martes, 28 de abril de 2020

Convenio de Seguridad Social Argentina-Francia

El Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Carlos Tomada, y el Embajador de Francia en Argentina, Jean-Pierre Asvazadourian, firmaron el 11 de junio de 2013 en Buenos Aires el acuerdo administrativo que permite la puesta en ejecución del Convenio de Seguridad Social que entró en vigencia el 1 de noviembre de 2012. El dispositivo permite a las personas que han trabajado en Francia y/o en Argentina hacer valer mejor sus derechos en ambos países, particularmente en materia de jubilaciones. Dicho convenio contribuirá a favorecer la movilidad profesional entre Francia y Argentina. Del lado francés, las ventanillas para las personas deseosas de conseguir informaciones son su organismo de Seguridad Social y el Centro de Relaciones Europeas e Internacionales de la Seguridad Social (CLEISS), que puso a disposición una página para presentar el marco de este Convenio: http://www.cleiss.fr/actu/1306argentine.html

viernes, 6 de marzo de 2020

COMUNICACIÓN DEL IPS de la provincia de Bs. As.


Pasos a seguir para regularizar pago de los jubilados que dependían del COMAFI

Para percibir en adelante los haberes en el exterior:

1-    El beneficiario tendrá que realizar a través de su apoderado en la Argentina ò por correo postal el cambio de lugar de pago a la clave 1140 (Banco Provincia Exterior).



2-    Descargar del siguiente link  http://www.ips.gba.gob.ar/tramites/volantes/2019/F214CobroExterior-Marzo2019.pdf, el formulario y presentar la documentación que se requiere como asì la supervivencia certificada por el Consulado.



Se recomienda cumplir con el plazo de supervivencia para la continuidad del pago de haberes.

Para reclamar los haberes anteriores:

1-    Comunicarse con el Banco COMAFI para realizar el desapoderamiento e indicarle a la Entidad que devuelva e informe los haberes al IPS.



2-    Una vez que los fondos se encuentren en la cuenta del IPS, éste le girará a la cuenta indicada por el beneficiario regularizando la situación.

Tener en cuenta: los cambios para que se reflejen en el mes siguiente tendrán que realizarse antes de fin del mes anterior.

Dudas y consultas el Teléfono 0221-4296508 de 10hs. a 16hs. ò por correo electrónico a la dirección exteriorcomafi@ips.gba.gov.ar.

Nota aclaratoria de la Redacción de este Blog: Entendemos que esta solución es aplicable a los jubilados dependientes del IPS.
Los jubilados dependientes del ANSES tienen la libertad de apoderar al banco que crean conveniente.

jueves, 27 de febrero de 2020

COMUNICACIÓN del COMAFI


 
Buenos Aires, Febrero de 2020.

Estimados clientes,

Le informamos que en virtud de lo dispuesto en la comunicación “A” 6855 del BCRA, a partir del 27/12/19 no está permitida la compra de moneda extranjera por parte de no residentes, excepto en los casos en que los fondos sean provenientes de pagos de jubilaciones y/o pensiones abonadas por ANSES y los mismos sean remitidos al titular exclusivamente por medio de transferencia a una cuenta de única titularidad de dicho titular. Dicha normativa especifica, además, que lo que puede transferirse mensualmente es solamente los pagos que se recibieron ese mismo mes calendario.

Por lo expuesto, en los casos de no residentes que tengan con Banco Comafi acordado el envío de sus jubilaciones y/o pensiones a través de Cheque o Banco INTESA, los fondos que Banco Comafi reciba de ANSES se mantendrán en pesos y quedarán a disposición en esa moneda para ser abonados en una sucursal del Banco al titular o a un apoderado, previa presentación del poder correspondiente y una nota del titular autorizando al pago.

