El Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Carlos
Tomada, y el Embajador de Francia en Argentina, Jean-Pierre Asvazadourian,
firmaron el 11 de junio de 2013 en Buenos Aires el acuerdo administrativo que
permite la puesta en ejecución del Convenio de Seguridad Social que entró en
vigencia el 1 de noviembre de 2012. El dispositivo permite a las personas que
han trabajado en Francia y/o en Argentina hacer valer mejor sus derechos en
ambos países, particularmente en materia de jubilaciones. Dicho convenio
contribuirá a favorecer la movilidad profesional entre Francia y Argentina. Del
lado francés, las ventanillas para las personas deseosas de conseguir
informaciones son su organismo de Seguridad Social y el Centro de Relaciones
Europeas e Internacionales de la Seguridad Social (CLEISS), que puso a
disposición una página para presentar el marco de este Convenio:
http://www.cleiss.fr/actu/1306argentine.html
email: jubiladosargentinos@yahoo.es Atención por favor - Los que escriban comentarios pongan un nombre (cualquiera)
martes, 28 de abril de 2020
viernes, 6 de marzo de 2020
COMUNICACIÓN DEL IPS de la provincia de Bs. As.
Pasos a seguir
para regularizar pago de los jubilados que dependían del COMAFI
Para percibir
en adelante los haberes en el exterior:
1-
El beneficiario tendrá que
realizar a través de su apoderado en la Argentina ò por correo postal el cambio
de lugar de pago a la clave 1140 (Banco Provincia Exterior).
2-
Descargar del siguiente
link http://www.ips.gba.gob.ar/tramites/volantes/2019/F214CobroExterior-Marzo2019.pdf,
el formulario y presentar la documentación que se requiere como asì la
supervivencia certificada por el Consulado.
Se
recomienda cumplir con el plazo de supervivencia para la continuidad del pago
de haberes.
Para reclamar
los haberes anteriores:
1-
Comunicarse con el Banco COMAFI
para realizar el desapoderamiento e indicarle a la Entidad que devuelva e
informe los haberes al IPS.
2-
Una vez que los fondos se
encuentren en la cuenta del IPS, éste le girará a la cuenta indicada por el
beneficiario regularizando la situación.
Tener en cuenta:
los cambios para que se reflejen en el mes siguiente tendrán que realizarse
antes de fin del mes anterior.
Dudas y consultas
el Teléfono 0221-4296508 de 10hs. a 16hs. ò por correo electrónico a la
dirección exteriorcomafi@ips.gba.gov.ar.
Nota aclaratoria de la Redacción de este Blog: Entendemos que esta solución es aplicable a los jubilados dependientes del IPS.
Los jubilados dependientes del ANSES tienen la libertad de apoderar al banco que crean conveniente.
jueves, 27 de febrero de 2020
COMUNICACIÓN del COMAFI
Buenos Aires, Febrero de 2020.
Estimados clientes,
Le informamos que en virtud de lo dispuesto en la comunicación “A” 6855 del BCRA, a partir del 27/12/19 no está permitida la compra de moneda extranjera por parte de no residentes, excepto en los casos en que los fondos sean provenientes de pagos de jubilaciones y/o pensiones abonadas por ANSES y los mismos sean remitidos al titular exclusivamente por medio de transferencia a una cuenta de única titularidad de dicho titular. Dicha normativa especifica, además, que lo que puede transferirse mensualmente es solamente los pagos que se recibieron ese mismo mes calendario.
Por lo expuesto, en los casos de no residentes que tengan con Banco Comafi acordado el envío de sus jubilaciones y/o pensiones a través de Cheque o Banco INTESA, los fondos que Banco Comafi reciba de ANSES se mantendrán en pesos y quedarán a disposición en esa moneda para ser abonados en una sucursal del Banco al titular o a un apoderado, previa presentación del poder correspondiente y una nota del titular autorizando al pago.
Por lo dispuesto en la normativa antes mencionada, a los efectos de poder remitirle los futuros pagos que realice ANSES, deberá enviarnos la documentación correspondiente, a fin de efectivizar el cambio a la modalidad de cobro por Transferencias mensuales a una cuenta de su exclusiva titularidad, caso contrario se mantendrá lo dispuesto en el párrafo anterior. La documentación que nos debe enviar por correo postal es:
• Fotocopia del DNI. • Carta manuscrita solicitando el cambio de modalidad de cobro, con firma y aclaración del cliente. • Nota con los siguientes datos de la cuenta de destino a la cual quiere que le transfieran los fondos, certificada por banco:
- NOMBRE DEL BANCO. - SUCURSAL (número, nombre y domicilio). - CODIGO SWIFT. - NÚMERO DE LA CUENTA. - NÚMERO DE IBAN. - APELLIDO Y NOMBRES DEL BENEFICIARIO. - DOCUMENTO ARGENTINO (tipo y número). - MAIL (del beneficiario).
