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sábado, 3 de octubre de 2020
ATENCION SANITARIA A JUBILADOS ARGENTINOS residentes en ESPAÑA
jueves, 16 de julio de 2020
¿Quién tiene derecho a la Sanidad pública en España?
Posted on 12/06/2020 by Eva María Rodríguez
¿Tienen derecho todos los extranjeros a la sanidad universal?
3
septiembre 2019 Publicado en LEGALTODAY
por Leopoldo J. Gómez Zamora
Director
adjunto en la Asesoría Jurídica de la Universidad Rey Juan Carlos
Letrado
de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Secretario
General del Consejo Superior de Letrados y Abogados de Comunidades Autónomas.
Aunque
las últimas reformas de la sanidad declaran la universalidad de la asistencia
sanitaria lo cierto es que existen algunos colectivos que de hecho se ven
privados de la expedición de la tarjeta sanitaria o de la gratuidad de la
asistencia. Concretamente analizaremos la dificultad que encuentran
determinados extranjeros para el reconocimiento gratuito de la prestación;
llegándose a la contradicción de que mientras que sí tienen el derecho a la
asistencia o tarjeta aquellos extranjeros que están en situación irregular no
se reconoce a determinados extranjeros residentes en España en situación
regular.
En
el presente trabajo vamos a tratar de das una breve respuesta a estas dos
preguntas: ¿Es la asistencia sanitaria realmente universal? ¿Tienen derecho a
la asistencia sanitaria gratuita los extranjeros legales que no trabajan o
cotizan a la Seguridad Social?
miércoles, 8 de julio de 2020
Urgentes gestiones por beneficiarios residentes en el exterior
viernes, 3 de julio de 2020
REITERADOS MALOS ENTENDIDOS o ERRORES DE LOS RESPONSABLES de TRANSFERENCIAS DE HABERES AL EXTERIOR
lunes, 8 de junio de 2020
El programa MIHUELLA no se aplica con jubilados del exterior
domingo, 7 de junio de 2020
AVISO del ANSES sobre Trámite de supervivencia (Fe de Vida)
Posteriormente, a fines de AGOSTO se resolverá la continuación o no de la medida.
miércoles, 27 de mayo de 2020
Supervivencia - Fe de vida para residentes en el exterior
viernes, 22 de mayo de 2020
COMUNICADO DEL BANCO NACION ARGENTINA
jueves, 21 de mayo de 2020
Comunicación A7001, punto 3 del BCRA
miércoles, 20 de mayo de 2020
SITUACIÓN ALARMANTE
Además ahora tenemos casos de gente que no está cobrando el mes de abril y al parecer mayo viene igual.... No hay de parte de ANSES una respuesta clara, pero teniendo en cuenta la crisis desatada más el parate económico por el corona virus y sus secuelas debemos sospechar que podríamos encontrarnos en una situación muy fea.
Ruego a todos Uds. que busquen ayuda en cuanto a ideas y formas de hacer llegar al gobierno argentino nuestro reclamo. Ya es tarde para armar nosotros una asociación, es mejor pedir colaboración a las Asociaciones de Argentinos residentes en el exterior y pensar en enviar cartas documentos o algo similar y contratar abogados para hacer presentaciones formales. Estas últimas dos acciones necesita que tengamos un fondo mínimo para esos gastos. ¿cómo y dónde lo juntamos es la pregunta?
Los manotazos de ahogado individuales no servirán de nada.
martes, 28 de abril de 2020
Convenio de Seguridad Social Argentina-Francia
viernes, 6 de marzo de 2020
COMUNICACIÓN DEL IPS de la provincia de Bs. As.
Nota aclaratoria de la Redacción de este Blog: Entendemos que esta solución es aplicable a los jubilados dependientes del IPS.
Los jubilados dependientes del ANSES tienen la libertad de apoderar al banco que crean conveniente.
jueves, 27 de febrero de 2020
COMUNICACIÓN del COMAFI
Buenos Aires, Febrero de 2020.
Estimados clientes,
Le informamos que en virtud de lo dispuesto en la comunicación “A” 6855 del BCRA, a partir del 27/12/19 no está permitida la compra de moneda extranjera por parte de no residentes, excepto en los casos en que los fondos sean provenientes de pagos de jubilaciones y/o pensiones abonadas por ANSES y los mismos sean remitidos al titular exclusivamente por medio de transferencia a una cuenta de única titularidad de dicho titular. Dicha normativa especifica, además, que lo que puede transferirse mensualmente es solamente los pagos que se recibieron ese mismo mes calendario.
