto G. (Administrador) dijo...

Esta entrada es para los beneficiarios del IPS interesados en dejar su email o por lo menos escribir a Max (el primero en dar su mail) para coordinarse entre Uds. e intentar solucionar los temas.
Siempre pueden contar con este blog para publicar alguna conclusión.

LUIS dijo...

Perdón por la intromisión.
Solo pretendía dar alguna orientación a las consultas que, evidentemente, se han hecho en esta entrada en forma indebida, desacerada, incorrecta, improcedente.
Es que no aprendo más....

Humberto G. (Administrador) dijo...

Celia, justamente esta artículo o entrada del blog es para que Uds. los beneficiarios del IPS se organicen y encuentren soluciones para la ineptitud del IPS. NO para quejarse y solo eso.
Le explico lo sustancial... El gobierno a través de la normativa que publicamos en otra entrada manifiesta que el impuesto PAIS no se aplicará a jubilaciones de residentes en exterior... sólo solo que cometen el error de abarcar solo al ANSES. Corresponde al IPS y demás Cajas pedir una urgente corrección.
Y corresponde a Uds. Beneficiarios despertar al IPS de su letargo

Humberto G. (Administrador) dijo...

Luis, por favor, no era para ti.
A ti te estoy inmensamente agradecido

Celia Bulit dijo...

Tengo pensado hablar al IPS en La Plata el próximo lunes por la situación de mi madre, Mercedes Gámez, jubilada y pensionada de 94 años que recibe a través de COMAFI el equivalente en pesos mexicanos a 100 dólares/mes.
Si tienen algún comentario o nueva info, muy agradecida

Celia Bulit

Celia Bulit dijo...

Hola, ¿alguien de ustedes tiene el nombre y teléfono a quien hablar en el IPS de La Plata por este problema? gracias, saludos
Celia Bulit

Humberto G. (Administrador) dijo...

Celia entre en la web del IPS allí hay algo

Unknown dijo...

Consulta:

Por razones de salud tuve que trasladarme a BsAs para ser operado de la vista en Diciembre 2019. Sigo en estado semi critico y no se me dara de alta hasta Febrero-Marzo. Que tengo que hacer para demostrar mi supervivencia teniendo en cuenta mi estado de salud _-

Humberto G. (Administrador) dijo...

Ante quien presentaba UD. su supervivencia anteriores?

Anónimo dijo...

Buenos días Humberto, mi padre reside en España y cobra la jubilación a través del Nación, dejo mi correo para que, por favor, me incluyas en el grupo.
Yo también resido en España.
Muchas gracias
Fabiola
fabimont@hotmail.com

Celia Bulit dijo...

Alguien conoce un teléfono que funciones del IPS de La Plata? llamo a los números que tengo y ninguno contesta.

Humberto G. (Administrador) dijo...

Fabiola no entiendo si su padre cobra x Nación, entonces es del ANSES... ENTONCES para qué quiere que lo incluya en este grupo de gente del IPS?

Anónimo dijo...

Disculpa Humberto, me he confundido, al leer los correos creí que era para los del Nación, ya he visto que no.
Muchas gracias y buenas noches
Fabiola

Celia Bulit dijo...

Alguien sabe/ tiene experiencia acerca de si Bco. Provincia descuenta 30% a jubilados IPS residentes afuera (México)?

Celia Bulit dijo...

Hola Humberto:
pregunté por el teléfono del IPS en La Plata porque he probado con todos los que encuentro en la página del IPS y no contestan. Desespera... gracias y saludos

Humberto G. (Administrador) dijo...

Celia, No conozco otros teléfonos. Llene el formulario que aparece en la web del IPS

Celia Bulit dijo...

Ya llené 3 veces y envié el formulario del IPS relatando el problema y nada!
Voy a ir al Consulado argentino en México y llenar el formulario de cambio de banco para cambiar al Bco Provincia, espero sea mejor que COMAFI.

Unknown dijo...

