jueves, 22 de agosto de 2024

CAJA JUBILACIONES y PENSIONES de ENTRE RIOS

Mediante la resolución Nº 000088/2024, la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos estableció que todos sus beneficiarios, residentes en el exterior, deberán tramitar su Certificado de Supervivencia en el Consulado del país donde se encuentren cada 180 días, que anteriormente eran 90. Este certificado debe enviarse por correo electrónico en formato PDF y desde la casilla del titular en los meses de enero/febrero y julio/agosto a nora.arias@cajajper.gov.ar, hdittler@cajajper.gov.ar, greynoso@cajajper.gov.ar y mgastiasoro@cajajper.gov.ar. Además, estas personas deben enviar una vez al año un Certificado de Residencia, también a través de correo electrónico y en formato PDF, acreditando que viven en el extranjero. Otro aspecto a tener en cuenta es el Formulario F-2026, que es una planilla específica que los beneficiarios deben completar y hacer autenticar por el Consulado Argentino. Este trámite debe actualizarse y enviarse cada vez que cambie algún dato personal. Los costos asociados a transferencias, comisiones y otros gastos financieros serán regulados por el Banco Entre Ríos, agente financiero del gobierno provincial. Fuente: APFDigital / CJyPER

2 comentarios:

Mario D.G_ALICANTE dijo...

Desde el mes de julio del 2025, que intento comunicarme con el consulado de Argentina,en Barcelona. Recibí en el mes de julio una videollamada para dar fé de vida, cuestión que no me quedó ningun comprobante, me tuve que ir al juzgado de paz del pueblo donde vivo y pedir un certificado de fé de vida, lo envié al consuladoy al banco con el formulario 62770.
** PREGUNTO** como saber si he enviado lo correcto ?? Ya que NUNCA ME CONTESTAN DESDE EL CONSULADO.

Humberto G. (Administrador) dijo...

Mario D.G_Alicante: Ud. debe enviar Fe de Vida según lo solicitado por su Caja de Jubilaciones de Entre Rios... O en todo caso preguntar a ellos si recibieron y están conformes con el procedimiento.
Yo entré a la web de CajaJPER y no pude enterarme cuales son los requerimientos sobre Fe de Vida.
Por otro lado, cuando Ud. haga una video conferencia o entrevista personal con el Consulado, siempre aclare que se trata de un Fe de Vida para enviar a la CajaJPER.
Además hay un tema a tener en cuenta nunca hacer la presentación de Fe de Vida por dos VIAS. Es decir si por ejemplo se arregló que será el Consulado quién comunicará el Fe de Vida, sólo se debe hacer ese trámite (Es el Consulado que se encarga) Nada de enviar otro certificado al Banco por correo postal.
Si por el contrario, se acordó enviar al banco cada seis meses el Fe de Vida... sólo debe tramitarse ese envío. El banco se encargará de comunicar a CajaJPER