 Por lo dispuesto en la normativa antes mencionada, a los efectos de poder remitirle los futuros pagos que realice ANSES, deberá enviarnos la documentación correspondiente, a fin de efectivizar el cambio a la modalidad de cobro por Transferencias mensuales a una cuenta de su exclusiva titularidad, caso contrario se mantendrá lo dispuesto en el párrafo anterior. La documentación que nos debe enviar por correo postal es:

• Fotocopia del DNI. • Carta manuscrita solicitando el cambio de modalidad de cobro, con firma y aclaración del cliente. • Nota con los siguientes datos de la cuenta de destino a la cual quiere que le transfieran los fondos, certificada por banco:

 - NOMBRE DEL BANCO. - SUCURSAL (número, nombre y domicilio). - CODIGO SWIFT. - NÚMERO DE LA CUENTA. - NÚMERO DE IBAN. - APELLIDO Y NOMBRES DEL BENEFICIARIO. - DOCUMENTO ARGENTINO (tipo y número). - MAIL (del beneficiario).

 La deberá enviar a Sucursal Casa Central cito Av. Roque Sáenz Peña 660, CP 1035, Sector Jubilaciones del Exterior.

 Ante cualquier duda o consulta, podrá comunicarse al teléfono +5411-5984-8456, opción 2, o vía correo electrónico a la casilla de correo   consultajubilados@comafi.com.ar
BANCO COMAFI

sábado, 22 de febrero de 2020

COORDINACION PARA LOS BENEFICIARIOS DEL IPS que sufrieron una mala aplicación de la normativa relativa a cambio o se.le descontó el 30 %

Abrimos esta entrada para facilitar la comunicación entre los interesados en coordinar para lograr una solución a la mala interpretación de la normativa que tiene que ver con el cambio.de.divisas o el impuesto al dólar turismo.
Se ruega a los interesados dar su email para poder ponerse de.acuerdo por vía privada.
Aclaración, la dirección mail deben ponerlo en los comentarios, así los lectores interesados pueden comunicarse e ir reuniendo se en una lista que  Uds.  formarán.
Max es el primero que se compromete y pone su email. Sería bueno que haya mínimo otros dos comprometidos, así lo ayudan.
Los demás pueden escribir a ese email de Max y ponerse a colaborar. Gracias

Nota del día 20/02/20
Un vocero del banco COMAFI nos dijo lo siguiente:
 Si bien las circulates las BCRA aplican para todos los bancos cada uno puede optar por diferentes decisiones. En lo que respecta a Banco Comafi está condicionado por lo que se llama Circular 6815 y 6855 en donde a todos aquellos beneficiarios que cobraban mediante cheque, INTESA( Banco en Italia ) o por el IPS ( jubilación de provincia de Buenos Aires ) no se pueden comprar dólares en nombre de ellos. La única forma de cobrar es mediante transferencia bancaria la cual necesita de un formulario. Con respecto a los mensuales adeudados por disposición del BCRA no se pueden comprar los dólares de esos meses por lo que deben de venir a retirarlo en pesos a su banco o tener un apoderado que los pueda cobrar.

sábado, 1 de febrero de 2020

COMO TRAMITAR LA TRANSFERENCIA DE HABERES AL EXTERIOR

ESTIMADOS JUBILADOS Y PENSIONADOS del ANSES CON RESIDENCIA EN EL EXTERIOR:

Banco de la Nación Argentina les informa la manera en la que se puede apoderarnos para cobrar sus haberes en el exterior.

El trámite se lleva a cabo :

sábado, 4 de enero de 2020

Bancos autorizados por el ANSES para cobrar los haberes de los residentes en el extranjero que otorguen poder a uno de estos bancos.

Bancos apoderados de cobro en el exterior con convenio con la ANSES
Banco de la Nación Argentina – Entidad 011-065
Banco de la Ciudad de Buenos Aires – Entidad 029-099
Banco Comafi – Entidad 299-001
Banco Credicoop – Entidad 191-032
Banco Itaú – Entidad 259-050
Banco Patagonia – Entidad 034-059
Banco Piano – Entidad 301-006

domingo, 29 de diciembre de 2019

SE PRORROGA LA NORMATIVA DEL BCRA

Graciela lectora del blog nos hace llegar esta prórroga:
 “2019 - AÑO DE LA EXPORTACIÓN”    COMUNICACIÓN  “A”  6855  27/12/2019     A LAS ENTIDADES FINANCIERAS, A LOS OPERADORES DE CAMBIO:  Ref.:  Circular CAMEX 1 - 826  Exterior y cambios. Adecuaciones. ____________________________________________________________ 

