Solicitamos a nuestros lectores, que hayan recibido alguna respuesta por vía de correo electrónico desde el ANSES, tengan la amabilidad de pasarnos las direcciones de esos correos así podemos reunir una lista a dónde podemos dirigirnos cuando surgen los problemas y el organismo previsional no responde por las vías normales.
Lo mismo si tienen el nombre del funcionario que les responde y la oficina o gerencia.
Muchas gracias
Dirigir la información al mail del blog jubiladosargentinos(arroba)yahoo.es
email: jubiladosargentinos@yahoo.es Atención por favor - Los que escriban comentarios pongan un nombre (cualquiera)
jueves, 15 de agosto de 2019
domingo, 21 de julio de 2019
REACTIVAR las TRANSFERENCIAS RETENIDAS/SUSPENDIDAS
Se están produciendo casos de jubilados o pensionados residentes en el exterior que dejaron de recibir la transferencia mensual del banco argentino apoderado para cobrar y transferir a las cuentas en el exterior. (continúa)
martes, 9 de julio de 2019
AVISO IMPORTANTE
Recordá que si te quedaste sin suscribir el acuerdo de Reparación Histórica o para seguir cobrando, en caso de que ya estés recibiendo tu aumento en forma anticipada, tenés que completar el trámite firmando el acuerdo antes del 21 de julio de 2019.
viernes, 28 de junio de 2019
Cómo jubilarse cuando faltan aportes
Hay dos moratorias previsionales vigentes para que los
autónomos y los monotributistas puedan completar el faltante. Quienes
trabajaron en relación de dependencia también pueden agregar aportes con estos
regímenes. Qué tienen que hacer.
Artículo de Sergio Mohadeb
Publicada: 13/03/2019.
miércoles, 5 de junio de 2019
¿Cómo se calcula el complemento a mínimos de una pensión contributiva?
Las pensiones contributivas cuya cuantía resulte inferior a la pensión mínima establecida por ley puede ser complementadas, siempre que se acrediten ciertos requisitos, hasta dicho importe mínimo.
sábado, 16 de marzo de 2019
martes, 12 de marzo de 2019
Hay para leer en JUBILADOS por Convenio Hispano-Argentino
Lean las últimas novedades de Jubilados por Convenio Hispano-Argentino en
jueves, 7 de marzo de 2019
Participación en Órgano Consultivo de Jubilados del ANSES
El Órgano Consultivo
de Jubilados y Pensionados tiene entre sus prioridades la institucionalización
de formas concretas de participación y consulta de los beneficiarios a través
de sus representantes, a fin de expresar sus inquietudes y propuestas, ser
parte del control del sistema y recibir la capacitación para su fortalecimiento
como sector.
Está
conformado por representantes de Federaciones de Jubilados y Pensionados de
todo el país, constituyéndose en el primer espacio de participación ciudadana
en un organismo del Estado, como lo es ANSES.
En la
actualidad cuenta con 124 miembros titulares y 124 alternos de todo el país.
Los representantes son elegidos anualmente por sus entidades. La actividad
realizada es ad honorem y ejercen su función de manera independiente sin ningún
condicionamiento de la entidad que los convoca.
Los
representantes se reúnen tres veces al año en Reuniones Plenarias Nacionales
con las máximas autoridades de ANSES y su cuerpo gerencial para tratar temas
vinculados al sector: los montos de los haberes previsionales y asignaciones
familiares, su movilidad, el alcance de algunos beneficios, aciertos,
dificultades y/ o retrasos en la gestión de todos los trámites que se hacen en
el organismo.Para nosotros, jubilados argentinos residentes en el exterior, sería de gran importancia lograr tener una representación en este organismo.
Por supuesto que previamente deberíamos formalizar jurídicamente algún tipo de asociación.
viernes, 15 de febrero de 2019
Comunicado de Jubilados por Convenio Hispano Argentino
Por este
medio informamos que hemos redactado un conjunto de notas,para la presentacion
del recibo de la jubilacion Argentina ante el INSS,del mes de enero 2019
Es importante
que la mayoria presentemos dichas notas para evitar que calculen mal el
Complemento a Minimos/Residencia.
Para acceder
a las notas comunicate con jubiladosconv2017@gmail.com.
Cuanto mas
unidos estemos mas facil lograr lo que nos corresponde.
Grupo Gestor.