La deberá enviar a Sucursal Casa Central cito Av. Roque Sáenz Peña 660, CP 1035, Sector Jubilaciones del Exterior.
Ante cualquier duda o consulta, podrá comunicarse al teléfono +5411-5984-8456, opción 2, o vía correo electrónico a la casilla de correo consultajubilados@comafi.com.ar
BANCO COMAFI
sábado, 22 de febrero de 2020
COORDINACION PARA LOS BENEFICIARIOS DEL IPS que sufrieron una mala aplicación de la normativa relativa a cambio o se.le descontó el 30 %
Abrimos esta entrada para facilitar la comunicación entre los interesados en coordinar para lograr una solución a la mala interpretación de la normativa que tiene que ver con el cambio.de.divisas o el impuesto al dólar turismo.
Se ruega a los interesados dar su email para poder ponerse de.acuerdo por vía privada.
Aclaración, la dirección mail deben ponerlo en los comentarios, así los lectores interesados pueden comunicarse e ir reuniendo se en una lista que Uds. formarán.
Max es el primero que se compromete y pone su email. Sería bueno que haya mínimo otros dos comprometidos, así lo ayudan.
Los demás pueden escribir a ese email de Max y ponerse a colaborar. Gracias
Nota del día 20/02/20
Un vocero del banco COMAFI nos dijo lo siguiente:
Si bien las circulates las BCRA aplican para todos los bancos cada uno puede optar por diferentes decisiones. En lo que respecta a Banco Comafi está condicionado por lo que se llama Circular 6815 y 6855 en donde a todos aquellos beneficiarios que cobraban mediante cheque, INTESA( Banco en Italia ) o por el IPS ( jubilación de provincia de Buenos Aires ) no se pueden comprar dólares en nombre de ellos. La única forma de cobrar es mediante transferencia bancaria la cual necesita de un formulario. Con respecto a los mensuales adeudados por disposición del BCRA no se pueden comprar los dólares de esos meses por lo que deben de venir a retirarlo en pesos a su banco o tener un apoderado que los pueda cobrar.
Aclaración, la dirección mail deben ponerlo en los comentarios, así los lectores interesados pueden comunicarse e ir reuniendo se en una lista que Uds. formarán.
Max es el primero que se compromete y pone su email. Sería bueno que haya mínimo otros dos comprometidos, así lo ayudan.
Los demás pueden escribir a ese email de Max y ponerse a colaborar. Gracias
Nota del día 20/02/20
Un vocero del banco COMAFI nos dijo lo siguiente:
Si bien las circulates las BCRA aplican para todos los bancos cada uno puede optar por diferentes decisiones. En lo que respecta a Banco Comafi está condicionado por lo que se llama Circular 6815 y 6855 en donde a todos aquellos beneficiarios que cobraban mediante cheque, INTESA( Banco en Italia ) o por el IPS ( jubilación de provincia de Buenos Aires ) no se pueden comprar dólares en nombre de ellos. La única forma de cobrar es mediante transferencia bancaria la cual necesita de un formulario. Con respecto a los mensuales adeudados por disposición del BCRA no se pueden comprar los dólares de esos meses por lo que deben de venir a retirarlo en pesos a su banco o tener un apoderado que los pueda cobrar.
sábado, 1 de febrero de 2020
COMO TRAMITAR LA TRANSFERENCIA DE HABERES AL EXTERIOR
ESTIMADOS
JUBILADOS Y PENSIONADOS del ANSES CON RESIDENCIA EN EL EXTERIOR:
Banco de la Nación Argentina les informa la manera en la
que se puede apoderarnos para cobrar sus haberes en el exterior.
El
trámite se lleva a cabo :
sábado, 4 de enero de 2020
Bancos autorizados por el ANSES para cobrar los haberes de los residentes en el extranjero que otorguen poder a uno de estos bancos.