viernes, 13 de diciembre de 2019

NORMATIVA DEL BCRA EN RELACIÓN A TRASFERENCIAS A JUBILADOS RESIDENTES EXTERIOR

De acuerdo a lo establecido por la normativa del Banco Central de la República Argentina (BCRA) por la comunicación “A” 6815 del 28/10/2019 y por lo establecido en el nuevo Texto Ordenado de las normas de Exterior y Cambios según comunicación “A” 6844 del 5/12/2019, la excepción para el envío de transferencias al exterior está relacionada exclusivamente para haberes jubilatorios abonados por ANSES según lo previsto en el punto 3.12.4 de dicho texto ordenado que dice:

jueves, 15 de agosto de 2019

SOLICITAMOS COLABORACIÓN DE LECTORES

Solicitamos a nuestros lectores, que hayan recibido alguna respuesta por vía de correo electrónico desde el ANSES, tengan la amabilidad de pasarnos las direcciones de esos correos así podemos reunir una lista a dónde podemos dirigirnos cuando surgen los problemas y el organismo previsional  no responde por las vías normales.
Lo mismo si tienen el nombre del funcionario que les responde y la oficina o gerencia.
Muchas gracias
Dirigir la información al mail del blog  jubiladosargentinos(arroba)yahoo.es

domingo, 21 de julio de 2019

REACTIVAR las TRANSFERENCIAS RETENIDAS/SUSPENDIDAS

Se están produciendo casos de jubilados o pensionados residentes en el exterior que dejaron de recibir la transferencia mensual del banco argentino apoderado para cobrar y transferir a las cuentas en el exterior.  (continúa)

martes, 9 de julio de 2019

AVISO IMPORTANTE

Recordá que si te quedaste sin suscribir el acuerdo de Reparación Histórica o para seguir cobrando, en caso de que ya estés recibiendo tu aumento en forma anticipada, tenés que completar el trámite firmando el acuerdo antes del 21 de julio de 2019.

viernes, 28 de junio de 2019

Cómo jubilarse cuando faltan aportes

Hay dos moratorias previsionales vigentes para que los autónomos y los monotributistas puedan completar el faltante. Quienes trabajaron en relación de dependencia también pueden agregar aportes con estos regímenes. Qué tienen que hacer.
Artículo de Sergio Mohadeb  Publicada: 13/03/2019.

miércoles, 5 de junio de 2019

¿Cómo se calcula el complemento a mínimos de una pensión contributiva?

Las pensiones contributivas cuya cuantía resulte inferior a la pensión mínima establecida por ley puede ser complementadas, siempre que se acrediten ciertos requisitos, hasta dicho importe mínimo.

jueves, 7 de marzo de 2019

Participación en Órgano Consultivo de Jubilados del ANSES

El Órgano Consultivo de Jubilados y Pensionados tiene entre sus prioridades la institucionalización de formas concretas de participación y consulta de los beneficiarios a través de sus representantes, a fin de expresar sus inquietudes y propuestas, ser parte del control del sistema y recibir la capacitación para su fortalecimiento como sector.
Está conformado por representantes de Federaciones de Jubilados y Pensionados de todo el país, constituyéndose en el primer espacio de participación ciudadana en un organismo del Estado, como lo es ANSES.
En la actualidad cuenta con 124 miembros titulares y 124 alternos de todo el país. Los representantes son elegidos anualmente por sus entidades. La actividad realizada es ad honorem y ejercen su función de manera independiente sin ningún condicionamiento de la entidad que los convoca.
Los representantes se reúnen tres veces al año en Reuniones Plenarias Nacionales con las máximas autoridades de ANSES y su cuerpo gerencial para tratar temas vinculados al sector: los montos de los haberes previsionales y asignaciones familiares, su movilidad, el alcance de algunos beneficios, aciertos, dificultades y/ o retrasos en la gestión de todos los trámites que se hacen en el organismo.
Para nosotros, jubilados argentinos residentes en el exterior, sería de gran importancia lograr tener una representación en este organismo.
Por supuesto que previamente deberíamos formalizar jurídicamente algún tipo de asociación.

