CERTIFICACIÓN REMOTA DE SUPERVIVENCIA
A partir del mes de enero de 2023, a fin de tramitar su certificado de supervivencia - fe de vida, deberá enviar por correo electrónico a jubyleg_cmadr@mrecic.gov.ar o por correo postal a la dirección C/ Fernando el Santo Nº 15, 28010 Madrid, la siguiente documentación:
1.- Formulario de solicitud (se adjunta abajo en https://cmadr.cancilleria.gob.ar/es/content/certificados-de-supervivencia);
2.- Certificado, constancia o fe de vida emitido por autoridad competente (registro civil, juzgado, notario, médico de familia, clínicas médicas y/o residenciales, policía local, etc);
3.- Copia de su DNI argentino* o NIE español o DNI español o pasaporte.
*DNI argentino vigente.
Una vez recibida la documentación, la tramitación del certificado se estima en diez días hábiles. El Consulado no responderá correos electrónicos consultando sobre el estado del trámite.
Tenga en cuenta que:
1.- Quienes cobren por ANSES en el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA SUCURSAL EXTERIOR (BANCO NACIÓN MADRID) o ANSES en cualquier OTRO BANCO SUCURSAL EXTERIOR, NO RECIBIRÁN comprobante del certificado pues el Consulado cuenta con acceso al Sistema ANSES y la certificación se realiza el día en que se recibe la documentación. Conforme normativa vigente, una vez el Consulado realiza la certificación en Sistema ANSES, la habilitación para el cobro del haber previsional es automática, sin necesidad de presentar ni enviar a otras entidades documentación adicional alguna.
EN NINGÚN CASO SE ENVIARÁ EL CERTIFICADO POR CORREO.
2.- Quienes cobren por el Instituto de Previsión Social de la provincia de Buenos Aires (IPS), sin importar el Banco donde se les deposite la liquidación mensual, NO RECIBIRÁN comprobante del certificado de supervivencia / fe de vida. El Consulado envía semanalmente una comunicación oficial al IPS, con copia a la Cancillería Argentina, detallando los certificados de supervivencia / fe de vida realizados en la semana. Conforme normativa vigente, una vez el Consulado informa a IPS la certificación, la habilitación para el cobro del haber previsional es automática, sin necesidad de presentar ni enviar a otras entidades documentación adicional alguna.
EN NINGÚN CASO SE ENVIARÁ EL CERTIFICADO POR CORREO.
3.- Quienes cobren por ANSES, en SUCURSALES BANCARIAS EN ARGENTINA y/o por ENTIDADES DIFERENTES DE ANSES / IPS (Cajas profesionales; otros institutos provinciales, fuerzas de seguridad, etc), recibirán un documento que acredita que realizaron el trámite de SUPERVIVENCIA mediante un DOCUMENTO DIGITAL (ARCHIVO PDF) MEDIANTE CORREO ELECTRÓNICO. Ese documento firmado digitalmente por el Cónsul interviniente es el documento que se debe presentar DIGITALMENTE (POR CORREO ELECTRÓNICO) ante las entidades en la República Argentina para poder cobrar sus haberes mensuales. El trámite se realiza en un plazo de 10 días hábiles desde la recepción de la documentación en el Consulado hasta el envío del correo electrónico con el documento digital adjunto.
IMPORTANTE: No se realizarán certificaciones si no se presenta la totalidad de la documentación solicitada.
Recuerde que para tramitar su certificado en el Consulado General de la Argentina en Madrid, debe residir en la jurisdicción del Consulado.
Se informa asimismo que tanto el certificado de supervivencia, como la certificación de firma con fines jubilatorios, es de carácter gratuito.