Kranich,Menghini,Puyol
Plataforma de
Jubilados por Convenio Hispano-ArgentinoAqui el texto inicial de la entrad
domingo, 16 de diciembre de 2018
CONVENIO DE SEGURIDAD SOCIAL ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA REPÚBLICA ARGENTINA DE 28 DE ENERO DE 1997 (en vigor desde 1 de diciembre de 2004)
(BOE núm. 297, de 10 de diciembre de
2004) (y BOE núm. 243, de 10 de octubre de 2007)
TÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1.- Definiciones
1. Las expresiones y términos que se
enumeran a continuación tienen, a efectos de aplicación del
presente Convenio, el siguiente significado:
A) "Partes Contratantes":
designa al Reino de España y a la República Argentina
B) "Territorio": respecto a
España, el territorio español; respecto a la Argentina, el
territorio argentino;
martes, 4 de diciembre de 2018
NO MERECEMOS UNA RESPUESTA????
Con
el cambio de autoridades enviamos (julio 2018), desde la Plataforma
notas a distintos responsables del Ministerio de trabajo migraciones
y seguridad social.
Recién
setiembre obtuvimos respuesta de la Directora del INSS,
María
Gloria Redondo Rincón, invitándonos
a explicar nuestro problema.
martes, 6 de noviembre de 2018
Plataforma de Jubilados por Convenio Hispano-Argentino
Información de actividades de la Plataforma
La Senadora Rosa M Domínguez De Posada , presentó en su
momento una pregunta al Gobierno, sobre la situación de los jubilados por
Convenio Hispano Argentino
La semana anterior nos ha enviado la respuesta y nos pidió
nuestra opinión, ayer luego de estudiar el tema se envió la misma
Para que Uds. estén informados se comparten dichos archivos en
Si alguno no puede visualizarlo, nos escriben a jubiladosconv2017@gmail.com
y se les enviaran
Grupo Fundador
sábado, 27 de octubre de 2018
Plataforma de Jubilados por Convenio Hispano-Argentino
Desde la Plataforma Jubilados por Convenio Hispano
Argentino, queremos denunciar la discriminación que sufrimos. Entiéndase que
dentro del grupo estamos retornados, como también argentinos con residencia
legal. En ambos casos aportamos a los dos países.
Basamos esta denuncia en la redacción del Oficio Circular de
setiembre de 2018(se adjunta), semejante a las anteriores
En este Oficio se discrimina entre los jubilados/pensionistas,
Reglamentos Comunitarios y los Convenios Bilaterales y Multilaterales.
domingo, 16 de septiembre de 2018
Necesitamos su apoyo
Necesitamos apoyo en Osoigo.com,para solucionar el tema Complemento a Minimos Necesitamos 300 apoyos
Entrar para apoyar en https://www.osoigo.com/es/congreso-complemento-a-minimos-para-acceder-a-la-cuantia-minima.html
martes, 31 de julio de 2018
Atención Jubilados que cobraron Reparación Histórica sin haber gestionado
Atención Jubilados que cobraron Reparación Histórica sin haber gestionado o realizado todo el procedimiento de aceptación etc. Fueron los primeros que recibieron el beneficio por tratarse de personas mayores y la suma de la reparación era menor a cierto monto.
Deben actualizar su situación.
Si Ud. tiene en su boleta de pago el código 001 020 es porque a Ud. se le está pagando la Reparación Histórica
Completá el trámite para mantener tu aumento por Reparación Histórica
Si estás cobrando tu haber recompuesto pero todavía no finalizaste el trámite, tenés tiempo hasta el 31 de agosto
Deben actualizar su situación.
Si Ud. tiene en su boleta de pago el código 001 020 es porque a Ud. se le está pagando la Reparación Histórica
Completá el trámite para mantener tu aumento por Reparación Histórica
Si estás cobrando tu haber recompuesto pero todavía no finalizaste el trámite, tenés tiempo hasta el 31 de agosto
miércoles, 4 de julio de 2018
ALERTA DE JUBILADOS
Los jubilados que residimos en el exterior de Argentina debemos decidirnos a formar
una agrupación o asociación que ponga en Alerta a los Jubilados y poder ejercer algún tipo de
accionar para parar las políticas neoliberales de los gobiernos. Estamos cansados
de ser la variable de ajuste y ser maltratados de todas las formas posibles.