Estoy a la espera de cobrar mi jubilaciòn, resido en España, y espero que no hagan ningùn tipo de descuento, creo es incostitucional,no estamos viajando, estamos cobrando un importe magro por el tipo de cambio que han generado en Argentina, hemos aportado como se debe y es nuestro derecho cobrar sin descuento alguno.Aclaro que no tengo nada en contra de los que viajan, si estoy en contra, de los Gobernantes que como siempre coartan nuestros derechos..

Anónimo dijo...

Mi consulta es saber si alguien recibio dinero retroactivo por medio de transferencia a partir del mes de enero ya que la normativa del bcra
Dice que se transfiere el dinero correspondiente al mes calendario. Cobro mi jubilacion por banco Comafi y me vi obligado a hacer cambio de modalidad de cheque a transferencia y entretanto desde noviembre no han mandado mas cheque asi que la jubilacion de octubre noviembre diciembre no la he cobrado. Ya realice el tramite de cambio de modalidad y el banco ya la acepto. Pero ahora no se como cobrar lo atrasado. Gracias por su respuesta. Julio A.

Celia Bulit dijo...

Mi madre está en la misma situación con IPS y COMAFI. Ahora estamos cambiando de COMAFI a Banco Provincia pero no sabemos cómo recuperar lo atrasado desde octubre hasta que IPS acepte el cambio (lo atrasado está en poder de COMAFI, obviamente). No manejamos cuenta allí.

Tempus dijo...

Estimados: Agradeciendo en ppio por sus labores y moletias en esta via de atencion!. Gracias. Al igual que muchos mi madre residente española cobra por medio de IPS_COMAFI. Su ultimo sueldo fue en septiembre 2019. Es discapacitada y corre serios riesgos. En unos dias se cumplen 4 meses sin cobrar un centimo. Comafi ofrecio que un apoderado retire el dinero en pesos, ya que el comunica A 6815 y A 6844 no le permiten transferirle. CUAL ES LA VIA DE SOLUCION? Si esto impacta en su salud, cuales serrian los pasos a seguir? muchas Gracias

LUIS dijo...

Tempus.
Lamento mucho la situación que describe pues el caso es bastante duro. La solución hoy no está al alcance. Como usted habrá conocido a través de los comunicados del BCRA que usted mismo menciona, no se contemplan jubilaciones cuyo pagador no resulte ser la ANSES. Han quedado fuera de cobertura los pagos de Jub/Pen. procedentes de otras Cajas Jubilatorias.
Es de esperar, y por la cual habría que tomar iniciativas conjuntas de solicitud y reclamos desde los propios afectados excluidos de la cobertura citada, que las Cajas involucradas logren ser incluidas en dicho paraguas.

No es de descartar que casi todos los bancos, con clientes en esta situación, sugieran actuar del modo que a usted le ha aconsejado el Banco Comafi. No obstante esto último, dicho dinero igual quedará dentro del mercado argentino puesto que han de estar bastante limitados, para el pequeño usuario, los accesos de salida de dinero ("cuevas", o Financieras que puedan movilizar dinero mediante giro o transf. desde otra plaza).

Respecto a su última consulta es de pensar y desear que aquellos casos de salud graves que requieran justificadamente de estos dineros retenidos, han de ser contemplados a través de la vía posible. Entiendo que esta vía no podría ser otra que a través de la Embajada Argentina.

Mucha suerte. Saludos.

Humberto G. (Administrador) dijo...

Tempus para eso es esta estrada y comentarios. Para que Uds. coordinen y se escriban a sus emails. Creo que algunos ofrecieron sus emails.
Creo que la situación de su madre amerita una presentación judicial o por lo menos formal al IPS

Máx dijo...

Humberto moderador y a todos: Me acaban de comunicar de BAPRO COMERCIO EXTERIOR que el 30% NO se aplica a las Jubilaciones y Pensiones del IPS bonaerense.
Aprovecho la ocasión para aclararle que el hecho que no figurase el IPS (PBA) en las Comunicaciones del BCRA reguladora de la Ley 27541 (de Emergencia),no es por negligencia del IPS. Se trata de ley nacional y sus regulaciones, que pueden referirse al ANSES, por su ámbito. Para el caso de los organismos provinciales o de las provincias, éstos/as “adhieren”, mediante decretos provinciales. Esta es una explicación “corta”.
Máximo

Celia Bulit dijo...