Bancos apoderados de cobro en el exterior con convenio con la ANSES
Banco de la Nación Argentina – Entidad 011-065
Banco de la Ciudad de Buenos Aires – Entidad 029-099
Banco Comafi – Entidad 299-001
Banco Credicoop – Entidad 191-032
Banco Itaú – Entidad 259-050
Banco Patagonia – Entidad 034-059
Banco Piano – Entidad 301-006
domingo, 29 de diciembre de 2019
SE PRORROGA LA NORMATIVA DEL BCRA
Graciela lectora del blog nos hace llegar esta prórroga:
“2019 - AÑO DE LA EXPORTACIÓN” COMUNICACIÓN “A” 6855 27/12/2019 A LAS ENTIDADES FINANCIERAS, A LOS OPERADORES DE CAMBIO: Ref.: Circular CAMEX 1 - 826 Exterior y cambios. Adecuaciones. ____________________________________________________________
viernes, 13 de diciembre de 2019
NORMATIVA DEL BCRA EN RELACIÓN A TRASFERENCIAS A JUBILADOS RESIDENTES EXTERIOR
De acuerdo a lo establecido por la normativa del Banco Central de la República Argentina (BCRA) por la comunicación “A” 6815 del 28/10/2019 y por lo establecido en el nuevo Texto Ordenado de las normas de Exterior y Cambios según comunicación “A” 6844 del 5/12/2019, la excepción para el envío de transferencias al exterior está relacionada exclusivamente para haberes jubilatorios abonados por ANSES según lo previsto en el punto 3.12.4 de dicho texto ordenado que dice:
jueves, 15 de agosto de 2019
SOLICITAMOS COLABORACIÓN DE LECTORES
Solicitamos a nuestros lectores, que hayan recibido alguna respuesta por vía de correo electrónico desde el ANSES, tengan la amabilidad de pasarnos las direcciones de esos correos así podemos reunir una lista a dónde podemos dirigirnos cuando surgen los problemas y el organismo previsional no responde por las vías normales.
Lo mismo si tienen el nombre del funcionario que les responde y la oficina o gerencia.
Muchas gracias
Dirigir la información al mail del blog jubiladosargentinos(arroba)yahoo.es
Lo mismo si tienen el nombre del funcionario que les responde y la oficina o gerencia.
Muchas gracias
Dirigir la información al mail del blog jubiladosargentinos(arroba)yahoo.es
domingo, 21 de julio de 2019
REACTIVAR las TRANSFERENCIAS RETENIDAS/SUSPENDIDAS
Se están produciendo casos de jubilados o pensionados residentes en el exterior que dejaron de recibir la transferencia mensual del banco argentino apoderado para cobrar y transferir a las cuentas en el exterior. (continúa)
martes, 9 de julio de 2019
AVISO IMPORTANTE
Recordá que si te quedaste sin suscribir el acuerdo de Reparación Histórica o para seguir cobrando, en caso de que ya estés recibiendo tu aumento en forma anticipada, tenés que completar el trámite firmando el acuerdo antes del 21 de julio de 2019.
viernes, 28 de junio de 2019
Cómo jubilarse cuando faltan aportes
Hay dos moratorias previsionales vigentes para que los
autónomos y los monotributistas puedan completar el faltante. Quienes
trabajaron en relación de dependencia también pueden agregar aportes con estos
regímenes. Qué tienen que hacer.
Artículo de Sergio Mohadeb
Publicada: 13/03/2019.
miércoles, 5 de junio de 2019
¿Cómo se calcula el complemento a mínimos de una pensión contributiva?
Las pensiones contributivas cuya cuantía resulte inferior a la pensión mínima establecida por ley puede ser complementadas, siempre que se acrediten ciertos requisitos, hasta dicho importe mínimo.
sábado, 16 de marzo de 2019
martes, 12 de marzo de 2019
Hay para leer en JUBILADOS por Convenio Hispano-Argentino
Lean las últimas novedades de Jubilados por Convenio Hispano-Argentino en
jueves, 7 de marzo de 2019
Participación en Órgano Consultivo de Jubilados del ANSES
El Órgano Consultivo
de Jubilados y Pensionados tiene entre sus prioridades la institucionalización
de formas concretas de participación y consulta de los beneficiarios a través
de sus representantes, a fin de expresar sus inquietudes y propuestas, ser
parte del control del sistema y recibir la capacitación para su fortalecimiento
como sector.
Está
conformado por representantes de Federaciones de Jubilados y Pensionados de
todo el país, constituyéndose en el primer espacio de participación ciudadana
en un organismo del Estado, como lo es ANSES.