martes, 26 de junio de 2018
QUE PRETENDEMOS PARA NUESTRO COLECTIVO
Plataforma de Jubilados por Convenio Hispano-Argentino
QUE PRETENDEMOS PARA NUESTRO COLECTIVO
1) tener nuestros haberes lo más actualizados posible
El Convenio Bilateral Hispano-argentino nos sirvió para no perder años de aporte, pero para eso nada más, para el resto somos parias. La ANSES (Seguridad Social Argentina) hace ajustes trimestrales para mantener actualizadas las pensiones, lo que daría la posibilidad que el INSS también lo haga, que de hecho lo hace con un trimestre de atraso, pero no los aplica a nuestras pensiones, es decir que estamos viviendo con una cifra de complemento en diciembre 2018 que data de octubre 2017 !!! y en enero 2019 tratarán de desentenderse del tema de la retroactividad, esto debe cambiar !
2) no ser ciudadanos de segunda !lunes, 18 de junio de 2018
MUY IMPORTANTE DIFUNDIR!!!!!
Muy importante difundir!!!!!!!!
Yahoo/Band. entrada
Plataforma jubilados <jubiladosconv2017@gmail.com>18 jun. a las 3:40
Estimados solicitamos se difundaNovedadesHemos sumado a la página osoigo.com En ella se recogen apoyos y cuando se logran se envía la pregunta realizada por nosotros a los diputados Necesitamos 1000 apoyos, sabemos que no es fácil pero si todos ayudamos lo lograremosPedidoNecesitamos que Uds. entre en https://www.osoigo.com/es/ apoya.html, allí veránA Congreso de los Diputados¿Complemento a mínimos para acceder a la Cuantía Mínima?
Hay que hacer clic y completar el formulario de APOYOEs muy importante que no solo firmen Uds. sino que lo hagan sus familiares, amigos, etc y que difundan (puede ser en facebook, twitter, whatsapp) esto para lograr los 1000 APOYOS requeridosTambién hemos comenzado a diagramar un blog En el mismo iremos colocando distintos actualizaciones y datos útiles para nuestro colectivoLa dirección es: https://jubiladoscon2017.blogspot.com/También estamos en Facebookhttps://www.facebook.com/groups/327514810977923/?ref=bookmarks
Desde ya graciasPlataforma de Jubilados por Convenio
viernes, 8 de junio de 2018
Declaración de la RENTA de jubilados argentinos residentes en España
Abrimos esta entrada para que los lectores colaboren con comentarios aclaratorios de su situación en relación al IRPF. Creo que el caso piloto que hay que considerar es el jubilado que no tiene otro ingreso que la jubilación que le llega desde Argentina y luego se irá considerando los casos más complejos empezando por los que tienen también una pensión española y los que reciben complementos a mínimos.
En general las
pensiones de jubilación que se hayan originado en el Argentina deben ser
declaradas en España por los contribuyentes que residan en España . No hacerlo,
por pequeña que ésta sea, puede acarrear varios problemas.
miércoles, 2 de mayo de 2018
Problemas con el IPS y COMAFI
Rogamos a los compañeros jubilados del IPS lean y traten de encontrar ellos una solución a los problemas con el IPS, . Por otro lado los reclamos que se tratan de hacer en la página web del IPS no tienen efecto o allí pasa algo... no sabemos, no dan información ni nada. Es una vergüenza.
Todos los jubilados o pensionados del IPS deben escribir en forma de comentario al pié de esta entrada y tratar de organizarse para lograr una solución. Para eso necesitarán dar sus emails, así los demás pueden escribirles.
Todos los jubilados o pensionados del IPS deben escribir en forma de comentario al pié de esta entrada y tratar de organizarse para lograr una solución. Para eso necesitarán dar sus emails, así los demás pueden escribirles.
lunes, 19 de marzo de 2018
Impuesto Ganancias de los jubilados del IPS La PAMPA
A partir del
periodo fiscal 2018 será indispensable la presentación del Formulario de
Declaración Jurada de Impuesto a las Ganancias –Retenciones 4ta. Categoría 572
Web – a través del servicio “Sistema de Registro y actualización de Deducciones
del impuesto a las Ganancias" (SIRADIG- Trabajador).
A este
formulario se accede a través de la página web de la AFIP (con clave fiscal) y
los mismos serán considerados hasta el día 7 de cada mes. Si se informa después
de esa fecha, el formulario será considerado para la próxima liquidación de
haberes.