Max, Gracias por la aclaración. Creo que ayuda a entender la situación aunque no resuelve lo que ya ha hecho COMAFI.
¿Alguien sabe cómo se recuperan los "ahorritos" que tiene COMAFI desde octubre SIN TENER APODERADO EN ARGENTINA y resultantes de que a los jubilados del IPS sólo les envía 100 dólares?"
¿EL IPS habrá abierto alguna vía al respecto?
Celia

LUIS dijo...

Sra. CELIA.

En el caso de resultar cierto y ejecutarse lo expuesto por el Señor MAX, incluyéndose a otras Cajas de Jubilación en las disposiciones pertinentes para equipararlas a las de la ANSES, los bancos no harán más que culminar el trámite de transferencias pendientes o incompletas con destino a sus clientes. No podrán hacer otra cosa que transferirlas, ese es el mandato que tienen.

No obstante bien sabe usted que hasta que el Banco no sea autorizado a emitir estas transferencias con origen en otras Cajas de Jub., nada se podrá hacer al respecto.

Paciencia, no hay más. Esperar que sea real lo expuesto por el señor MAX

Suerte.

Humberto G. (Administrador) dijo...

Muchas gracias Max. Sería bueno conocer el número de los decretos de adhesión a la ley nacional.

Máx dijo...

Lo bueno será recibir los haberes sin descuentos injustos,

Celia Bulit dijo...

Y lo buenísimo sería saber cuándo se van a recibir los haberes del IPS injustamente retenidos por COMAFI...

Daniel_OC dijo...

Buenos días,

Mi suegra es Jubilada Argentina, vive en Madrid, le envían su jubilación en un cheque cada 2 meses desde el Banco COMAFI. Ha recibido un talón el 24/01 por un importe muy inferior al de siempre y sin ningún detalle de la liquidación.

Por favor os solicito ayuda, no se como actuar y esta en una situación tanto de salúd como economica muy grave.

Os agradecería infinitamente vuestra ayuda.

Humberto G. (Administrador) dijo...

Daniel: Antes que nada, si su suegra es del ANSES quizás lo que deba hacer ella es cambiarse al BANCO NACION (DAR PODER para cobrar al NACION)
Si en cambio pertenece al IPS, DEBO decirle que lamentablemente tiene que poner una queja seria, quizás una demanda al IPS por la falta de seriedad en resolver el malentendido que hay respecto a NO dictar una Resolución de parte del Gobierno Provincial que solicite al BCRA que incluya a todos los jubilados provinciales en la Comunicación y normativa que exceptúa a los jubilados residentes en el exterior de sufrir el impuesto PAIS

luis roberto dijo...

cobrando mediante al IPS estoy en la misma situacion que muchos...hoy me han dicho que pida pasarme a cobrar mediante el ANSES asi podre cobrar la jubilacion integra por medio de trasferencia que es lo primero que me han dicho que cambie...a alguien le han dicho lo mismo??
Es conveniente cambar de IPS a ANSES?? y de ser asi, como se hace??
gracias
mi email luisrm1111@hotmail.com

Humberto G. (Administrador) dijo...

Luis no sé de dónde sacaron esa idea de que alguien pueda cambiar de caja previsional...
Apenas podría cambiar de banco y sería al que permite el IPS

Celia Bulit dijo...

Nosotras estamos cambiando a mi madre (IPS) de COMAFI a Banco Provincia de Bs. As. vía consular en México.

Humberto G. (Administrador) dijo...

Celia por favor aclare si UD. confía o sabe que el BAPRO está transfiriendo sin el 30%?

Celia Bulit dijo...

Hablé por teléfono, Humberto, y me informaron que transfieren completo sin 30%.

Celia Bulit dijo...

En cambio, COMAFI solo transfiere el equivalente a 100 dólares.

maria cecilia rodriguez dijo...