En la
actualidad cuenta con 124 miembros titulares y 124 alternos de todo el país.
Los representantes son elegidos anualmente por sus entidades. La actividad
realizada es ad honorem y ejercen su función de manera independiente sin ningún
condicionamiento de la entidad que los convoca.
Los
representantes se reúnen tres veces al año en Reuniones Plenarias Nacionales
con las máximas autoridades de ANSES y su cuerpo gerencial para tratar temas
vinculados al sector: los montos de los haberes previsionales y asignaciones
familiares, su movilidad, el alcance de algunos beneficios, aciertos,
dificultades y/ o retrasos en la gestión de todos los trámites que se hacen en
el organismo.Para nosotros, jubilados argentinos residentes en el exterior, sería de gran importancia lograr tener una representación en este organismo.
Por supuesto que previamente deberíamos formalizar jurídicamente algún tipo de asociación.
viernes, 15 de febrero de 2019
Comunicado de Jubilados por Convenio Hispano Argentino
Por este
medio informamos que hemos redactado un conjunto de notas,para la presentacion
del recibo de la jubilacion Argentina ante el INSS,del mes de enero 2019
Es importante
que la mayoria presentemos dichas notas para evitar que calculen mal el
Complemento a Minimos/Residencia.
Para acceder
a las notas comunicate con jubiladosconv2017@gmail.com.
Cuanto mas
unidos estemos mas facil lograr lo que nos corresponde.
Grupo Gestor.
Kranich,Menghini,Puyol
Plataforma de
Jubilados por Convenio Hispano-ArgentinoAqui el texto inicial de la entrad
domingo, 16 de diciembre de 2018
CONVENIO DE SEGURIDAD SOCIAL ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA REPÚBLICA ARGENTINA DE 28 DE ENERO DE 1997 (en vigor desde 1 de diciembre de 2004)
(BOE núm. 297, de 10 de diciembre de
2004) (y BOE núm. 243, de 10 de octubre de 2007)
TÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1.- Definiciones
1. Las expresiones y términos que se
enumeran a continuación tienen, a efectos de aplicación del
presente Convenio, el siguiente significado:
A) "Partes Contratantes":
designa al Reino de España y a la República Argentina
B) "Territorio": respecto a
España, el territorio español; respecto a la Argentina, el
territorio argentino;
martes, 4 de diciembre de 2018
NO MERECEMOS UNA RESPUESTA????
Con
el cambio de autoridades enviamos (julio 2018), desde la Plataforma
notas a distintos responsables del Ministerio de trabajo migraciones
y seguridad social.
Recién
setiembre obtuvimos respuesta de la Directora del INSS,
María
Gloria Redondo Rincón, invitándonos
a explicar nuestro problema.
martes, 6 de noviembre de 2018
Plataforma de Jubilados por Convenio Hispano-Argentino
Información de actividades de la Plataforma
La Senadora Rosa M Domínguez De Posada , presentó en su
momento una pregunta al Gobierno, sobre la situación de los jubilados por
Convenio Hispano Argentino
La semana anterior nos ha enviado la respuesta y nos pidió
nuestra opinión, ayer luego de estudiar el tema se envió la misma
Para que Uds. estén informados se comparten dichos archivos en
Si alguno no puede visualizarlo, nos escriben a jubiladosconv2017@gmail.com
y se les enviaran
Grupo Fundador
sábado, 27 de octubre de 2018
Plataforma de Jubilados por Convenio Hispano-Argentino
Desde la Plataforma Jubilados por Convenio Hispano
Argentino, queremos denunciar la discriminación que sufrimos. Entiéndase que
dentro del grupo estamos retornados, como también argentinos con residencia
legal. En ambos casos aportamos a los dos países.
Basamos esta denuncia en la redacción del Oficio Circular de
setiembre de 2018(se adjunta), semejante a las anteriores
En este Oficio se discrimina entre los jubilados/pensionistas,
Reglamentos Comunitarios y los Convenios Bilaterales y Multilaterales.
domingo, 16 de septiembre de 2018
Necesitamos su apoyo
Necesitamos apoyo en Osoigo.com,para solucionar el tema Complemento a Minimos Necesitamos 300 apoyos
Entrar para apoyar en https://www.osoigo.com/es/congreso-complemento-a-minimos-para-acceder-a-la-cuantia-minima.html
martes, 31 de julio de 2018
Atención Jubilados que cobraron Reparación Histórica sin haber gestionado
Atención Jubilados que cobraron Reparación Histórica sin haber gestionado o realizado todo el procedimiento de aceptación etc. Fueron los primeros que recibieron el beneficio por tratarse de personas mayores y la suma de la reparación era menor a cierto monto.