Es
importante aclarar a los beneficiarios que deben completar en el Formulario el
Punto 5 “BENEFICIOS” para obtener (los beneficios previstos por la Ley Nacional
27.346), tanto la deducción especifica de Seis (6) haberes mínimos garantizados
(haberes mínimos de Anses), como así también para la aplicación del incremento
del 22% en cargas de familia, deducción especial y ganancia no imponible para
aquellos beneficiarios que viven en Zona Patagónica. El primer beneficio
señalado se aplica siempre y cuando se obtengan ingresos únicamente de índole
previsional y/o no sea alcanzado por el Impuesto a los Bienes Personales.
Importante
La falta de
presentación al inicio de cada año hará cesar los beneficios obtenidos en el
año anterior, hasta tanto el beneficiario realice la nueva presentación.
Descargar Instructivos en http://www.isslapampa.gov.ar/sps_jubilados-y-pensionados/
sábado, 10 de marzo de 2018
JUBILACIÓN HABIENDO COTIZADO EN DOS PAÍSES
Cada vez nos encontramos más consultas relacionadas con la
jubilación cuando se ha trabajado y cotizado a la Seguridad Social en dos
países. Esta es una cuestión muy importante, y que cada vez se verá más en un
futuro.
Lo cotizado en un país NO se pierde a la hora de jubilarse
en otro.
NO se puede pedir la devolución de lo cotizado en España
cuando se regresa a su país de origen, ni
a la inversa..
Por eso nos parece importante que tengáis una información básica para que no os veáis perjudicados o podáis dejar de disfrutar vuestros derechos.
En primer lugar, hay que tener claro que lo cotizado a la Seguridad Social no es como un plan de pensiones, sino que es una obligación legal para tener derecho a las prestaciones de Seguridad Social en España, por lo que, en caso que quieras regresar a tu país de origen no puedes pedir que te devuelvan lo cotizado en España-
Por otra parte, sólo algunos países pueden ver reconocidas en España las cotizaciones realizadas en sus países de origen o al contrario: ver reconocidas en sus países las cotizaciones realizadas en España.
¿Qué países tienen convenio de Seguridad Social con España en la actualidad?
Andorra, Argentina, Australia, Brasil, Cabo Verde, Canadá, Chile, Colombia, Corea, Ecuador, Estados Unidos de América, Filipinas, Japón, Marruecos, México, Paraguay, Perú, República Dominicana, Rusia, Túnez Ucrania, Uruguay, Venezuela.
¿En qué consisten estos convenios?
No todos los convenios tienen el mismo contenido. Cada convenio establece las prestaciones a las que se aplica y en qué condiciones.
En general, en todos se hace referencia a la jubilación y cada país reconoce las cotizaciones realizadas en el otro a efectos del derecho a la pensión de jubilación y el cómputo de la misma. Pero cada país paga un monto correspondiente a los años trabajados en el país pagador.
Pero conviene informarse del contenido del Convenio para tener claros tus derechos y en base a dicha información poder decidir el momento y lugar de la jubilación.
¿Dónde puedo informarme sobre la jubilación u otras prestaciones a las que pueda tener derecho según convenio de Seguridad Social?
viernes, 29 de diciembre de 2017
ANSES: ¿Por qué no cobré el pago retroactivo de Reparación Histórica?
mayo 9,
2017 Mauro publica en ECONOBLOG
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) ha
liquidado los haberes del corriente mes sin el pago retroactivo de la
Reparación Histórica como estaba previsto. Según informó el organismo
previsional, no se ha pagado el mismo dado que aún no se efectuaron las
homologaciones judiciales de los acuerdos firmados por los jubilados y
pensionados.
Se había indicado que el corriente mes se comenzaría a
efectuar el pago retroactivo de la Reparación Histórica a los jubilados y/o
pensionados del SIPA (Sistema Integrado Previsional Argentino) que ya han
firmado su acuerdo en ANSES. A pesar de ello no se liquidó el mismo debido a
que la Justicia aún no homologó los acuerdos como se previa.
Sin embargo, ANSES decidió que este mes se empiece a aplicar
el aumento de la Reparación Histórica a los adultos mayores que ya han firmado
para que, de esta forma, comiencen a percibir el haber que les corresponde.