Hola soy Cecilia estoy viviendo en España hace un año y medio y todavia no pude hacer el tramite de pasar mi jubilacion a un banco de aqui por que necesito el dinero para vivir .... mi caja es IPS ahora estoy en problemas por que cada vez que uso la tarjeta de credito o debito me descuentan el 30% ... y por lo que leo los comentarios del ips no son buenos .... que me recomiendan que haga, a parte de hacer el tramite y encomendarme a que me envien el dinero ....Alguien sabe cuanto es el descuento por el envio
gracias dejo mi mail para estar conectado con alguien que me pueda ayudar
gracias
ceciliadesign@hotmail.com

Daniel_OC dijo...

buenos dias, he estado en el consulado arg en Madrid y lo que me han dicho es que las jubilaciones que se transfieren a un banco en España no tienen el 30%. las que se cobran por cheque por envío del banco, el ejemplo de mi suegra que lo hace por COMAFI si, ya que Comafi compra euros en argentina y le aplican el 30%.
Para que esto no suceda hay que cambiar de esta forma a cuenta bancaria es España.
Humberto, lo que esta sucediendo con los jubilados argentinos en el exterior no es de recibo, es lamentable, no solo ahora, mi suegra ha venido a vivir a España junto con nosotros hace 20 años, para poder tramitar su jubilación fue mas que un parto, en el consulado se han lavado las manso siempre, he leído alguna propuesta suya de formar una asociación o algo por el estilo, yo soy contador publico, vivo en España y me ofrezco prestar mi colaboración.

Humberto G. (Administrador) dijo...

Daniel, yo también vivo en el exterior desde el 98 y vengo remando con el blog desde hace más de diez años y los resultados son pobres.
Mi propuesta hace años fue para todos los jubilados residentes en el exterior. Ante la falta de respuesta coherente, no insisto más. Últimamente sugerí a los jubilados del IPS que formaran algo para poder organizarse. Yo solo ofrecía espacio en mi blog.

Humberto G. (Administrador) dijo...

Daniel, olvidé decirle que los del IPS que quieran hacer algo deben publicar una dirección mail, así los interesados pueden contactarlos.

maria cecilia rodriguez dijo...

hola humberto !!! soy Cecilia me comunicare con Max y en cuanto a mi pregunta de costos de transferencia y que banco de España me recomiendan para recibir el dinero !!! gracias y estoy dispuesta a que nos organizemos
!!!!

Humberto G. (Administrador) dijo...

El costo es 18€ por mes. Y el Banco español, prácticamente cualquiera.

Humberto G. (Administrador) dijo...

Cecilia disculpe, olvidé que UD es del IPS. EN su caso no tengo conocimiento del costo ni de cuáles bancos ni de nada.... El IPS no se ocupa de aclarar el tema... Pregúntele a ellos

Humberto G. (Administrador) dijo...

Cecilia quiero que entienda que esa información a la mejor la tienen los otros beneficiarios del IPS.
ES por eso que sugiero que deben estar en contacto directo y reunir toda la información. Siempre pueden contar con un espacio en mi blog para difundir lo que necesiten.

Mariana Fernandez Plaza dijo...

ESTIMADOS COMPATRIOTAS, NUEVAMENTE ESCRIBO AL COLECTIVO ARGENTINO COMO ABOGADA Y COMO ARGENTINA TENIENDO EN CUENTA LOS PROBLEMAS CON IPS Y COMAFI. EN PRIMER LUGAR LOS HABERES RETENIDOS POR COMAFI POR DISPOSICION QUE OBRA EN MI PODER NO SERAN ENVIADOS AL EXTERIOR, PARA ELLOS ESTAMOS GENERANDO LAS OPCIONES NECESARIAS PARA RECUPERAR LOS MISMOS. AQUELLAS PERSONAS QUE ESTEN AFECTADAS AUN NO HAGAN CAMBIO DE BANCO YA QUE NO SE PUEDE DESLINDAR RESPONSABILIDAD, NI AL BANCO NI A COMAFI. SI NECESITAN DE MI AYUDA PARA ACTUAR EN ARGENTINA, TAMBIEN CONTAMOS CON DESPACHO ALLÍ Y ESTAMOS SOLUCIONANDO LOS PROBLEMAS DE LAS PERSONAS QUE VIVEN EN EL EXTERIOR. UN ABRAZO PARA TODOS.
MARIANA FERNANDE PLAZA. EMAIL: marianafp@afzabogados.com

LUIS dijo...