viernes, 15 de febrero de 2019

Comunicado de Jubilados por Convenio Hispano Argentino

Por este medio informamos que hemos redactado un conjunto de notas,para la presentacion del recibo de la jubilacion Argentina ante el INSS,del mes de enero 2019
Es importante que la mayoria presentemos dichas notas para evitar que calculen mal el Complemento a Minimos/Residencia.
Para acceder a las notas comunicate con jubiladosconv2017@gmail.com.
Cuanto mas unidos estemos mas facil lograr lo que nos corresponde.
Grupo Gestor.
Kranich,Menghini,Puyol
Plataforma de Jubilados por Convenio Hispano-ArgentinoAqui el texto inicial de la entrad

domingo, 16 de diciembre de 2018

CONVENIO DE SEGURIDAD SOCIAL ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA REPÚBLICA ARGENTINA DE 28 DE ENERO DE 1997 (en vigor desde 1 de diciembre de 2004)

(BOE núm. 297, de 10 de diciembre de 2004) (y BOE núm. 243, de 10 de octubre de 2007)
TÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1.- Definiciones
1. Las expresiones y términos que se enumeran a continuación tienen, a efectos de aplicación del presente Convenio, el siguiente significado:
A) "Partes Contratantes": designa al Reino de España y a la República Argentina
B) "Territorio": respecto a España, el territorio español; respecto a la Argentina, el territorio argentino;

martes, 4 de diciembre de 2018

NO MERECEMOS UNA RESPUESTA????


Con el cambio de autoridades enviamos (julio 2018), desde la Plataforma notas a distintos responsables del Ministerio de trabajo migraciones y seguridad social.

 Recién setiembre obtuvimos respuesta de la Directora del INSS,  María Gloria Redondo Rincón, invitándonos a explicar nuestro problema.

martes, 6 de noviembre de 2018

Plataforma de Jubilados por Convenio Hispano-Argentino


Información de actividades de la Plataforma

La Senadora Rosa M Domínguez De Posada , presentó en su momento una pregunta al Gobierno, sobre la situación de los jubilados por Convenio Hispano Argentino

La semana anterior nos ha enviado la respuesta y nos pidió nuestra opinión, ayer luego de estudiar el tema se envió la misma

Para que Uds. estén informados se comparten dichos archivos en 

Si alguno no puede visualizarlo, nos escriben a  jubiladosconv2017@gmail.com y se les enviaran

Grupo Fundador

sábado, 27 de octubre de 2018

Plataforma de Jubilados por Convenio Hispano-Argentino

 Desde la Plataforma Jubilados por Convenio Hispano Argentino, queremos denunciar la discriminación que sufrimos. Entiéndase que dentro del grupo estamos retornados, como también argentinos con residencia legal. En ambos casos aportamos a los dos países.

 Basamos esta denuncia en la redacción del Oficio Circular de setiembre de 2018(se adjunta), semejante a las anteriores

 En este Oficio se discrimina entre los jubilados/pensionistas, Reglamentos Comunitarios y los Convenios Bilaterales y Multilaterales.

domingo, 16 de septiembre de 2018

Necesitamos su apoyo

Necesitamos apoyo en Osoigo.com,para solucionar el tema Complemento a Minimos Necesitamos 300 apoyos
Entrar para apoyar en https://www.osoigo.com/es/congreso-complemento-a-minimos-para-acceder-a-la-cuantia-minima.html

martes, 31 de julio de 2018

Atención Jubilados que cobraron Reparación Histórica sin haber gestionado

Atención Jubilados que cobraron Reparación Histórica sin haber gestionado o realizado todo el procedimiento de aceptación etc. Fueron los primeros que recibieron el beneficio por tratarse de personas mayores y la suma de la reparación era menor a cierto monto. 
Deben actualizar su situación.
Si Ud. tiene en su boleta de pago el código 001 020  es porque  a Ud. se le está pagando la Reparación Histórica
Completá el trámite para mantener tu aumento por Reparación Histórica
Si estás cobrando tu haber recompuesto pero todavía no finalizaste el trámite, tenés tiempo hasta el 31 de agosto

miércoles, 4 de julio de 2018

ALERTA DE JUBILADOS


Los jubilados que residimos en el exterior de Argentina debemos decidirnos a formar una agrupación o asociación que ponga en Alerta  a los Jubilados y poder ejercer algún tipo de accionar para parar las políticas neoliberales de los gobiernos. Estamos cansados de ser la variable de ajuste y ser maltratados de todas las formas posibles.