Deben actualizar su situación.
Si Ud. tiene en su boleta de pago el código 001 020 es porque a Ud. se le está pagando la Reparación Histórica
Completá el trámite para mantener tu aumento por Reparación Histórica
Si estás cobrando tu haber recompuesto pero todavía no finalizaste el trámite, tenés tiempo hasta el 31 de agosto
Deben actualizar su situación.
Si Ud. tiene en su boleta de pago el código 001 020 es porque a Ud. se le está pagando la Reparación Histórica
Completá el trámite para mantener tu aumento por Reparación Histórica
Si estás cobrando tu haber recompuesto pero todavía no finalizaste el trámite, tenés tiempo hasta el 31 de agosto
miércoles, 4 de julio de 2018
ALERTA DE JUBILADOS
Los jubilados que residimos en el exterior de Argentina debemos decidirnos a formar
una agrupación o asociación que ponga en Alerta a los Jubilados y poder ejercer algún tipo de
accionar para parar las políticas neoliberales de los gobiernos. Estamos cansados
de ser la variable de ajuste y ser maltratados de todas las formas posibles.
martes, 26 de junio de 2018
QUE PRETENDEMOS PARA NUESTRO COLECTIVO
Plataforma de Jubilados por Convenio Hispano-Argentino
QUE PRETENDEMOS PARA NUESTRO COLECTIVO
1) tener nuestros haberes lo más actualizados posible
El Convenio Bilateral Hispano-argentino nos sirvió para no perder años de aporte, pero para eso nada más, para el resto somos parias. La ANSES (Seguridad Social Argentina) hace ajustes trimestrales para mantener actualizadas las pensiones, lo que daría la posibilidad que el INSS también lo haga, que de hecho lo hace con un trimestre de atraso, pero no los aplica a nuestras pensiones, es decir que estamos viviendo con una cifra de complemento en diciembre 2018 que data de octubre 2017 !!! y en enero 2019 tratarán de desentenderse del tema de la retroactividad, esto debe cambiar !
2) no ser ciudadanos de segunda !lunes, 18 de junio de 2018
MUY IMPORTANTE DIFUNDIR!!!!!
Muy importante difundir!!!!!!!!
Yahoo/Band. entrada
Plataforma jubilados <jubiladosconv2017@gmail.com>18 jun. a las 3:40
Estimados solicitamos se difundaNovedadesHemos sumado a la página osoigo.com En ella se recogen apoyos y cuando se logran se envía la pregunta realizada por nosotros a los diputados Necesitamos 1000 apoyos, sabemos que no es fácil pero si todos ayudamos lo lograremosPedidoNecesitamos que Uds. entre en https://www.osoigo.com/es/ apoya.html, allí veránA Congreso de los Diputados¿Complemento a mínimos para acceder a la Cuantía Mínima?
Hay que hacer clic y completar el formulario de APOYOEs muy importante que no solo firmen Uds. sino que lo hagan sus familiares, amigos, etc y que difundan (puede ser en facebook, twitter, whatsapp) esto para lograr los 1000 APOYOS requeridosTambién hemos comenzado a diagramar un blog En el mismo iremos colocando distintos actualizaciones y datos útiles para nuestro colectivoLa dirección es: https://jubiladoscon2017.blogspot.com/También estamos en Facebookhttps://www.facebook.com/groups/327514810977923/?ref=bookmarks
Desde ya graciasPlataforma de Jubilados por Convenio
viernes, 8 de junio de 2018
Declaración de la RENTA de jubilados argentinos residentes en España
Abrimos esta entrada para que los lectores colaboren con comentarios aclaratorios de su situación en relación al IRPF. Creo que el caso piloto que hay que considerar es el jubilado que no tiene otro ingreso que la jubilación que le llega desde Argentina y luego se irá considerando los casos más complejos empezando por los que tienen también una pensión española y los que reciben complementos a mínimos.
En general las
pensiones de jubilación que se hayan originado en el Argentina deben ser
declaradas en España por los contribuyentes que residan en España . No hacerlo,
por pequeña que ésta sea, puede acarrear varios problemas.
miércoles, 2 de mayo de 2018
Problemas con el IPS y COMAFI
Rogamos a los compañeros jubilados del IPS lean y traten de encontrar ellos una solución a los problemas con el IPS, . Por otro lado los reclamos que se tratan de hacer en la página web del IPS no tienen efecto o allí pasa algo... no sabemos, no dan información ni nada. Es una vergüenza.