Doña Fernández Plaza.

Debería aclarar en detalle su mensaje puesto que si no hay información completa y desarrollada alguien puede interpretar que solo se trata de publicidad para obtener clientes, de aquí o de allá.

Aconseja usted no hacer cambio de Banco porque no se puede deslindar responsabilidades.
Cuál es el trámite a desarrollar para deslindar dichas responsabilidades? O cuáles son esas gestiones necesarias para recuperar los haberes retenidos ?
Nadie desea interpretar otra cosa.
Ofrece su ayuda para colaborar u orientar a compatriotas ? O está ofreciendo su servicios, su despacho de abogados, o ambas cosas, Etc. ?

Tiene algún costo su gestión o es simple colaboración ?

Gracias.

Mariana Fernández dijo...


Buenos días Luis, en primer lugar soy argentina y se de las penurias que están pasando los mayores que viven en el exterior.En segundo lugar trabajo mucho con el colectivo argentino que vive en España. Cualquier consejo que necesite una persona que vive en España, desisteresadamente lo doy, hace muchos años que me dedico a esta profesión. En caso de necesitar o efectuar algún trámite en Argentina, tenemos despacho allí para poder actuar, generalmente lo hacen personas que no tienen familiares en Argentina o no quieren molestar a los mismos.
Respecto de sus preguntas:
1) El cambio de boca de pago antes de recuperar los haberes adeudados es complicado porque el mismo Banco es quien no se responsabiliza, por ese motivo estamos viendo cuál es el cauce mas seguro primero para recuperar y luego para poder cobrar sin problemas los haberes mensuales.
2) Todo lo que pueda informarles lo haré
3) En cuanto a costes de gestión, sólo si necesitan de mi ayuda en Argentina.

Un saludo cordial a todos.

LUIS dijo...

Doña Mariana Fernández.
Buenos días y muchas gracias por su información.

Por aquí muchas personas entienden que los haberes retenidos, no en su totalidad sino en parte, se debe a personas que no registran domicilio en el exterior debidamente registrado ante la Anses; motivo por el que el Banco pagador solo puede girar a su cliente en el exterior el equivalente a 100 U$S (por compra divisa) ante la limitación impuesta por la nueva administración. Situación que se considera así cuando el beneficiario continúa con domicilio en la Argentina.

Otra situación es la de que el BCRA solo había incluido, en su disposición, a los beneficios pagados por la ANSES para transferencias al exterior, quedando en principio fuera de esta norma los beneficios de jubilación/pensión con origen en otras cajas. Es decir, cero transferencia. Esperamos poder conocer si esta situación a sido corregida. Si conoce la situación actual sobre este particular sería importante conocerla, gracias.

Por último existiría el caso en el que para un mismo beneficio concurren ambas circunstancias : Beneficiarios con Jubilación cuyo origen no es la Anses y que además no cuenta con domicilio en el exterior debidamente registrado, cobrando los haberes mediante algún apoderado que le hacía de intermediario girando mediante cheque etc. los haberes al beneficiario.

Su Propuesta:

No iniciar cambio de Banco cuando haya haberes retenidos. Motivo: Eventual perdida de los haberes retenidos, algo un tanto complicado de ocurrir, ya que se está ante una entidad bancaria y no una "cueva", pero que en la Argentina todo ha de ser potencialmente posible. A criterio personal y situación actual de cada uno con respecto a iniciar cambio de banco, según el caso.

Tal las cosas, y atento su comentario, esperamos tenga la amabilidad de transmitirnos, llegado el momento, cuál es el cauce mas seguro, al que se hallan abocados, para recuperar los citados haberes retenidos.
Muchas gracias. Un saludo.