martes, 26 de junio de 2018

QUE PRETENDEMOS PARA NUESTRO COLECTIVO


Plataforma de Jubilados por Convenio Hispano-Argentino
Mail: jubiladosconv2017@gmail.com           https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgBLuRC08BA4LrfoJlrmdL0FOHFnmVClroLd0Qihc97natkc-qm8OyBRlaXtYtj9LVCYsgoQNxo46i-Blaav4dC7_h0QFSwYnCYAVK2eH4UfYKZe4jltzxKeI2Pb6LNT8o8GnkxgIUP5tMh/w72-h72-p-k-no-nu/32x32iconofacebookgratis.png Jubilados por Convenio Hispano-Argentino


QUE PRETENDEMOS PARA NUESTRO COLECTIVO

1) tener nuestros haberes lo más actualizados posible
El Convenio Bilateral Hispano-argentino nos sirvió para no perder años de aporte, pero para eso nada más, para el resto somos parias. La ANSES (Seguridad Social Argentina) hace ajustes trimestrales para mantener actualizadas las pensiones, lo que daría la posibilidad que el INSS también lo haga, que de hecho lo hace con un trimestre de atraso, pero no los aplica a nuestras pensiones, es decir que estamos viviendo con una cifra de complemento en diciembre 2018 que data de octubre 2017 !!! y en enero 2019 tratarán de desentenderse del tema de la retroactividad, esto debe cambiar !              
2) no ser ciudadanos de segunda !

lunes, 18 de junio de 2018

MUY IMPORTANTE DIFUNDIR!!!!!


Muy importante difundir!!!!!!!!
Yahoo/Band. entrada

  • Plataforma jubilados <jubiladosconv2017@gmail.com>
    18 jun. a las 3:40

    Estimados solicitamos se difunda

    Novedades 
    Hemos sumado a la página osoigo.com  En ella se recogen apoyos y cuando se logran se envía la pregunta realizada por nosotros a los diputados Necesitamos 1000 apoyos, sabemos que no es fácil pero si todos ayudamos lo lograremos

    Pedido 
    Necesitamos que Uds. entre en https://www.osoigo.com/es/ apoya.html, allí verán
    A Congreso de los Diputados

    ¿Complemento a mínimos para acceder a la Cuantía Mínima?


    Hay que hacer clic y completar el formulario de APOYO

    Es muy importante que no solo firmen Uds. sino que lo hagan sus familiares, amigos, etc y que difundan (puede ser en facebook, twitter, whatsapp) esto para lograr los 1000 APOYOS requeridos

    También hemos comenzado a diagramar un blog En el mismo iremos colocando distintos actualizaciones y datos útiles para nuestro colectivo
    También estamos en Facebook 
    https://www.facebook.com/groups/327514810977923/?ref=bookmarks


    Desde ya gracias

    Plataforma de Jubilados por Convenio

viernes, 8 de junio de 2018

Declaración de la RENTA de jubilados argentinos residentes en España

Abrimos esta entrada para que los lectores colaboren con comentarios aclaratorios de su situación en relación al IRPF. Creo que el caso piloto que hay que considerar es el jubilado que no tiene otro ingreso que la jubilación que le llega desde Argentina y luego se irá considerando los casos más complejos empezando por los que tienen también una pensión española y los que reciben complementos a mínimos.
En general las pensiones de jubilación que se hayan originado en el Argentina deben ser declaradas en España por los contribuyentes que residan en España . No hacerlo, por pequeña que ésta sea, puede acarrear varios problemas.

miércoles, 2 de mayo de 2018

Problemas con el IPS y COMAFI

Rogamos a los compañeros jubilados del IPS lean y traten de encontrar ellos una solución a los problemas con el IPS, . Por otro lado los reclamos que se tratan de hacer en la página web del IPS no tienen efecto o allí pasa algo... no sabemos, no dan información ni nada. Es una vergüenza.
Todos los jubilados o pensionados del IPS deben escribir en forma de comentario al pié de esta entrada y tratar de organizarse para lograr una solución. Para eso necesitarán dar sus emails, así los demás pueden escribirles.