Todos los jubilados o pensionados del IPS deben escribir en forma de comentario al pié de esta entrada y tratar de organizarse para lograr una solución. Para eso necesitarán dar sus emails, así los demás pueden escribirles.
Todos los jubilados o pensionados del IPS deben escribir en forma de comentario al pié de esta entrada y tratar de organizarse para lograr una solución. Para eso necesitarán dar sus emails, así los demás pueden escribirles.
lunes, 19 de marzo de 2018
Impuesto Ganancias de los jubilados del IPS La PAMPA
A partir del
periodo fiscal 2018 será indispensable la presentación del Formulario de
Declaración Jurada de Impuesto a las Ganancias –Retenciones 4ta. Categoría 572
Web – a través del servicio “Sistema de Registro y actualización de Deducciones
del impuesto a las Ganancias" (SIRADIG- Trabajador).
A este
formulario se accede a través de la página web de la AFIP (con clave fiscal) y
los mismos serán considerados hasta el día 7 de cada mes. Si se informa después
de esa fecha, el formulario será considerado para la próxima liquidación de
haberes.
Es
importante aclarar a los beneficiarios que deben completar en el Formulario el
Punto 5 “BENEFICIOS” para obtener (los beneficios previstos por la Ley Nacional
27.346), tanto la deducción especifica de Seis (6) haberes mínimos garantizados
(haberes mínimos de Anses), como así también para la aplicación del incremento
del 22% en cargas de familia, deducción especial y ganancia no imponible para
aquellos beneficiarios que viven en Zona Patagónica. El primer beneficio
señalado se aplica siempre y cuando se obtengan ingresos únicamente de índole
previsional y/o no sea alcanzado por el Impuesto a los Bienes Personales.
Importante
La falta de
presentación al inicio de cada año hará cesar los beneficios obtenidos en el
año anterior, hasta tanto el beneficiario realice la nueva presentación.
Descargar Instructivos en http://www.isslapampa.gov.ar/sps_jubilados-y-pensionados/
sábado, 10 de marzo de 2018
JUBILACIÓN HABIENDO COTIZADO EN DOS PAÍSES
Cada vez nos encontramos más consultas relacionadas con la
jubilación cuando se ha trabajado y cotizado a la Seguridad Social en dos
países. Esta es una cuestión muy importante, y que cada vez se verá más en un
futuro.
Lo cotizado en un país NO se pierde a la hora de jubilarse
en otro.
NO se puede pedir la devolución de lo cotizado en España
cuando se regresa a su país de origen, ni
a la inversa..
Por eso nos parece importante que tengáis una información básica para que no os veáis perjudicados o podáis dejar de disfrutar vuestros derechos.
En primer lugar, hay que tener claro que lo cotizado a la Seguridad Social no es como un plan de pensiones, sino que es una obligación legal para tener derecho a las prestaciones de Seguridad Social en España, por lo que, en caso que quieras regresar a tu país de origen no puedes pedir que te devuelvan lo cotizado en España-
Por otra parte, sólo algunos países pueden ver reconocidas en España las cotizaciones realizadas en sus países de origen o al contrario: ver reconocidas en sus países las cotizaciones realizadas en España.
¿Qué países tienen convenio de Seguridad Social con España en la actualidad?
Andorra, Argentina, Australia, Brasil, Cabo Verde, Canadá, Chile, Colombia, Corea, Ecuador, Estados Unidos de América, Filipinas, Japón, Marruecos, México, Paraguay, Perú, República Dominicana, Rusia, Túnez Ucrania, Uruguay, Venezuela.
¿En qué consisten estos convenios?
No todos los convenios tienen el mismo contenido. Cada convenio establece las prestaciones a las que se aplica y en qué condiciones.
En general, en todos se hace referencia a la jubilación y cada país reconoce las cotizaciones realizadas en el otro a efectos del derecho a la pensión de jubilación y el cómputo de la misma. Pero cada país paga un monto correspondiente a los años trabajados en el país pagador.
Pero conviene informarse del contenido del Convenio para tener claros tus derechos y en base a dicha información poder decidir el momento y lugar de la jubilación.
¿Dónde puedo informarme sobre la jubilación u otras prestaciones a las que pueda tener derecho según convenio de Seguridad Social?
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