Unknown dijo...

Saludos, disculpen que me entrometa en esta conversación. Para Jubilados Argentinos residiendo en el extranjero, IPS/COMAFI: les están enviando algo de dinero desde Diciembre? Porque mi madre recibía (por transferencia a cuenta de banco) en Diciembre 100 dolares y ahora le dicen que no pueden transferirle y que sus únicas dos opciones son: ir personalmente o designar Apoderado. Gracias!!!
Karina.

Humberto G. (Administrador) dijo...

Karina por favor le ruego que vuelva a poner su comentario pero en la entrada o hilo que se titula "COMUNICACION DEL COMAFI" porque allí da una solución solo a los beneficios que provienen del ANSES y dejan a los del IPS en la más absoluta indefensión aparentemente...
Ud. debe diferenciar además los dos problemas que existen con el COMAFI 1- el envío de las transferencias por el valor completo de los haberes y no solo de 100 dólares y 2- Ellos manifiestan que los montos no transferidos y acumulados no tienen permiso del BCRA para transferirlos y los interesados deben retirarlos en pesos en Argentina.
Por otra parte le aconsejo que se ponga en contacto con los otros perjudicados por el IPS para tratar de iniciar algún procedimiento para lograr una solución. Además por supuesto de escribir reiteradamente al IPS reclamando

Unknown dijo...

Saludos Humberto, si quiere puedo copiar y pegar el email completo del COMAFI. Gracias!
PD: perdon que me entrometa, mi madre reside en USA. Pero no encontre otro blog tan completo en USA> Karina

Unknown dijo...

"COMUNICACION DEL COMAFI" que enviaron a mi madre por email.
Consulta Jubilados
vie., 28 feb. 08:55 (hace 4 días)
para mí

Estimado Eddy,

En respuesta a su mensaje, le informamos que de acuerdo a lo establecido por la normativa del Banco Central de la República Argentina (BCRA) por la comunicación “A” 6815 del 28/10/2019 y por lo establecido en el nuevo Texto Ordenado de las normas de Exterior y Cambios según comunicación “A” 6844 del 5/12/2019, la excepción para el envío de transferencias al exterior está relacionada exclusivamente para haberes jubilatorios abonados por ANSES según lo previsto en el punto 3.12.4 de dicho texto ordenado que dice:
“3.12.4. Las transferencias al exterior a nombre de personas humanas que sean beneficiarias de jubilaciones y/o pensiones abonadas por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), por hasta el monto abonado por dicho organismo en el mes calendario y en la medida que la transferencia se efectúe a una cuenta bancaria de titularidad del beneficiario en su país de residencia registrado.”

Los pagos recibidos estarán disponibles en pesos para ser retirados en Banco Comafi por el titular del beneficio o un apoderado, quien deberá presentar un poder a tal efecto y una nota del titular del beneficio autorizando dicho pago.

Tenga en cuenta que debe ser un poder otorgado legalmente según la jurisdicción pero tiene que estar legalizado y apostillado. Recuerde que debe estar en español o con una traducción oficial.


Nos encontramos a disposición,

Atentamente.

Verónica Cáceres

Banco Comafi S.A.

Jubilados en el Exterior

Unknown dijo...

Humberto, ya hemos escrito al IPS (email). Y cero respuesta. Llamamos a COMAFI y dicen que mi madre solo puede: retirar personalmente o nombrar apoderado. Y que no le enviaran mas sus haberes jubilatorios según comunicación BCRA hasta nuevo aviso...Hoy mi madre va a llamar a IPS La Plata (con suerte la atiendan por tel). Ah! y para los haberes de 10/19 y 11/19 el COMAFI le transfirió $100 dolares estadounidenses o menos.
Si hay mas gente en la misma situación con IPS/Comafi, mi email es: karuclau@gmail.com
Gracias totales!

Humberto G. (Administrador) dijo...