Se estima que la homologación de los acuerdos puede demorar
hasta seis meses por lo cual los titulares del beneficio tendrán que tener
paciencia para cobrar el retroactivo.
¿Cuánto se cobra por el retroactivo de Reparación Histórica?
En caso de no haber iniciado un juicio por reajuste de
haberes, el pago retroactivo comienza a aplicarse desde el momento de la firma
del acuerdo en la oficina de ANSES con la compañía de un abogado y hasta que se
haga efectivo el reajuste. Si se iniciaron acciones judiciales y no se tiene
sentencia firme, el mismo se paga hasta 48 meses previos a la aceptación, se abona
el 50% en efectivo y el resto en 12 cuotas trimestrales.
Un dato a tener en cuenta es que el pago de los honorarios
de los abogados también se realiza al momento de la homologación del acuerdo de
Reparación Histórica. Al igual que ocurre con las jubilaciones y pensiones, los
mismos se actualizan aplicando el índice previsto en la Ley de Movilidad
Jubilatoria.
miércoles, 6 de diciembre de 2017
Avertencia a Jubilados que residen en el exterior pero cobran en Argentina
Hay una situación sobre la que queremos advertir a algunos jubilados que residen en el exterior pero siguen cobrando en Argentina con un apoderado físico. A nuestro entender esta situación se vuelve contradictoria o puede resultar perjudicial para sus intereses bajo ciertas circunstancias.
Una de esas circunstancias es por ejemplo los trámites y el proceso de cobro de la Reparación Histórica y más si hay juicio con sentencia, ya que cuando sale la orden de liquidación esta se hace efectiva en un banco dentro del territorio. Lo que obliga a viajar a Argentina y hay muchos casos de personas que no pueden hacerlo.
Una de esas circunstancias es por ejemplo los trámites y el proceso de cobro de la Reparación Histórica y más si hay juicio con sentencia, ya que cuando sale la orden de liquidación esta se hace efectiva en un banco dentro del territorio. Lo que obliga a viajar a Argentina y hay muchos casos de personas que no pueden hacerlo.
Se debe prestar atención a un echo fundamental de su situación con respecto al ANSES y es que para el Estado argentino, para el ANSES y para la Justicia... estas personas se encuentran residiendo en Argentina. Ya que nunca reclamaron o gestionaron el pago de su jubilación en el exterior, sino que utilizan los servicios de un apoderado físico. Todo eso no les ayuda en nada para reclamar que le paguen la Reparación en el exterior.
Es por todo lo anterior que aconsejamos regularizar su situación de cobro en el exterior antes de que se finalice el proceso de Reparación Histórica o de juicio en cada situación en particular.
lunes, 16 de octubre de 2017
Espacio cedido a Propuesta de Carta para el ANSES
Como a transcurrido un tiempo y no hubo una reacción apreciable a esta propuesta vamos a aclarar mejor en qué consiste y esperaremos a que los lectores consideren la misma.
Lo principal no es el borrador de la carta, lo principal es la voluntad de un número considerable de personas que adhieran a la idea y pongan un poco de si para llevarla a cabo. Supuestamente no tendríamos que tener problema con esto ya que se supone que hay miles de jubilados que esperan tener una respuesta de Reparación Histórica.
La idea es que muchos de nosotros se dirija al ANSES por todas las vías posibles, formularios de consulta en la página web del ANSES y en las páginas del organismo en Facebook, Twitter, Youtube, Flickr, etc. todos con el mismo modelo de carta. No importa que sea corta, pero si debe ser clara y concisa.
Proponemos el siguiente Texto de carta:
Saludos Ana B. y el blog "Jubilados Argentinos en Españan y el Mundo"
Lo principal no es el borrador de la carta, lo principal es la voluntad de un número considerable de personas que adhieran a la idea y pongan un poco de si para llevarla a cabo. Supuestamente no tendríamos que tener problema con esto ya que se supone que hay miles de jubilados que esperan tener una respuesta de Reparación Histórica.
La idea es que muchos de nosotros se dirija al ANSES por todas las vías posibles, formularios de consulta en la página web del ANSES y en las páginas del organismo en Facebook, Twitter, Youtube, Flickr, etc. todos con el mismo modelo de carta. No importa que sea corta, pero si debe ser clara y concisa.