Por lo expuesto, en los casos de no residentes que tengan con Banco Comafi acordado el envío de sus jubilaciones y/o pensiones a través de Cheque o Banco INTESA, los fondos que Banco Comafi reciba de ANSES se mantendrán en pesos y quedarán a disposición en esa moneda para ser abonados en una sucursal del Banco al titular o a un apoderado, previa presentación del poder correspondiente y una nota del titular autorizando al pago.
Por lo dispuesto en la normativa antes mencionada, a los efectos de poder remitirle los futuros pagos que realice ANSES, deberá enviarnos la documentación correspondiente, a fin de efectivizar el cambio a la modalidad de cobro por Transferencias mensuales a una cuenta de su exclusiva titularidad, caso contrario se mantendrá lo dispuesto en el párrafo anterior. La documentación que nos debe enviar por correo postal es:
• Fotocopia del DNI. • Carta manuscrita solicitando el cambio de modalidad de cobro, con firma y aclaración del cliente. • Nota con los siguientes datos de la cuenta de destino a la cual quiere que le transfieran los fondos, certificada por banco:
- NOMBRE DEL BANCO. - SUCURSAL (número, nombre y domicilio). - CODIGO SWIFT. - NÚMERO DE LA CUENTA. - NÚMERO DE IBAN. - APELLIDO Y NOMBRES DEL BENEFICIARIO. - DOCUMENTO ARGENTINO (tipo y número). - MAIL (del beneficiario).
La deberá enviar a Sucursal Casa Central cito Av. Roque Sáenz Peña 660, CP 1035, Sector Jubilaciones del Exterior.
Ante cualquier duda o consulta, podrá comunicarse al teléfono +5411-5984-8456, opción 2, o vía correo electrónico a la casilla de correo consultajubilados@comafi.com.ar
BANCO COMAFI
sábado, 22 de febrero de 2020
COORDINACION PARA LOS BENEFICIARIOS DEL IPS que sufrieron una mala aplicación de la normativa relativa a cambio o se.le descontó el 30 %
Aclaración, la dirección mail deben ponerlo en los comentarios, así los lectores interesados pueden comunicarse e ir reuniendo se en una lista que Uds. formarán.
Max es el primero que se compromete y pone su email. Sería bueno que haya mínimo otros dos comprometidos, así lo ayudan.
Los demás pueden escribir a ese email de Max y ponerse a colaborar. Gracias
Nota del día 20/02/20
Un vocero del banco COMAFI nos dijo lo siguiente:
Si bien las circulates las BCRA aplican para todos los bancos cada uno puede optar por diferentes decisiones. En lo que respecta a Banco Comafi está condicionado por lo que se llama Circular 6815 y 6855 en donde a todos aquellos beneficiarios que cobraban mediante cheque, INTESA( Banco en Italia ) o por el IPS ( jubilación de provincia de Buenos Aires ) no se pueden comprar dólares en nombre de ellos. La única forma de cobrar es mediante transferencia bancaria la cual necesita de un formulario. Con respecto a los mensuales adeudados por disposición del BCRA no se pueden comprar los dólares de esos meses por lo que deben de venir a retirarlo en pesos a su banco o tener un apoderado que los pueda cobrar.
sábado, 1 de febrero de 2020
COMO TRAMITAR LA TRANSFERENCIA DE HABERES AL EXTERIOR
sábado, 4 de enero de 2020
Bancos autorizados por el ANSES para cobrar los haberes de los residentes en el extranjero que otorguen poder a uno de estos bancos.
domingo, 29 de diciembre de 2019
SE PRORROGA LA NORMATIVA DEL BCRA
viernes, 13 de diciembre de 2019
NORMATIVA DEL BCRA EN RELACIÓN A TRASFERENCIAS A JUBILADOS RESIDENTES EXTERIOR
jueves, 15 de agosto de 2019
SOLICITAMOS COLABORACIÓN DE LECTORES
Lo mismo si tienen el nombre del funcionario que les responde y la oficina o gerencia.
Muchas gracias
Dirigir la información al mail del blog jubiladosargentinos(arroba)yahoo.es
domingo, 21 de julio de 2019
REACTIVAR las TRANSFERENCIAS RETENIDAS/SUSPENDIDAS
martes, 9 de julio de 2019
AVISO IMPORTANTE
viernes, 28 de junio de 2019
Cómo jubilarse cuando faltan aportes
miércoles, 5 de junio de 2019
¿Cómo se calcula el complemento a mínimos de una pensión contributiva?
sábado, 16 de marzo de 2019
martes, 12 de marzo de 2019
Hay para leer en JUBILADOS por Convenio Hispano-Argentino
jueves, 7 de marzo de 2019
Participación en Órgano Consultivo de Jubilados del ANSES
Para nosotros, jubilados argentinos residentes en el exterior, sería de gran importancia lograr tener una representación en este organismo.
Por supuesto que previamente deberíamos formalizar jurídicamente algún tipo de asociación.