KARINA, vuelvo a insistir el mensaje del COMAFI a su madre es incoherente y no corresponde a la problemática de los beneficiarios del IPS. RESPONDEN como si fuera beneficiaria del ANSES y no es así....
En realidad esto es un problema del IPS QUE ES EL ORIGEN DEL PROBLEMA, son ellos los que deben pedir al gobierno (Banco Central del la República Argentina) que incluya en su comunicado y normativa a todas las Cajas de jubilaciones provinciales y no solo al ANSES. Hasta que eso no ocurra seguirán trabadas las transferencias de su madre.

Unknown dijo...

Humberto, coincido totalmente con usted!!! Y mire que les explicamos x tel a COMAFI que ella es IPS (por supuesto COMAFI lo sabe...). Yo creo después de leer comunicaciones BCRA y leer otros comentario, noticias, etc: que COMAFI pudo haber mal interpretado y por eso retuvo haberes. Hoy mi madre llamara a IPS La Plata (con suerte le atiendan!) para tener la palabra de IPS y luego con santa paciencia volver a llamar a COMAFI. Adhiero tambien a que BCRA debería incluir la especificación para IPS y por otro lado IPS solicitarlo!Mil gracias
PD: ya envié email a Max.

Mariana Fernandez dijo...

Buenas tardes a todos, continuando con la información para los afectados por haberes retenidos por parte de la entidad bancaria, les comunico que ya hemos podido destrabar muchos casos.
Lo primero: 1) designar apoderado con facultades especiales para operar en Comafi ya sea familiar o abogado para retirar los fondos.
2) Enviar los fondos a través de WUnion, ya que es imposible por transferencia
2) Efectuar cambio de boca de pago a favor del Banco Provincia.

Nuestros compañeros en Argentina han presentado escrito ante IPS, pero de momento es la única solución viable.
En caso de necesitar mas información les ruego lo hagan a mi correo electrónico ya que no todos los días visito este blog.Muchas gracias

Mariana Fernandez Plaza, email: marianafp@afzabogados.com

Asunción dijo...

Buenos días Dra. Mariana Fernandez quisiera consultar si sabe usted con certeza si es permitido en la Argentina actual enviar dinero a través de la Wester Union hacia el exterior y, en caso positivo, si existe alguna limitación en el monto a enviar.
Disculpe las molestias y desde ya muchas gracias por su información.

Asunción.

Unknown dijo...

Asuncion: envié email a WU por que mi madre esta en la misma situación, y ellos me dijeron que si.Se envía pesos argentinos desde Argentina y pro ej, aquí en USA retira dolares estadounidenses. No se en que país reside usted, pero es bien fácil: busque en internet Western Union de su país de residencia y envíeles email para confirmar esto. WU responde bien rápido!PD:tambien he recibido respuesta de IPS La Plata via email y si las únicas dos opciones son:retirar lo retenido en COMAFI por el Beneficiario (personalmente)o nombrar Apoderado.mi email:karuclau@gmail.com.Exitos,Karina.

Humberto G. (Administrador) dijo...

Asunción: es importante que entienda cómo es el tema de los controles e imposibilidades que hay hoy en Argentina para transferir dinero al exterior. Hoy un particular común no se puede transferir más de 100 dólares al exterior si es que pretende hacerlo con pesos.
Ahora si la persona tiene una cuenta en dólares en Argentina o tiene los dólares en billete, entonces si puede ser que logre hacerlo.
Le diré más, cuando Ud. se presenta en Wester Unión con pesos UD. debe tener 6300$ más 1890$ del 30% del impuesto, en total 8190$ para poder enviar 100 dólares es decir cada dólar a 82$

Asunción dijo...

SR. HUMBERTO.

Gracias por su dato, ya que por la circunstancia que usted menciona es el motivo de mi consulta a la Dra. Mariana Fernandez respecto a lo que ésta indica en su comentario.

De poder enviarse dinero por la W.Union, entendí oportuno y prudente consultarle si existía algún límite en el importe a enviar.
Muchas gracias Sr. Humberto por su aclaración sobre el este asunto : Envío de dinero en PESOS por Wester desde Argentina.