Proponemos el siguiente Texto de carta:
" Todos aquellos que nos corresponde Reparación Histórica solicitamos al organismo previsional ANSES respuestas dentro de MIANSES y a nuestros
correos electrónicos, dado que es el único medio con el que podemos contactar los Jubilados
Residentes en el Exterior, ya que tampoco nos atienden en los teléfonos indicados por la entidad."
Rogamos a los jubilados lectores que en caso de ser de estar de acuerdo escribir un "Estoy de acuerdo" en comentarios de esta nota y además enviar el borrador con su nombre al ANSES.
sábado, 14 de octubre de 2017
Reparación Histórica - Este procedimiento está en vigencia.
Nota de Redacción: Al día 13/10/17 este procedimiento se realiza con lentitud y con muy poca información para los residentes en el exterior.
Para proceder a la suscripción del acuerdo de Reparación Histórica, los jubilados y pensionados que residen en el exterior y sus abogados deberán aceptar los términos y condiciones del acuerdo, ingresando con Clave de la Seguridad Social en Mi ANSES.
Ver el manual con instrucciones en
http://www.anses.gob.ar/reparacionhistorica/docs/manualUsuarioReparacionHistoricaANSES.pdf
Una vez aceptado el acuerdo en la página MIANSES (LEER en la web de ANSES sobre el procedimiento):
Si el titular se encuentra en Argentina, deberá presentarse con su abogado el día del turno, que le otorga el sistema, en la dependencia de ANSES y suscribir el acuerdo con firma ológrafa.
Si el titular se encuentra en el exterior
El abogado designado deberá presentarse en la dependencia de ANSES el día del turno y retirar el acuerdo.
Dicho acuerdo deberá remitirlo al titular
El titular deberá suscribir el mismo con firma certificada vía Consulado y remitirlo a su abogado nuevamente.
El abogado deberá presentarse en la misma oficina de ANSES y firmar el acuerdo en presencia del funcionario del Organismo.
ANSES continuará con el trámite para su posterior remisión al Poder Judicial para su homologación
Para buscar abogado pueden ver en http://www.anses.gob.ar/reparacionhistorica/patrocinantes
Para proceder a la suscripción del acuerdo de Reparación Histórica, los jubilados y pensionados que residen en el exterior y sus abogados deberán aceptar los términos y condiciones del acuerdo, ingresando con Clave de la Seguridad Social en Mi ANSES.
Ver el manual con instrucciones en
http://www.anses.gob.ar/reparacionhistorica/docs/manualUsuarioReparacionHistoricaANSES.pdf
Una vez aceptado el acuerdo en la página MIANSES (LEER en la web de ANSES sobre el procedimiento):
Si el titular se encuentra en Argentina, deberá presentarse con su abogado el día del turno, que le otorga el sistema, en la dependencia de ANSES y suscribir el acuerdo con firma ológrafa.
Si el titular se encuentra en el exterior
El abogado designado deberá presentarse en la dependencia de ANSES el día del turno y retirar el acuerdo.
Dicho acuerdo deberá remitirlo al titular
El titular deberá suscribir el mismo con firma certificada vía Consulado y remitirlo a su abogado nuevamente.
El abogado deberá presentarse en la misma oficina de ANSES y firmar el acuerdo en presencia del funcionario del Organismo.
ANSES continuará con el trámite para su posterior remisión al Poder Judicial para su homologación
Para buscar abogado pueden ver en http://www.anses.gob.ar/reparacionhistorica/patrocinantes
viernes, 15 de septiembre de 2017
Certificados de supervivencia o Fe de Vida
Es absolutamente normal que ANSES incluya en las boletas de
pago o similares una nota recordatoria de la obligación de enviar Fe de Vida
durante julio/agosto y enero/febrero.
Por otro lado es cierto que algunos beneficiarios y bancos (o
empleados) parecen desconocer la nueva operatoria recientemente implementada
por el ANSES y los Consulados. Leer en https://www.anses.gob.ar/jubilados-y-pensionados/supervivencia-fe-de-vida/
Es un sistema donde se comunica vía electrónica
solo a ANSES y con eso debería alcanzar. Se supone que ANSES comunica al banco.
Lo que hay que entender es que no se puede usar las dos
formas de certificación, la anterior y la de los consulados, porque eso
significaría armar un lío mayúsculo.