lunes, 19 de marzo de 2018

Impuesto Ganancias de los jubilados del IPS La PAMPA


A partir del periodo fiscal 2018 será indispensable la presentación del Formulario de Declaración Jurada de Impuesto a las Ganancias –Retenciones 4ta. Categoría 572 Web – a través del servicio “Sistema de Registro y actualización de Deducciones del impuesto a las Ganancias" (SIRADIG- Trabajador).
A este formulario se accede a través de la página web de la AFIP (con clave fiscal) y los mismos serán considerados hasta el día 7 de cada mes. Si se informa después de esa fecha, el formulario será considerado para la próxima liquidación de haberes.
Es importante aclarar a los beneficiarios que deben completar en el Formulario el Punto 5 “BENEFICIOS” para obtener (los beneficios previstos por la Ley Nacional 27.346), tanto la deducción especifica de Seis (6) haberes mínimos garantizados (haberes mínimos de Anses), como así también para la aplicación del incremento del 22% en cargas de familia, deducción especial y ganancia no imponible para aquellos beneficiarios que viven en Zona Patagónica. El primer beneficio señalado se aplica siempre y cuando se obtengan ingresos únicamente de índole previsional y/o no sea alcanzado por el Impuesto a los Bienes Personales.
Importante
La falta de presentación al inicio de cada año hará cesar los beneficios obtenidos en el año anterior, hasta tanto el beneficiario realice la nueva presentación. 
Descargar Instructivos en http://www.isslapampa.gov.ar/sps_jubilados-y-pensionados/

sábado, 10 de marzo de 2018

JUBILACIÓN HABIENDO COTIZADO EN DOS PAÍSES

Cada vez nos encontramos más consultas relacionadas con la jubilación cuando se ha trabajado y cotizado a la Seguridad Social en dos países. Esta es una cuestión muy importante, y que cada vez se verá más en un futuro.
Lo cotizado en un país NO se pierde a la hora de jubilarse en otro.
NO se puede pedir la devolución de lo cotizado en España cuando se regresa a su país de origen, ni  a la inversa.. 
Por eso nos parece importante que tengáis una información básica para que no os veáis perjudicados o podáis dejar de disfrutar vuestros derechos.
En primer lugar, hay que tener claro que lo cotizado a la Seguridad Social no es como un plan de pensiones, sino que es una obligación legal para tener derecho a las prestaciones de Seguridad Social en España, por lo que, en caso que quieras regresar a tu país de origen no puedes pedir que te devuelvan lo cotizado en España-
Por otra parte, sólo algunos países pueden ver reconocidas en España las cotizaciones realizadas en sus países de origen o al contrario: ver reconocidas en sus países las cotizaciones realizadas en España.
¿Qué países tienen convenio de Seguridad Social con España en la actualidad?
Andorra, Argentina, Australia, Brasil, Cabo Verde, Canadá, Chile, Colombia, Corea, Ecuador, Estados Unidos de América, Filipinas, Japón, Marruecos, México, Paraguay, Perú, República Dominicana, Rusia, Túnez Ucrania, Uruguay, Venezuela.
¿En qué consisten estos convenios?
No todos los convenios tienen el mismo contenido. Cada convenio establece las prestaciones a las que se aplica y en qué condiciones.
En general, en todos se hace referencia a la jubilación y cada país reconoce las cotizaciones realizadas en el otro a efectos del derecho a la pensión de jubilación y el cómputo de la misma. Pero cada país paga un monto correspondiente a los años trabajados en el país pagador.
Pero conviene informarse del contenido del Convenio para tener claros tus derechos y en base a dicha información poder decidir el momento y lugar de la jubilación.
¿Dónde puedo informarme sobre la jubilación u otras prestaciones a las que pueda tener derecho según convenio de Seguridad Social?
En cada convenio se designa un organismo que es el encargado de gestionar las prestaciones afectadas por el mismo. En España dicho organismo es el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y dentro de él, el Instituto Nacional de la Seguridad Social, que es quien puede informarte de las dudas que tengas en esta materia