Ahora está este tema más claro.
Muchas gracias.
Saludos

Unknown dijo...

Estimados espero q puedan ayudatme. Mi madre vive en españa desde Septiembre del 2019. Cobra via anses y El banco naciob de madrid y le estan cobrando El impuesto del 30%. Hay algo q se pueda hacer?
Gracias

Humberto G. (Administrador) dijo...

Esto es para todos y para Lucy
puede corroborar que sea efectívamente así como la señora dice? Porque me resulta raro.... No se cometen ese tipo de errores con una o dos personas... No digo que no sea posible, digo que cuando sucede es general a todos se les aplica la misma operación en el sistema informático. Y no me llegó ninguna queja en ese sentido.
Lo que si llegaron tres o cuatro personas que se quejan por el deterioro que se produce en sus haberes producto de que aumenta el euro o el dolar y al cambio repercute y cada mes cobramos un poco menos.¿Entiende? Entonces lo que Ud o su madre debería hacer es entrar a MIANSES ver los recibos de uno o dos de los últimos periodos y ver si todo está correcto si no apareció algún descuento nuevo o algo... Y luego hacer el cambio según la cotización del día en que le transfieren al Nación y al banco español.... Finalmente descontar los 18 euros de comisión bancaria.
Luego de todo eso escriban y/o llamen a
jubilacionesalexterior@bna.com.ar
Tel.Bco. 0054 11 4347 8483/8470/8491
Por supuesto que allí tienen que enviar los datos completos del beneficiario, n°jubilación, CUIL.
Saludos y espero sus noticias

Rafael dijo...

Buen día Hugo. Asombroso la cantidad de información que Ud. maneja. Estoy intentando irme a vivir a España y me ha sido muy útil en el tema trámite para cobrar jubilación Anses en España. De manera que muchas gracias. Si tengo algo enriquecedor para el blog con seguridad informaré.
Como Ud. sabe Hugo Argentina es un país muy dinámico. Quiero estar seguro de esto hoy ( seguramente podrá cambiar en el tiempo). La jubilación argentina Anses el Banco Nacion la pasa a euros a tipo vendedor oficial y cobra una comisión que es mas o menos 20 euros. Los impuestos "país" y "ganancias" no se aplican?.
Ejemplo. Hoy Euro 117 pesos vendedor.Cobro por ej. 100.000 pesos. Serían 854,70 euros - 20 euros aprox . 834 euros.....es así?
Muchas gracias

Humberto G. (Administrador) dijo...

Hola Rafael, si es así.

Rafael dijo...

Hola Hugo. Una pregunta para el blog. En virtud de los convenios firmados entre la Anses y la Seguridad Social Española...los jubilados argentinos Anses tienen cobertura de la Seguridad Social española?
Y que ocurre con los jubilados argentinos que son de una Caja provincial o municipal ( por ej. mi esposa Caja empleados de la Municipalidad de Rosario)
Gracias!!

Humberto G. (Administrador) dijo...

Rafael le pido por favor que escriba nuevamente la pregunta en otra entrada (artículo) que corresponda con el tema de su pregunta. Porque las cosas que se tratan en esta parte no tienen nada que ver con su pregunta e inquietud, que me parece se refieren a la atención sanitaria...
Segundo lea el convenio de Seguridad Social entre España y Argentina y se dará cuenta que allí se trata de asegurar a los trabajadores españoles y argentinos que trabajan en el otro país, los derechos a tener los beneficios como si fueran nacionales del país donde residen. No se consideró para nada a los ya jubilados en ese convenio. Por ejemplo ninguno de los que llegamos a España ya jubilados gozamos de ningún beneficio de la Seguridad Social Española como pertenecer al INSERSO por ejemplo e incluso estamos teniendo problemas para recibir atención sanitaria porque no somos reconocidos por la Seguridad Social española como ex aportantes a la misma.
Y por último, puede aclarar mejor ¿cuál es el problema de su esposa? No recibe su pensión de esa Caja Municipal en España? o acaso es otro el tema....