Hay numerosos casos de beneficiarios que usan los dos
envíos. Señores dejen de hacer eso, porque solo trae confusión.
martes, 5 de septiembre de 2017
Inconvenientes para entrar en la página de ANSES
Desde ayer nos llegan mensajes de personas con inconvenientes para entrar en la página web del ANSES
Ruego a todo el que pueda colaborar que comente el tema e indique de qué forma se puede subsanar el problema. Gracias
Ruego a todo el que pueda colaborar que comente el tema e indique de qué forma se puede subsanar el problema. Gracias
viernes, 4 de agosto de 2017
¿Impuesto por vivir en el exterior?
Buenas tardes.
Queria abrir un cuadro de dialogo, a ver si alguien sabe que
impuesto existe sobre Jubilaciones Argentina, de jubilados residentes en el
exterior (España).
Este mes cobro mi primer recibo jubilatorio, y como ya lo vi
por Internet, me encuentro con la sorpresa que me han retenido de Impuestos,
cerca de un 25%.
Se que parte de ello es Impuesto a las Ganancias. Pero luego , la mayor parte, es un
impuesto que me cobran por vivir en el extranjero.
Alguien sabe de esto???
Que Ley es para poder leerla y saber, por que la crearon.
Ya pedí a mi Caja que me aclare ese descuento, claro
Parece ser que vivir fuera de Argentina, es "un
lujo" o algo asi.
Vaya sorpresa ¡¡¡
Gracias
sábado, 1 de julio de 2017
Requisitos para poder solicitar la pensión no contributiva de Jubilación:
1) No tener
derecho a solicitar la pensión de Jubilación en el nivel Contributivo por no
cumplir los requisitos.
2) Tener 65
o más años.
3) Tener
carencia de rentas.
3.a) Se entiende que el solicitante carece de
rentas, cuando tenga ingresos inferiores a 5.164,60 € al año, importe que se ha
actualizado este año 2017.
3.b) No obstante, aunque los ingresos del
solicitante sean inferiores a 5.164,60 € al año, si el solicitante convive con
familiares se cumplirá el requisito cuando la suma de las rentas de todos los
miembros de la unidad familiar, sea inferior a las cuantías recogidas en cada
caso concreto, conforme a las tablas que se detallan en este documento (pdf),
en el apartado de “carencia de rentas o ingresos”.
4) Residir
legalmente en España.
Este
requisito se entenderá cumplido, cuando el trabajador haya residido en España
como mínimo 10 años al menos 2 de ellos
deberán ser ininterrumpida e inmediatamente anteriores a la fecha de la
solicitud.
¿Durante
cuánto tiempo se concede la pensión?
La pensión
es vitalicia, es decir, se concede hasta
el fallecimiento del solicitante, siempre y cuando, el trabajador siga
cumpliendo todos los requisitos para poder seguir cobrándola.
¿Cuánto se
cobra? Cuantía
La cuantía
individual de la pensión para cada ciudadano se establecen función de sus
rentas personales y/o de las de su unidad económica de convivencia; no pudiendo
ser inferior a la mínima del 25%, 1.287,65 euros anuales, ni superior a
5.150,60 euros año.
La pensión
no contributiva íntegra es de 368,90 euros al mes, por ejemplo para una persona
que no tuviera otros ingresos y viviera sola.
Luego, en cada caso, hay que recalcular el importe mensual teniendo en
cuenta las personas que conviven y si tienen o no ingresos, con lo que el
importe mensual puede ser inferior o superior, hasta los topes de los que hemos
hablado.
Obligaciones
del pensionista:
Las personas que hayan solicitado ésta pensión
tienen la obligación de: comunicar a la Entidad Gestora de cualquier cambio que
pueda afectar al reconocimiento de la pensión y de presentar el primer
trimestre de cada año, la declaración de la renta, de manera que pueda
demostrar que sigue cumpliendo el requisito de la carencia de rentas.
¿Dónde se debe presentar la solicitud de una
pensión no contributiva?
La solicitud
se podrá presentar en las Oficinas de los Servicios Sociales de las Comunidad
Autónomas, en las Oficinas del Instituto de Mayores y Servicios Sociales
(IMSERSO), o en cualquier Oficina de la Seguridad Social. (donde solicitarlas
+info) En las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla la solicitud se presentará
directamente en el IMSERSO.
Documentación
que habrá que aportar: El impreso oficial de la Solicitud , DNI y Certificado
de empadronamiento.
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